Proyecto de Resolución
Rechazando la decisión del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Sr. Daniel Scioli, de aplicar un gravamen para la carga, descarga y remoción de mercaderías en las terminales portuarias.
Expediente: HCD-1204/2009
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Coalición Cívica – GEN Radical
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
El proyecto de Ley Fiscal elaborado por el D. Ejecutivo provincial, para el año 2010 y, en particular, el impuesto para gravar la carga, descarga y remoción de mercaderías en las terminales portuarias de la provincia de Buenos Aires, y
Considerando:
Que el proyecto de Ley Fiscal 2010 elevada a la Legislatura provincial, y que será sancionada en forma inminente por esta, instaura el gravamen de referencia. Así el Título II – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Artículo 20, inciso B) establece la tasa del tres con cinco por ciento (3,5%) para las siguientes actividades de prestaciones de obras y/o servicios, y de construcción, en tanto no tengan previsto otro tratamiento en esta Ley o se encuentren comprendidas en beneficios de exención establecidos en el Código Fiscal o Leyes especiales, en particular para el “Servicio de transporte marítimo de carga” y “Servicios complementarios para el transporte por agua”
Que el cobro del adicional en los puertos será de .- por tonelada para la carga en buques, .- por cada tonelada descargada y .- por cada tonelada de mercadería removida durante el mes. Con ello, el gobierno de la provincia prevé recaudar cerca de 700 millones de pesos.
Que el cobro de tasas a la carga y descarga de mercaderías en los 14 puertos bonaerense implicará que las empresas opten por puertos de otras provincias para la realización de tales operaciones, ello debido a una clara ecuación económica de inversión empresarial donde se desincentiva la explotación de los puertos provinciales.
Que tal medida afecta directamente al sector primario perjudicando al sector productivo agropecuario y, a la vez, no hace otra cosa que desincentivar la explotación de nuestros puertos en detrimento de los de otras provincias.
Que ocho instituciones de la ciudad vinculadas con la actividad portuaria afirman en una solicitada publicada en el diario local La Nueva Provincia (16/09/2009) que este tributo “generará, entre muchos otros perjuicios, la derivación de actividades económicas a puertos de otras provincias, causando una fuerte disminución de puestos de trabajo en el puerto local.”
Que ante la expuesta situación de apremio el gobernador Scioli toma por el camino más fácil cual es la creación de impuestos, en lugar de tomar por el camino más justo que sería exigir a la Nación el cumplimiento del pacto fiscal por el cual se estableció un piso mínimo del 34% para las provincias del total de la recaudación.
Que ese porcentaje ha ido disminuyendo con el paso de los años, siendo la previsión para el corriente presupuesto del orden del 25%, sin que ello haya motivado enérgicos reclamos del Gobernador Scioli para que, por lo menos, se cumpla el pacto fiscal.
Que el incumplimiento del pacto fiscal ha determinado que la Nación maneje mayor cantidad de recursos mientras que los Estados provinciales tienen las cuentas en rojo.
Que es conocida la difícil situación económica y financiera del gobierno que encabeza Daniel Scioli, lo cual no justifica la adopción de medidas que sean perjudiciales para distintos sectores productivos.
Que, al amparo de la mayoría circunstancial de la actual composición de las Cámaras de Senadores y Diputados, el gobierno bonaerense intenta imponer un tributo que atenta contra la actividad de sus propios puertos.
Por todo ello, el H. Concejo Deliberante, en ejercicio de sus facultades,
RESUELVE:
Primero: Rechazar la decisión del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Sr. Daniel Scioli, de aplicar un gravamen para la carga, descarga y remoción de mercaderías en las terminales portuarias, porque afectara aun más, esencialmente, a la ya deteriorada economía regional.
Segundo: Enviar copia del a presente a las Cámaras de Senadores y Diputados de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.
Tercero: Remitir copia de la presente a los Concejos Deliberantes de la sexta sección para que adhieran a la presente o emitan resoluciones en el mismo sentido.
Cuarto: Elevar copia al Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca.