Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: : Creando la línea rotativa “0800 DELITO NO” con el objetivo de recibir las denuncias efectuadas por los vecinos de la ciudad.
Expediente: HCD-872/2013
Autor: Julián Lemos
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
PROYECTO DE ORDENANZA: : Creando la línea rotativa “0800 DELITO NO” con el objetivo de recibir las denuncias efectuadas por los vecinos de la ciudad.
Autor: Julian Lemos
Bahía Blanca, 15 de julio de 2013
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La grave situación de inseguridad existente; las dificultades que debe enfrentar el ciudadano común para formular denuncias cuando llega a su conocimiento la presunta comisión de delitos complejos y la obligación del estado municipal de brindar una respuesta eficiente y eficaz para garantizar la seguridad de los habitantes
Y considerado:
Que es necesario que se dé cumplimiento efectivo a lo dispuesto en el articulo Nº 10 de la Constitución Provincial, que establece que todos los habitantes tienen el derecho a ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad.
Que la ciudad de Bahía Blanca no resulta ajena a la problemática de la inseguridad reinante en todo el territorio bonaerense, circunstancia que genera una extrema preocupación de sus habitantes quienes se hallan inmersos en un profundo sentimiento de desamparo y desprotección, vinculado a la falta de eficacia que han tenido las distintas políticas criminales encaminadas a prevenir y reprimir el delito organizado.
Que en un sistema republicano de gobierno, los representantes del estado, sea éste nacional, provincial o municipal, son los encargados de promover acciones dirigidas a proveer a la defensa común y la seguridad general e individual de cada ciudadano, creando las herramientas adecuadas, pertinentes y útiles en aras de la obtención de tales objetivos.
Que es así que en el entendimiento de los roles y responsabilidades públicas, cada gobernante debe asumir el compromiso delegado por quienes depositaron su confianza mediante la elección popular, llevando a cabo dentro del marco de sus competencias, medidas que enaltezcan los intereses sociales, otorgando seguridad a los representados, quienes deben sentir la protección del estado en todo momento, más aún cuando se trata de preservar los intereses legítimos protegidos por las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos incorporadas a la Constitución Nacional con igual jerarquía que ésta, la Carta Magna y todas las leyes que se han dictado para reglamentar el ejercicio pleno de sus derechos.
Que cuando una persona que forma parte del entramado social en un espacio geográfico determinado, como es el caso de un municipio, toma conocimiento de hechos o circunstancias que permiten sospechar que se están cometiendo delitos donde su denuncia puede provocar consecuencias para el ciudadano, la respuesta de los representantes debe ser inmediata, otorgándole a ese habitante todo el resguardo que se encuentre a su alcance para que los hechos conocidos no queden impunes, pueda lograrse la investigación penal correspondiente, la persecución criminal y finalmente la aplicación de las penas que correspondan al caso concreto.
Que sabido es que la denuncia de delitos vinculados al crimen organizado generan en el ciudadano común una mayor dificultad toda vez que no se le brindan garantías mínimas para resguardar su identidad y con ello su integridad tanto física como psíquica por lo cual, la decisión final resulta ser siempre el silencio.
Que nuestra ciudad no puede quedar al margen de las políticas pro-activas que otros estados han puesto en funcionamiento para prevenir y reprimir delitos de esta especie en los cuales la participación y compromiso de la ciudadanía resulta fundamental pero que necesariamente debe ir acompañado por el rol protector del estado, dándole al vecino las garantías absolutas de protección y defensa, acompañando ese compromiso con alguna herramienta que le otorgue confiabilidad en el sistema.
Que si bien la conducción de las Fuerzas Policiales está bajo la órbita del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la situación excepcional de inseguridad que atraviesa nuestra ciudad, requiere la intervención del Gobierno Municipal, primer escalón del reclamo y apoyo de las Bahienses, que además otorgaría celeridad e inmediatez en la resolución del conflicto.
Que por lo expuesto, incumbe al Jefe de Gobierno Municipal cumplir el rol protector del ciudadano, proporcionándole el vehículo eficaz para canalizar su denuncia y garantizarle confidencialidad y seguridad, cumpliendo de esta manera con mandatos internacionales que exigen a los estados, en cualquiera de sus niveles, la puesta en práctica de políticas de prevención y reducción de delitos que conmueven y afectan la sensibilidad social tales como los vinculados al narcotráfico, la trata de personas y los delitos conexos a la trata, esto es la administración y regenteo de casas de tolerancia, los relacionados con la piratería del asfalto, los desarmaderos de rodados, redes de reducidores de los objetos provenientes de los delitos contra la propiedad, entre otros.
Que por tal motivo entendemos que la creación de una línea telefónica rotativa y gratuita que posibilite al ciudadano bahiense la formulación de la denuncia frente al conocimiento de alguno de estos hechos, posibilitaría que los mismos sean investigados por los organismos públicos competentes a la vez que se le otorgaría al denunciante todas las garantías de reserva de identidad y confidencialidad, depositando en sus representantes políticos, la obligación y el deber de actuar en su defensa y del bien común, siendo el intendente o la autoridad que éste designe, los encargados de canalizar la denuncia respectiva.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1º: Crease una línea rotativa “0800 DELITO NO” dentro del área de la subsecretaria de prevención y vigilancia o dependencia que el Departamento Ejecutivo crea conveniente, con el objetivo de recibir las denuncias efectuadas por los vecinos en relación a delitos tales como: narcotráfico, la trata de personas y los delitos conexos a la trata, esto es la administración y regenteo de casas de tolerancia, los relacionados con la piratería del asfalto, los desarmaderos de rodados, redes de reducidores de los objetos provenientes de los delitos contra la propiedad.
Articulo 2º: El Departamento Ejecutivo a través del organismo que designe para la recepción de las denuncias, deberá confeccionar un protocolo de actuación elevando inmediatamente las mismas a la Oficina de Denuncia de la Fiscalia General Departamental del Departamento Judicial de Bahía Blanca
Articulo 3º: Incorpórese a las boleta de alumbrado Barrido y Limpieza, una leyenda informativa sobre la existencia de esta línea telefónica y su función, la cual deberá estar impresa de manera clara, visible, y destacada.
Articulo 4º: de forma