Proyecto de Resolución
Proyecto de Resolución: Adhesión a la Ley Nacional 27.218 por la que se establece el Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público
Expediente: HCD-388/2016
Autor: Paola Ariente
Bloque: PJ – Cumplir
Proyecto de Resolución
VISTO:
Que Ley 27.218, sancionada en noviembre de 2015, instituye un Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bien Público.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 27.218, establece un Régimen Específico destinado a las Entidades de Bien Público sin fines de lucro en relación con las tarifas que las mismas pagan por los servicios públicos.
Que en su artículo 4 la ley define como sujetos del régimen a las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan;
Que los servicios públicos involucrados en la mencionada ley, como servicios eléctricos, provisión de gas natural, agua potable y desagües cloacales, y servicios de provisión de telefonía , constituyen servicios esenciales, y están orientados a facilitar a la concreción de los fines específicos de las instituciones;
Que el rol de las distintas organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro de la ciudad (sociedades de fomento, clubes deportivos, centros sociales y culturales, entre otros) se ve perjudicado ante el fuerte incremento en las tarifas de los últimos meses de modo tal que no solo afecta la realización de las actividades que les son propia, si que en muchos casos llegan a comprometer su subsistencia;
Que la incorporación en los cuadros tarifarios de la categoría “entidad de bien público” por parte de los prestadores, establece como tope máximo en la facturación la tarifa máxima prevista para la categoría de usuarios residenciales, establecida por la ley 26.221;
Y que resulta imprescindible que Gobierno Municipal contemple en forma particular la situación de estas instituciones, atento a la actual coyuntura económica que dificulta en forma significativa el desarrollo de sus actividades socio- comunitarias.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Declárese la adhesión de la Municipalidad de Bahía Blanca a Ley Nacional 27.218 que establece el Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público.
ARTÍCULO 2°: Solicítese al Departamento Ejecutivo la suscripción de convenios destinados a la implementación de la ley con la autoridad de aplicación que la misma establece en su Art. 13.
ARTÍCULO 3°: Gírese copia de la presente resolución a las delegaciones locales de ENARGAS, OCABA y OCEBA y a la Federación de Sociedades de Fomento.