Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el programa municipal en la ciudad de Bahía Blanca de documentación y objetos extraviados.
Expediente: HCD-1527/2014
Autor: Vanina González
Bloque: Frente Renovador Bahía Blanca
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el programa municipal en la ciudad de Bahía Blanca de documentación y objetos extraviados.
AUTOR: Vanina Gonzalez
Bahía Blanca, 25 de Agosto 2014
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La problemática que genera el extravío de documentos y objetos, y ante la necesidad de contar con un ente u organismo centralizado que se dedique a recepcionarlos y posterior entrega de los mismos.
Y considerando:
Que ante el extravío de documentación, la tramitación de los mismos implica tiempo y dinero, además de las complicaciones en el desarrollo de las tareas cotidianas como por ejemplo: operativos de tránsito, transacciones bancarias, etc.
Que los vecinos de nuestra ciudad cuando encuentran este tipo de documentos en la vía pública, no tienen un lugar donde concurrir para dejar los mismos, recurriendo a los medios de comunicación y en algunos casos dando sus datos personales para ubicar al titular.
Que la mayoría de estos artículos son recogidos y custodiados por empresas de transporte y compañías aéreas, también es habitual que tanto los usuarios del transporte público como los taxistas y choferes, descubran objetos extraviados.
Que es necesario una oficina municipal de objetos pedidos abierta al público y será destinada para recibir, guardar y devolver los objetos y documentación que los ciudadanos encuentren.
Que las personas que pierdan los objetos podrán acercarse a la oficina para recuperar lo perdido con el requisito de "la descripción del objeto, lugar y fecha aproximada de la pérdida, documentación respaldatoria de la titularidad del mismo y la presentación del DNI".
Que el Municipio dispondrá de una única oficina para la recepción, atención telefónica, custodia y devolución de los objetos en cuestión.
Que con el fin de conseguir que la localización del objeto perdido sea lo más ágil y efectiva, se deberá informar todos aquellos datos referentes a: descripción del objeto extraviado, día y hora de la incidencia, numero de línea de transporte donde presumiblemente se extravió el objeto y todo lo que sea relevante para la descripción del objeto.
Que se deberá dejar constancia en un documento, el nombre de la persona que lo encontró, así como la fecha y hora de la entrega, el lugar donde se halló y otros datos precisos.
Que los objetos perdidos permanecerán clasificados en la oficina habilitada para tal fin, estableciendo, salvo las siguientes excepciones, un plazo de 12 (doce) meses para retirarlo.
Que pasados 12 meses desde su registro, si no han sido reclamados, se procederá a dejar en tenencia o a su retirada como residuo, observando los criterios medioambientales de clasificación y vertido de los mismos.
Que para recuperar el objeto, si es su propietaria, la persona deberá aportar factura, contrato o cualquier otro documento que demuestre la titularidad del mismo.
Que el objeto o documentación perdidos como DNI , licencia de conducir, pasaporte, documentación personal, tarjetas de transporte, tarjetas de crédito o débito, libretas sanitarias, billeteras, chapas patentes, planos, teléfonos móviles, etc., son necesarios para el desarrollo de las tareas cotidianas y que la tramitación de una nueva copia demanda tiempo y dinero.
EN VIRTUD DE LO EXPUESTO, EL H.C.D. EN USO DE SUS FACULTADES, SOLICITA LA SANCIÓN DEL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA.
Artículo 1º: Creación: Créase, en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal, el “Departamento de Objetos Documentación y Objetos Extraviadas” abierto al público destinado a recibir, guardar y devolver los objetos y documentación que los ciudadanos encuentren y entreguen al Departamento.
Articulo 2º: Funciones del Departamento: El Departamento de Objetos Perdidos tendrá la función:
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Recibir y guardar la documentación y los objetos que los ciudadanos encuentren en la vía pública y sean entregados al Departamento.
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Organizar los objetos y la documentación recibida en guarda y establecer la forma de identificación de sus legítimos propietarios o titulares.
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Devolver a sus legítimos propietarios o titulares los objetos y la documentación recibida en guarda.
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Entiéndase por objetos factibles de ser recepcionados por el Departamento de Objetos Perdidos y Documentación Extraviada, a aquellos tales como DNI, licencia de conducir, pasaporte, documentación personal, tarjetas de transporte, tarjetas de crédito o débito, libretas sanitarias, billeteras, chapas patentes, planos, teléfonos móviles, etc., que el titular pueda acreditar su propiedad.
Articulo 3º: Estructura orgánica: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer la dependencia funcional que tendrá el “Departamento de Objetos Perdidos y Documentación Extraviada”, tendrá a su cargo la confección de las normas de funcionamiento, establecer la metodología para que los ciudadanos puedan entregar los objetos y la documentación que encuentren para que sus legítimos dueños o titulares pueda gestionar su devolución.
Articulo 4º: Lugares de guarda y custodia, entrega, devolución e información: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá localizar y organizar una única oficina para la guarda, custodia y devolución.
Para la recepción de objetos y el pedido de información de entrega y retiro de los mismos, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá organizarlo en las Delegaciones, el Palacio Municipal y en la Oficina de Informes de la Estación Terminal de Ómnibus, como así también en toda dependencia que lo crea conveniente, también los días y horarios de atención.
Articulo 5º: Orientación al público: Mediante el servicio de atención gratuita telefónica de la Municipalidad de Bahía Blanca, se brindará información al público respecto de los lugares en los que se presta este servicio.
Articulo 6º: Información: El Departamento Ejecutivo evaluará la creación de una línea telefónica gratuita para brindar información al vecino sobre los servicios y el funcionamiento de esta oficina, asimismo, la habilitación de un espacio refente al programa dentro de la página web municipal.
Articulo 7º: De forma.