Proyecto de Resolución
Proyecto de Resolución por el que se solicita al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para combatir el dengue.
Expediente: HCD-46/2016
Autor: Paola Ariente
Bloque: PJ – Cumplir
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto
El riesgo de desarrollo de una epidemia de dengue y en el marco de las acciones de prevención y control del mismo, dispuestos por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires
Y considerando
Que en el ámbito de la Municipalidad, la Secretaría de Medio Ambiente cuenta con vehículos fumigadores y siendo la eliminación del mosquito hembra una prioridad para su erradicación, se torna necesaria la fumigación diaria de los distintos sectores de la ciudad hasta tanto termine la emergencia a nivel provincial.
Que la hembra del mosquito transmisor se desarrolla en fondos, jardines, patios y balcones, dentro de cualquier objeto o residuo donde pueda acumularse agua
Es por ello que el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades
RESUELVE
Artículo 1°) Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, arbitre los medios necesarios para declarar la emergencia sanitaria como medida preventiva en el Partido de Bahía Blanca en la lucha contra la enfermedad del Dengue.
Artículo 2°) Arbitrar los medios para prohibir el uso de agua de los floreros del Cementerio Municipal y reemplazar por el uso obligatorio de arena húmeda y notificar a familiares y deudos de los difuntos para que cumplan con el uso obligatorio de arena húmeda o alternativamente el uso de flores artificiales.
Artículo 3°) Arbitrar los medios necesarios para proceder a la recolección de neumáticos en desuso y objetos inservibles que por sus características físicas presentan condiciones para la reproducción y evolución en la fase acuática del zancudo.
Artículo 4°) Proceder a la fumigación de la totalidad de los Barrios y Espacios Verdes de la ciudad de Bahía Blanca, haciendo especial hincapié en la zona del canal Maldonado, Parque Noroeste, Arroyo Napostá, Parque Independencia y toda otra zona donde se encuentren grandes reservorios de agua.
Artículo 5°) Informar a este cuerpo el plan y cronograma de fumigación previsto por el Municipio, incluyendo días y barrios en el que se llevará adelante.
Artículo 6°) Instruir al Área de Comunicación y Prensa para que, a través de un anexo al recibo de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, informe a la comunidad sobre la prevención y los riesgos de las enfermedades del dengue, chikunguña y zika.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto
El riesgo de desarrollo de una epidemia de dengue y en el marco de las acciones de prevención y control del mismo, dispuestos por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires
Y considerando
Que en el ámbito de la Municipalidad, la Secretaría de Medio Ambiente cuenta con vehículos fumigadores y siendo la eliminación del mosquito hembra una prioridad para su erradicación, se torna necesaria la fumigación diaria de los distintos sectores de la ciudad hasta tanto termine la emergencia a nivel provincial.
Que la hembra del mosquito transmisor se desarrolla en fondos, jardines, patios y balcones, dentro de cualquier objeto o residuo donde pueda acumularse agua
Es por ello que el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades
RESUELVE
Artículo 1°) Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, arbitre los medios necesarios para declarar la emergencia sanitaria como medida preventiva en el Partido de Bahía Blanca en la lucha contra la enfermedad del Dengue.
Artículo 2°) Arbitrar los medios para prohibir el uso de agua de los floreros del Cementerio Municipal y reemplazar por el uso obligatorio de arena húmeda y notificar a familiares y deudos de los difuntos para que cumplan con el uso obligatorio de arena húmeda o alternativamente el uso de flores artificiales.
Artículo 3°) Arbitrar los medios necesarios para proceder a la recolección de neumáticos en desuso y objetos inservibles que por sus características físicas presentan condiciones para la reproducción y evolución en la fase acuática del zancudo.
Artículo 4°) Proceder a la fumigación de la totalidad de los Barrios y Espacios Verdes de la ciudad de Bahía Blanca, haciendo especial hincapié en la zona del canal Maldonado, Parque Noroeste, Arroyo Napostá, Parque Independencia y toda otra zona donde se encuentren grandes reservorios de agua.
Artículo 5°) Informar a este cuerpo el plan y cronograma de fumigación previsto por el Municipio, incluyendo días y barrios en el que se llevará adelante.
Artículo 6°) Instruir al Área de Comunicación y Prensa para que, a través de un anexo al recibo de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, informe a la comunidad sobre la prevención y los riesgos de las enfermedades del dengue, chikunguña y zika.