Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Cediendo en comodato el inmueble propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca, sito en la localidad de General Daniel Cerri, a la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Agrícola N° 18, con destino a la utilización de las mi
Expediente: HCD-1352/2010
Autor: María Cristina Molina
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
Autor: María Cristina Molina.
Coautor: Julián Lemos.
Bahía Blanca, 30 de septiembre de 2010.
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
El inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección K, Quinta 245, sito en la localidad de General Daniel Cerri;
Y Considerando:
Que la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Agrícola N° 18 de Gral. Daniel Cerri tiene dentro de su proyecto educativo institucional la realización de una Granja Educativa Sustentable,
Que de acuerdo a lo expresado por los responsables del servicio educativo ofrece las condiciones necesarias para desarrollar el proyecto de dicha Granja Educativa Sustentable,
Que está comprobado que este tipo de propuestas pedagógicas enriquecen los aprendizajes de los/as alumnos/as;
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Artículo 1º: Cédase en comodato el inmueble propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca, cuya denominación catastral es: Circunscripción XIII, Sección K, Quinta 245, sito en la localidad de General Daniel Cerri, Provincia de Buenos Aires, a la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Agrícola N° 18, con destino a la utilización de las mismas para la radicación y puesta en marcha de de la Granja Educativa Productiva Sustentable, administrada por el centro de Educación Agrícola N° 18.
ARTÍCULO 2°: El plazo de comodato autorizado por la presente se extenderá desde la fecha de promulgación de esta Ordenanza y hasta la finalización de la concesión de Granja Productiva Sustentable vigente, incluyendo sus eventuales prórrogas y / o renovaciones.
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el pertinente contrato de comodato con la Asociación Cooperadora del Centro de Educación Agrícola N° 18, en el cual se deberán otorgar las más amplias facultades para que dicho Institución Educativa cumpla con las funciones que hacen a su objeto.
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo deberá instrumentar el comodato acordado en esta Ordenanza en el plazo de treinta días desde su promulgación.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.