Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución: Solicitando a la empresa EDES S.A. efectué las medidas necesarias para informar, reponer y resarcir por los daños causados debido a los cortes de luz.
Expediente: HCD-1620/2013
Autor: Fabio Pierdominici
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
Proyecto de resolución: Solicitando a la empresa EDES S.A. efectué las medidas necesarias para informar, reponer y resarcir por los daños causados debido a los cortes de luz.
Bahía Blanca, 18 de diciembre de 2013
Concejal Autor: Bloque Frente Renovador.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto
Los cortes de luz sufridos por gran parte de los vecinos de la ciudad, y que son producto de la falta de inversión en la producción y distribución del servicio energético en Bahía Blanca al igual que en otra zonas del país.
Y considerando:
Que es evidente la falta de inversión que sufre el sistema energético en el país, tanto en su producción como en su distribución.
Que esto no es casual, sino consecuencia de una clara política de des-inversión de parte del Gobierno Nacional que ha generado un déficit en la producción de energía con una necesidad de importarla con un costo anual de más de trece mil millones de dólares estadounidenses.
Que en el mismo sentido en el servicio de distribución domiciliaria de luz eléctrica, la provincia de Buenos Aires ha sido la responsable de la falta de inversión de las empresas concesionarias, déficit asumido por la propia empresa cuantificándolo para la ciudad de Bahía Blanca en un retraso del sesenta por ciento (60 %) en sus planes de inversión.
Que ha habido una silenciosa connivencia entre los responsables del estado nacional, los organismos de control, y las empresas productoras, transportadoras y prestatarias del servicio de energía eléctrica, para que hoy tengamos un importantísimo déficit en la materia y debamos soportar un servicio totalmente deficiente tanto para el vecino como para el sector industrial.
Que desde las empresas prestatarias del servicio no se ha comunicado la gravedad de la situación, además de la falta de planes y soluciones para este problema, ya que no es la primera vez que se efectúan cortes de luz periódicos y prolongados.
Que no es justo que vecinos de la ciudad, comerciantes, instituciones, deban afrontar los gastos y perdidas como consecuencia de los cortes de luz y baja tensiones, resultante de la falta de inversión en el sistema energético.
Que la empresa EDES S.A. ya ha pasado por situaciones similares, y no se ha demostrado que tome las medidas necesarias y correspondientes para solucionar a la brevedad los incidentes energéticos.
Que se ha puesto en riesgo la salud de la población ya que los cortes de luz ha incluido a zonas donde se encuentran hospitales y farmacias, por ende afectando un servicio esencial de la población y poniendo en riesgo el resguardo de productos medicinales por la ruptura de la cadena de frio.
Que los comerciantes tuvieron que suspender sus actividades, desechando mercadería que se vio afectada por los cortes de luz al cortarse la cadena de frió.
Que los usuarios del servicio de energía eléctrica que cumplen con el pago del servicio merecen una solución inmediata, además de la reposición de los artefactos dañados, como así también la mercadería e insumos de instituciones y comercios, afectados por los cortes de luz y baja tensión por parte de la empresa prestataria del servicio EDES S.A.
Que además al cliente del servicio deben descontárseles la totalidad de los días en que no hubo prestación del servicio por más tiempo que el mínimo tolerable para que no se rompa la cadena de frío, entendiendo el mínimo cuando el corte de suministro de energía sea por un espacio de más de sesenta (60) minutos a lo largo del día y en no más de dos (2) cortes, y no imputable al consumidor.
Que tanto EDES como OCEBA tienen obligación de informar de manera precisa al consumidor del servicio cuales son las oficinas receptoras para el reclamo, así como los requisitos y procedimientos que hay que seguir para los damnificados por cortes de luz puedan tener el resarcimiento que les corresponde.
Que de todas maneras EDES y el OCEBA han acreditado una desidia notoria frente al cliente en informar, solucionar y resarcir al vecino cliente por el mal servicio que se presta y claramente no se controla.
Que toda esta situación de falta de servicio por varios días en muchos casos ha producido protestas en todo el país, las que también se están produciendo en nuestra ciudad por la falta de un servicio público que da a las protestas el carácter de problema social que debemos atender.
Que es por eso que hacemos extensivo el pedido de intervención al Sr. Intendente Municipal que a través de la Secretaría que corresponda solicite la urgente restitución del servicio en toda la ciudad y acompañe el reclamo de los vecinos confeccionando un listado de damnificados por los cortes de luz para entregarlo a EDES S.A., con copia al OCEBA, a fin de fortalecer la posición de los damnificados frente a la prestataria de un servicio deficiente.
EN VIRTUD DE LO EXPUESTO, EL HCD, EN USO DE SUS FACULTADES, RESUELVE:
Artículo 1º: Solicitar a la empresa EDES S.A. tome las medidas y recaudos necesarios para resarcir y reponer los artefactos y mercaderías, por los daños causados debido a los cortes de luz, en un plazo no mayor a los quince (15) días de presentada la documentación correspondiente.
Articulo 2º : Solicitar al OCEBA disponga se le descuente al usuario del servicio el proporcional a la totalidad de los días en que no hubo prestación del servicio por más tiempo que el mínimo tolerable para que no se rompa la cadena de frío, entendiendo el mínimo cuando el corte de suministro de energía sea por un espacio de más de sesenta (60) minutos a lo largo del día y no imputable al consumidor.
Artículo 3°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, mediante la secretaria que corresponda, la confección de un listado de damnificados por los cortes de luz para entregarlo a EDES S.A..
Artículo 4°: Solicitar a la empresa EDES S.A. y al Departamento Ejecutivo informen de manera precisa a la comunidad mediante acciones de comunicación sobre los requisitos y procedimientos de reclamo que deben realizar los damnificados por cortes de luz, a fin de obtener el resarcimiento que les corresponde.
Articulo 5º: Solicitar a la empresa EDES S.A. modifique el plan de contingencia adecuándolo a las necesidades en tiempo y forma.
Artículo 6°: Remítase copia a EDES S.A. y al OCEBA.