Proyecto de Minuta
Solicitando al D.E la realización de convenios con otros municipios, tendientes a la provisión anual de plantines para satisfacer las necesidades mínimas en materia de arbolado urbano.
Expediente: HCD-1069/2017
Autor: Mercedes Insausti
Bloque: Integración Ciudadana
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo con intervención del área competente de arbolado urbano, proceda a gestionar y en su caso celebrar convenios con municipios vecinos, tales como los de Villarino y/o Coronel de Marina Leonardo Rosales, que cuentan con viveros municipales, a fin de asegurar anualmente la provisión mínima de plantines necesarios para el mantenimiento y/o forestación y/o reforestación de parques, paseos y lugares públicos, así como también de aquellos sectores que a la fecha sean de propiedad nacional o provincial, con eventual destino de parque o paseo público y que se encuentren a cargo de la Municipalidad por cualquier título o convenio.-
FUNDAMENTOS
De la actividad realizada por la comisión de Protección y Desarrollo del Arbolado Urbano, distintas reuniones generadas en ese marco y con funcionarios de las áreas respectivas del D.E. se viene advirtiendo una situación preocupante en lo que respecta al arbolado urbano, advirtiéndose una merma importante en lo que respecta a los niveles normales de reposición de nuevos ejemplares, siendo que durante el corriente año se ha caracterizado por la nula incorporación de nuevos ejemplares, poniendo en riesgo la ya delicada situación del arbolado urbano tanto en las calles de la ciudad, así como también en los parques y paseos públicos. –
Que los argumentos generalmente vertidos y que han llegado a conocimiento de la concejal autora, radican fundamentalmente a la falta de presupuesto disponible para adquirir nuevos ejemplares en el mercado; situación que si bien puede justificarse en forma transitoria, no por ello resulta preocupante habida cuenta la importancia del tema y el estado ya deficitario del arbolado público en el Partido.-
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades (Nº 6769/58), faculta expresamente a la Municipalidad a realizar contrataciones directas, cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria, tal como lo dispone expresamente el art. 156 inciso 2º de dicha norma (Texto según Dec-Ley 9443/79).-
Que algunos municipios vecinos, tal como los de Villarino y Coronel de Marina Leonardo Rosales, entre otros, tiene viveros municipales que abastecen las necesidades de sus respectivas jurisdicciones; siendo en tal caso posible gestionar contrataciones con el objeto de asegurar ejemplares en forma permanente, a precios y con condiciones de pago accesibles, teniendo presente que dichos viveros tienen finalidades públicas, pudiéndose obtener mejores precios por la naturaleza estatal de los mismos y la ausencia de lucro que los caracteriza.-
Que lo expuesto justifica sobradamente la presente minuta.-