Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Crear el Programa de Implementación de Sistemas de Gestión de Calidad en la Administración Pública.
Expediente: HCD-448/2010
Autor: Julián Lemos
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
27 de abril de 2010
PROYECTO DE ORDENANZA: Crear el Programa de Implementación de Sistemas de Calidad de Gestión en la Administración Pública.
Autor: Julián Lemos
VISTO:
La utilidad de fomentar una cultura de calidad en el ámbito municipal, que se refleje en la eficacia y eficiencia en la prestación de servicios municipales; y
CONSIDERANDO
Que el proceso de modernización del Estado plantea la necesidad de hacer a la administración de los organismos públicos más eficaz y transparente, con recursos humanos capacitados, una asignación y control del uso de los recursos más eficiente y una mayor responsabilidad de parte de los funcionarios y agentes,
Que la crisis del modelo burocrático de gestión, la descentralización del Estado y una mayor demanda respecto a la satisfacción de requerimientos y participación existente por parte de la ciudadanía, sugieren la necesidad de implementar nuevo modelos de gestión en nuestros Organismos Públicos, tanto a nivel nacional, provincial o municipal,
Que estos nuevos modelos deben sustentarse en valores y principios que hagan a la calidad de la gestión y su mejora continua, enfoquen la gestión, mejoren la calidad de los servicios y permitan evaluar los niveles de eficiencia y contar con un mayor control social,
Que esto demanda la implementación en los Organismos Públicos de modelos de gestión que sustenten estos valores y principios, de amplia difusión en el mundo y que hagan a la calidad de su gestión,
Que debe procurarse un traspaso gradual hacia un modelo orientado a objetivos y mayormente informatizado, donde los ciudadanos puedan realizar sus trámites con facilidad, seguridad y rapidez eliminando burocracia y reduciendo costos,
Que un sistema es un conjunto de elementos que están relacionados entre si para lograr un objetivo,
Que la calidad es un conjunto de características de un producto o servicio que le confieren la aptitud para satisfacer las necesidades del cliente,
Que un sistema de gestión de la calidad es el conjunto de normas interrelacionadas de una organización por las cuales se administra de forma ordenada la calidad de la misma, en la búsqueda de la satisfacción de las necesidades y expectativas de sus clientes,
Que los principios básicos de la gestión de la calidad, son reglas de carácter social encaminadas a mejorar la marcha y funcionamiento de una organización mediante la mejora de sus relaciones internas,
Que un sistema de calidad contiene un fuerte compromiso con la mejora continua de los procesos, fomentando la constante búsqueda de la excelencia,
Que la correcta documentación de los procesos administrativos, favorece la transparencia en la producción legislativa,
Que el orden de los procesos permite la gestión de un moderno sistema de información, y esto último la transparencia y participación ciudadana,
Que la definición de procesos claros permite la correcta definición de parámetros que sirvan como indicadores del funcionamiento de una organización, y entonces identificar inconvenientes y proponer mejoras oportunamente,
Que la correcta definición y medición de estos parámetros facilita la toma de decisiones oportunas, a la vez que colabora con la gestión del Intendente, Secretarios y otras autoridades,
Que debe ser un objetivo constante lograr una sensible mejora en la calidad de la gestión de los Organismos públicos a efectos de satisfacer adecuadamente las necesidades y demandas de la ciudadanía y un uso más efectivo de los recursos de se disponen,
Que es necesaria la promoción de la cultura de calidad, a fin de lograr una ciudad donde sus empresas y organizaciones oferten productos y servicios de excelencia a sus ciudadanos, y tengan mejores condiciones de insertarse competitivamente un mercado mundial cada día más competitivo y exigente,
Que es necesario un mayor fortalecimiento institucional de los organismos públicos a través de una mayor jerarquización y profesionalización de sus recursos humanos con la consiguiente dignificación del funcionario público,
Que debe ser un objetivo constante la mejora en la calidad de gestión del Municipio para la satisfacción de las necesidades y demandas de la ciudadanía, y un uso efectivo de los recursos que se disponen,
Que en el marco de las medidas de descentralización impulsadas por la gestión del Gobernador Felipe Sola, se ha creado al Programa de Fortalecimiento de la Gestión Municipal, que brinda asistencia técnica y financiera a las comunas, siendo una de sus líneas de acción, Municipalidad, que tiene como objetivo principal apoyar y fomentar la cultura de la calidad en los Municipios de la provincia de Buenos Aires,
Que el programa Municipalidad cuenta con el apoyo de la OEI (Organización de Estados Iberoamericanos), y se lleva a cabo mediante un acuerdo de cooperación entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la Federación Argentina de Municipios (FAM), a través del Centro de Calidad y Modernización de la Gestión Municipal (CECAM), el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) y el Instituto Provincial de Administración Pública (IPAP),
Que este Programa de Calidad en la Gestión Municipal, es un componente del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ARG 04/031 "Fortalecimiento de la Gestión de la Subsecretaria de Asuntos Municipales", que prevé el otorgamiento de incentivos económicos y asistencia técnica a los municipios,
Que para la realización y coordinación del programa, la Subsecretaría de Asuntos Municipales creó una Unidad Ejecutora de Calidad (UEC), contando con la asistencia técnica y apoyo logístico del IPAP,
Que mediante el mencionado programa, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha asignado un rol importante a la promoción e instrumentación de acciones para mejorar la Calidad de la Gestión Pública,
Que esto requiere avanzar en un nuevo estilo de funcionamiento con el fin de mejorar los niveles de eficiencia en la prestación de los servicios públicos y la consecución de un proceso continuo hacia la modernización y profesionalización de la administración Pública Provincial y Municipal,
Que al respecto el gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha firmado un Acuerdo Marco de Cooperación Interinstitucional, con el IRAM, Instituto Argentino de Normalización y Certificación, tendiente a impulsar este nuevo modelo organizativo sustentado en valores y principios, que tienen al ciudadano como centro de su
desarrollo, que introduce modernas técnicas que hacen más eficiente, eficaz y transparente la gestión de sus instituciones y facilita la rendición de cuentas de los funcionarios, que mejora la calidad de los servicios a los ciudadanos y permite evaluar el nivel de eficiencia en la provisión de los mismos a la comunidad e impulsa un mayor control social,
Que el Programa Municipalidad está enmarcado en una estrategia global de una gestión de 4 años, (2008-2011), con la incorporación gradual y por fases de distintos municipios,
Que para acceder al programa es necesario el compromiso público del municipio para adoptar normas de calidad a través de la declaración de interés municipal de la necesidad de adoptar las mismas,
Que la Municipalidad de Bahía Blanca recibió la certificación de de calidad bajo la norma IRAM – ISO 9001:2008 en el área de de Gestión de Respuesta al Vecino – SGRV 0800Bahía,
Que un Sistema de Calidad, se puede instrumentar por etapas, sectores, o en determinados procesos seleccionados, de acuerdo a las necesidades, prioridades y características de una organización,
Que la norma ISO 9001:2008, es un método de trabajo, que se destaca por mejorar la calidad y satisfacción de cara al cliente, dando al administrado una acreditación,
Que el instituto IRAM en su norma 30300 interpreta y ejemplifica las prescripciones de la norma ISO 9001 para todos los servicios municipales,
Que esta norma puede ser aplicable en un municipio completo, o sea que abarque todos los servicios que presta a sus clientes externos; parte(s) de un municipio
que presta(n) uno o más servicios a sus clientes externos; y parte(s) de un municipio que presta(n) uno o más servicios a clientes internos, o sea a otros sectores del mismo municipio;
Que una certificación es un procedimiento por el cual un tercero provee garantía escrita de que un producto, proceso o servicio que cumple con los requisitos especificados en un índice de referencia,
Que, de acuerdo al último párrafo, la Certificación es una manera de acreditar la capacidad de un organismo para ofrecer un servicio, producto o sistema de acuerdo con los requisitos del administrado y la regulación existente, utilizando un tercer certificador como intermediario.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona el siguiente proyecto de ordenanza:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Créase el Programa de Implementación de los Sistemas de Gestión de Calidad en la administración pública.
Artículo 2º.- El Programa creado por la presente Ordenanza tendrá en cuenta, para su implementación, la norma ISO9001:2008, o aquellas que en un futuro la reemplacen.
Artículo 3º.- La Ciudad de Bahía Blanca asume un compromiso con los principios y valores que hacen a la cultura de la calidad de gestión.
Artículo 4º.- Crease el Comité de Calidad del Programa de Implementación de los Sistemas de Gestión de Calidad, el cual estará integrado por el Intendente, quien lo
presidirá, dos miembros de su equipo de gobierno y cuatro concejales (dos por la mayoría y dos por la primera minoría).
Artículo 5º.- Es función del Comité elaborar un Plan de Calidad donde figuren las actividades a desarrollar para la mejora de la calidad de gestión, entre las cuales se encontrarán, sin excluirse otras que en el futuro se decidan:
a) Identificar los procesos a normalizar y certificar;
b) Determinar prioridades y definir plazos de aplicación;
c) Fomentar la adopción del Sistema de Calidad de la norma ISO9001:2008, o aquellas que en un futuro la reemplacen, en otras organizaciones bahienses no gubernamentales.
Artículo. 6°.- Establecer la siguiente Política de Calidad en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca:
a) Estudiar y anticipar las necesidades y expectativas de los vecinos y organizaciones de la ciudad, y satisfacerlas oportunamente y con servicios de calidad.
b) Promover el desarrollo social, la cultura, y un desarrollo económico sustentable observando siempre el cuidado y protección del Medio Ambiente.
c) Hacer un uso eficiente y eficaz de Recursos, entendiendo que los impuestos que pagan los contribuyentes deben volver a ellos traducidos en bienes y servicios de excelencia, teniendo especial atención en la adopción de nuevas tecnologías y canales de comunicación.
d) Generar en el personal municipal un constante y permanente incentivo hacia el crecimiento personal, la profesionalización, y su desarrollo.
e) Generar mecanismos de participación que profundicen la calidad democrática y consoliden los mecanismos incipientes de construcción de ciudadanía.
f) Implementar, gradualmente, en los distintos procesos internos y servicios ofrecidos los Sistemas de Gestión de Calidad en la Administración Pública, de acuerdo con los artículos 1º al 3º de la presente Ordenanza.
Artículo 7º.- Priorizase la aplicación de la presente norma a aquellos procedimientos que tengan relación con Habilitaciones Comerciales e Industriales, atención al público y atención de reclamos.
Artículo 8º.- El Departamento Ejecutivo realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 9º: De forma.