Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Creación y promoción de los kioscos y recreos saludables
Expediente: HCD-278/2010
Autor: María Cristina Molina
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
Visto:
El interés de la Organización Mundial de la Salud (OMS) por atender la salud infantil previniendo la obesidad y sus consecuencias y;
Considerando:
Que continuamente distintos organismos nacionales y provinciales de salud informan acerca de los problemas derivados de los malos hábitos alimentarios y la vida sedentaria, siendo los grandes causales para que niños, niñas y adolescentes tengan problemas de obesidad, de rendimiento físico y mental, determinando la aparición de otras enfermedades crónicas, no transmisibles, pero sí derivadas de los mismos (diabetes, colesterol entre otros).
Que la buena y adecuada alimentación influye a la formación de hormonas que favorecen el desarrollo orgánico funcional y condiciona mejores estados psicológicos.
Que la Fundación Interamericana del Corazón, recomienda: “Las enfermedades cardiovasculares pueden prevenirse mediante el desarrollo de un conjunto de acciones orientadas a la adopción de un estilo de vida saludable; lo cual contribuirá a evitar que los factores de riesgo, actúen desde temprana edad”.
Que el porcentaje de muertes por accidentes cardiovasculares ocupa uno de los primeros puestos en las estadísticas mundiales y estos son los resultados de la falta de hábitos saludables, los que naturalmente se asimilan desde muy temprana edad.
Que tanto la actividad intelectual como la concentración se ven optimizadas, y por ende se favorecen las condiciones para la adquisición de los aprendizajes escolares, como consecuencia de la interrelación de células neurotransmisoras y regeneración de encimas que se dan cuando hay una dieta equilibrada y saludable.
Que cotidianamente aumenta el porcentaje de niños, niñas y adolescentes que destinan dinero a la adquisición de productos alimenticios no adecuados para una correcta nutrición.
Que la venta de dichos productos se realiza en los kioscos escolares de las instituciones educativas, promoviéndose su consumo.
Que las características propias de los tiempos actuales condicionan a niños, niñas y adolescentes de forma tal que no realizan actividades físicas prevaleciendo el entretenimiento pasivo y sedentario.
Que los problemas de sedentarismo son múltiples y están estrechamente relacionados con el avance de la tecnología, la proliferación de los videos juegos y el uso de la computadora, destinando horas de ocio a actividades que no generan gasto calórico o con un desgaste menor de energía.
Que hábitos de vida saludables son construidos y adquiridos en edades tempranas, evitando así problemáticas difícil de erradicar con consecuencias graves para la salud.
Que el escenario escolar constituye el lugar adecuado para la enseñanza y el aprendizaje de hábitos saludables.
Que las autoridades educativas, desde su marco de incumbencias, deben implementar en sus respectivas instituciones acciones que colaboren y afiancen las medidas que se proponen para una mejor calidad de vida.
Que teniendo en cuenta los beneficios que reportaría la implementación de hábitos saludables en edades tempranas y en el ámbito escolar, se solicita a los Sres. Concejales el acompañamiento al presente Proyecto de Ordenanza.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1°: crear y promover los Kioscos y Recreos Saludables en los establecimientos educativos de la ciudad de Bahía Blanca.
Artículo 2°: Los kioscos y cantinas de los respectivos establecimientos educativos deberán ir incorporando “gradualmente” y “progresivamente” la venta de las siguientes bebidas y alimentos: Agua mineral con o sin gas, con bajo contenido de sodio en envases individuales, aguas saborizadas, leche chocolatada en envases individual (150 a 200cc), leches saborizadas descremadas, jugo de frutas naturales con leche o agua o agua con no más de 2 cucharaditas de azúcar cada 200 cc, yogurt entero y descremado (125 a 150 cc), Flanes (125 cc.), yogurt con frutas, yogurt con cereales, barritas de cereales, turrón de maní, alfajores de almidón de maíz, vainillas, bay biscuit, chicles y/o caramelos sin azúcar, pochoclo en paquetes chicos, cajitas chicas o conitos de cartón con frutas secas: maní pelado sin sal, nueces, almendras, avellanas, semillas de girasol, pasas de uva, orejones, ciruelas desecadas, frutas naturales de acuerdo con la estación (Deben estar a la vista, bien lavadas), ensaladas de frutas en envases de 200 cc., brochetas de frutas y queso magro en bandejitas individuales, brochetas de dulce de membrillo o batata y trocitos de queso magro, sándwiches preparados con pan integral, con verduras (lechuga, tomate, arvejas) huevo duro, queso magro finamente cortado (puede emplearse mozzarella, pollo, atún). Una o dos veces por semana puede ofrecerse helados siempre que procedan de fábricas autorizadas y se cuente con equipo de refrigeración y congelación con registro de temperatura para adecuada conservación.
No se consideran saludables:
Gaseosas, golosinas, caramelos, chocolates, galletitas dulces, alfajores, galletitas rellenas, chizitos, jugos artificiales, conitos, pastelitos, palitos, papas fritas, "panchos".
Alimentos con juguetes o sticker u otro elemento adicional de promoción que induzcan a los niños a comer por estímulos distintos al apetito.
Artículo 3: Se realizarán convenios con la Cooperativa Obrera y la Fundación Cecilia Grierson quienes en ocasiones anteriores impulsaron la temática para proveer asesoramiento a los establecimientos que lo requieran.
Artículo 4: De Forma.