Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Estableciendo la obligatoriedad de publicar en el sitio web del organismo, los mismos libros e información que eleva el Departamento Ejecutivo al Honorable Concejo Deliberante para el análisis de la Rendición de Cuentas.
Expediente: HCD-641/2011
Autor: Julián Lemos
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
Bahía Blanca, 24 de mayo de 2011
Concejal Autor: Julián I. Lemos
Visto: La necesidad de garantizar el acceso a la información pública,
y considerando:
Que la adopción de una cultura y un paradigma de uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación como herramientas para la mejora continua de la Gestión Pública, fomenta la participación y lleva al fortalecimiento de la relación entre el Estado y el Ciudadano, condición necesaria para el desarrollo y la igualdad.
Que la adopción de nuevas tecnologías fomenta no solo el acceso a la información pública sino también a servicios de calidad que puedan ser prestados en forma digital, promoviendo la simplificación de trámites y la desburocratización de la Administración Pública.
Que en materia de inter-cooperación entre el estado y el ciudadano, es necesario ir identificando formas exitosas para superar las barreras que se presentan, especialmente aquellas vinculadas con paradigmas obsoletos y culturas organizacionales rígidas que fomentan la competencia en vez de la cooperación entre las instituciones que conforman nuestras administraciones públicas.
Que cooperar y compartir son palabras clave que deben estar arraigadas en la cultura institucional para vencer concepciones erradas que lleven a la acumulación de información para evitar críticas y vulnerabilidades.
Que la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico (eGobierno) expone que los ciudadanos tienen el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración Pública.
Que dicha relación debe darse con el mismo grado de fiabilidad, pero con el valor agregado de la rapidez y la disponibilidad de la información que ya las instituciones tienen en su poder, logrando mejorar el nivel de interoperabilidad y simplificación.
Que esto resulta fundamental porque la información fomenta la transparencia, incentiva la participación ciudadana en los asuntos del estado, y es vital para entender los problemas, leer la realidad, y conocer que se está haciendo y que se está dejando de hacer en el plan de gobierno municipal.
Que esta iniciativa viene a completar la publicidad que actualmente el municipio realiza en su sitio web de todas las ordenas de compras que realiza el municipio, la cual se puede consultar organizada y con distintas desagregaciones en el sitio no oficial www.gastopublicobahiense.org
Que con esta ordenanza se inicia un camino que termina con la arbitrariedad con la que se decide qué dar a conocer y qué esconder, y con lo que se dice que se da a conocer o se da a esconder.
Que esta iniciativa habilita a toda persona a acceder a información pública en forma completa, veraz, adecuada y oportuna sin ningún tipo de obstáculo, de una manera sencilla y económica.
Que la ordenanza resulta esencial a la vida democrática porque el ciudadano podrá conocer en plenitud los actos de gobierno.
Que la información es un derecho fundamental y como tal no puede ser objeto de restricciones.
Que la publicidad de los actos de gobierno contenida en el deber de rendir cuentas resulta un factor fundamental para el normal desenvolvimiento de la vida republicana en todos los niveles del Estado: Nacional, Provincial y Municipal.
Que avanzar en todo lo relativo al derecho del libre acceso a la información pública es vital a los fines de lograr un funcionamiento democrático, claro y transparente del Estado.
Que el libre acceso a la información relativa a la rendición de cuentas también es vital a los fines de mejorar las políticas presupuestarias nacionales, provinciales y municipales.
Que si bien los encargados de realizar la rendición de cuentas, es decir, su preparación, es el departamento ejecutivo, y los responsables de su análisis en lo político son los legisladores, y en lo legal el “Tribunal de Cuentas”, es deseable que todo ciudadano interesado tenga un acceso oportuno y económico a disponer de la información que compone esta rendición.
Que sancionar esta ordenanza es cumplir con la Constitución, y garantizar este derecho a todos: ciudadanos, periodistas, entidades civiles, jueces, legisladores y funcionarios.
Que es por todo ello, que resulta imperioso la publicación en el sitio WEB del municipio de los libros e informes que componen la “rendición de cuentas”, de acuerdo a la normativa vigente.
EN VIRTUD DE LO EXPUESTO, EL H.C.D. EN USO DE SUS FACULTADES, SOLICITA LA SANCIÓN DE LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Art. 1: Publíquese en el sitio web de la municipalidad de Bahía Blanca, los mismos libros e información que eleva el Departamento Ejecutivo al Honorable Concejo Deliberante para el análisis de la Rendición de Cuentas.
Art. 2: Deberá darse cumplimiento a la publicación indicada en el artículo anterior en los mismos plazos previstos que estipula la legislación provincial para su elevación al Honorable Concejo Deliberante,
Art. 3 : De forma.