Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Creación del Programa “Oficinas Descentralizadas de Justicia de Bahía Blanca”.
Expediente: HCD-205/2016
Autor: Sergio Massarella
Bloque: PJ – Cumplir
VISTO:
Que la convivencia vecinal suele deparar un alto nivel de conflictividad en el que meras disputas de vecindad pueden desencadenar controversias con imprevisibles desenlaces;
Y CONSIDERANDO:
Que la función tutelar del Gobierno Municipal implica el impulso de mecanismos de solución de conflictos vecinales que resulten más efectivos y menos onerosos que aquellos en donde se de intervención judicial;
Que un modelo basado en la cooperación y el desarrollo de la capacidad de diálogo entre las partes involucradas en un conflicto vecinal constituye una herramienta necesaria para la convivencia pacífica que requiere nuestra sociedad;
Que en la mayoría de los casos las disputas entre vecinos no implican graves discrepancias, pero pueden desencadenar una reacción desmedida e indeseable entre los afectados si no se encuentran soluciones a las pretensiones y/o necesidades de las partes involucradas;
Que la implementación de un programa de Oficinas Descentralizadas de Justicia con sede en las delegaciones municipales tiene por objeto la creación de una instancia de resolución de conflictos vecinales a partir de la realidad de cada sector de la ciudad;
Los vecinos procurarán, a través de las Oficinas Descentralizadas de Justicia, la resolución de conflictos que hacen estrictamente a la convivencia vecinal tales como:
– Utilización de medianera;
– Ruidos molestos, olores desagradables u otras inmisiones;
– Inadecuado uso de espacios comunes;
– Reparaciones en el consorcio;
-Filtraciones y humedad;
-Daños similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, así como toda otra situación suscitada por las relaciones de vecindad o proximidad;
Que la creación de “Oficinas descentralizadas de Justicia” en las delegaciones municipales desarrollará espacios alternativos de resolución pacífica de conflictos y la búsqueda de soluciones mutuamente satisfactorias al conflicto que los vincula;
Que el presente proyecto de Ordenanza ofrece a la comunidad un ámbito que canalice las discusiones vecinales que se presenten, haciendo hincapié en el protagonismo de los interesados directos a partir de la utilización de técnicas que resulten adecuadas para restablecer la comunicación entre las partes, generar alternativas de diálogo, de modo tal que se logre evitar desenlaces en los que se deba dar intervención al Poder Judicial;
POR LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO: Créase el Programa de Oficinas Descentralizadas de Justicia en el ámbito del Partido de Bahía Blanca, con los objetivos y alcances previstos en la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Son objetivos
a) Implementar un proceso participativo de administración y resolución de conflictos comunitarios.
b) Dar respuesta institucional oportuna a conflictos vecinales y demandas comunitarias que por su naturaleza y complejidad, requieren de un abordaje especializado.
c) Descomprimir el nivel de concentración de demanda de las instituciones primarias de administración de justicia.
ARTICULO TERCERO: Funcionará una Oficina Descentralizada de Justicia en cada delegación municipal.
ARTICULO CUARTO: El acceso a los servicios de la Oficina Descentralizada de Justicia es de carácter libre, gratuito y voluntario para todos los habitantes del Partido de Bahía Blanca.
ARTICULO QUINTO: Son objeto de intervención de la Oficina Descentralizada de Justicia los conflictos vecinales que exceden el ámbito de las relaciones interpersonales e involucran a personas vinculadas por relaciones de convivencia social o comunitaria.
ARTICULO SEXTO: El Departamento Ejecutivo, a través de la secretaría que corresponda, ejecutará el programa “Oficinas Descentralizadas de Justicia”, a partir de las siguientes funciones:
a) Designación de personal a los efectos de conformar los equipos de trabajo en cada Oficina Descentralizada de Justicia, a partir de la situación de cada Delegación Municipal.
Se facultará al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con la Universidad Nacional del Sur a los efectos de impulsar becas para estudiantes avanzados de la carrera de Derecho que estén interesados en integrar las Oficinas Descentralizadas.
b) Coordinación con las delegaciones municipales, a los efectos de determinar la disponibilidad física de los establecimientos y horarios de funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas;
c) La planificación, coordinación, difusión y control de las Oficinas Descentralizadas de Justicia con los objetivos y principios establecidos en la presente Ordenanza.
d) La promoción e impulso de la participación de la comunidad en la concreción de los objetivos de la presente ordenanza.
e) La optimización de la utilización de los recursos afectados y de la calidad del servicio ofrecido.
ARTÍCULO SÉPTIMO: El Departamento Ejecutivo remitirá a la Comisión de Seguridad Pública del Honorable Concejo Deliberante copia de los instrumentos administrativos que acrediten la constitución, integración y puesta en funcionamiento de cada Oficina Descentralizada.
ARTICULO OCTAVO: El Departamento Ejecutivo remitirá un informe semestral a la Comisión de Seguridad Pública del Honorable Concejo Deliberante en el que se detalle la evolución y funcionamiento de cada una de las Oficinas Descentralizadas.
ARTICULO NOVENO: De Forma.