Proyecto de Minuta
Solicitando al D.E. informes en relación al incumplimiento de los plazos previstos para el Registro de Oposición de licitaciones para obras públicas ejecutadas por el Municipio.
Expediente: HCD-1154/2016
Autor: Paola Ariente
Bloque: PJ – Cumplir
Minuta de comunicación solicitando al D.E. informes en relación al incumplimiento de los plazos previstos para el Registro de Oposición de licitaciones para obras públicas ejecutadas por el Municipio.
Autor: Paola Ariente- Ezequiel Gimeno
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita, al Departamento Ejecutivo que, a través de la secretaría que corresponda, brinde información relativa a los motivos por los cuales, habiéndose hecho uso de la facultad de llamar a a Registro de Oposición, se incumplieron los plazos legales del marco establecido por la Ordenanza General Nº 165/73 (artículos 10 y 11), Ordenanza Municipal Nº 2082 (artículos 30 y 31) y Decreto N° 754/76 (artículos 1 y 2) , para las obras que a continuación se mencionan:
– Obra “Pavimentación de varias calles de Bahía Blanca ( Etapa II – Año 2016) 24 cuadras” Licitación Publica con Fondos Municipales ( Expte. 417 r 1976/2016)
-Obra “Pavimentación de varias calles de Bahía Blanca (Etapa III- Año 2016) 29 cuadras” – Licitación Publica con Fondos Municipales ( Expte. 417 r 1994/2016)
-Obra “Pavimentación de varias calles de Bahía Blanca ( Etapa IV – Año 2016) 27 cuadras” Licitación Pública con Fondos Municipales ( Expte. 417 r 2132/ 2016)
– Obra “Pavimentación de varias calles de Bahía Blanca ( Etapa V – Año 2016) 28 cuadras” Licitación Pública con Fondos Municipales ( Expte. 417 r 2130/2016)
– Obra “Pavimentación de varias calles de Bahía Blanca ( Etapa VI Año 2016) 31 cuadras” Licitación Pública con Fondos Municipales ( Expte. 417 r 2131/2016)
Asimismo, se solicita al Departamento Ejecutivo, explique cuáles son los motivos por los cuales en los avisos murales instalados en la zona donde se realizan la obra, se omite la publicación para que los vecinos tomen conocimiento del funcionamiento del Registro de Oposiciones. En idéntico sentido, informe cuáles serían las medidas previstas por parte del Municipio en el caso que las oposiciones superen el treinta por ciento (30%) del total de vecinos .
FUNDAMENTOS
La publicidad de los actos de gobierno es uno de los pilares fundamentales del sistema republicano y adquiere mayor relevancia al momento de llevarse a cabo la realización de obras públicas que los vecinos deben abonar en carácter de contribución especial (recupero) .
La imposición de tributos por parte del Estado deben llevarse a cabo a partir del cumplimiento de las leyes que regulen su procedimiento, atento a que se trata de una detracción coactiva del dinero de los particulares.
El marco regulatorio de Obras Publicas del Municipio de Bahía Blanca se encuentra establecido a partir de Ordenanza General Nº 165 /73 , la nota circular 24/86 de la Subsecretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza de Obras Publicas Nº 2082 y el Decreto 754/76; Ello establece que el Municipio, al hacer uso de la facultad de realizar el llamado a Registro de Oposición, debe efectuarlo con diez días de anticipación a la pre adjudicación de la licitación , debiendo realizarse do publicaciones en un diario de la ciudad a cargo de la empresa pre adjudicataria, de modo tal que se de a conocer a los vecinos beneficiados las condiciones de la ejecución de los trabajos y su forma de trabajo.
Asimismo, deberán colocarse avisos murales en la zona donde se realizará la obra y el texto de tales publicaciones deberá ser aprobado por el Departamento Ejecutivo.
El sentido de dicha publicación es que los vecinos frentistas puedan ejercer su derecho de oposición a la realización de la obra, de la forma de financiación, y demás circunstancias vinculadas a ello, haciendo efectivo así el derecho que les compete.-
Sin embargo, según consta en las publicaciones del diario “La Nueva” de los días 17 y 24 de octubre del corriente, se invita a personas físicas y jurídicas titulares de inmueble a dejar sentada su oposición a la obra, cuando las mismas no sólo ya se encuentran adjudicadas, si no también que ya se encuentran en proceso de ejecución avanzado.
La falta de publicidad y publicación de correspondiente, hizo que los frentistas se encuentren imposibilitados no sólo de tomar conocimiento en forma fehaciente acerca de la posibilidad de manifestar su oposición a la realización de la obra y la posterior obligación de afrontar su costo, sino que además de ejercer su legítimo derecho de defensa de raigambre constitucional.-
Ninguna duda cabe que es una prerrogativa del Estado Municipal recuperar el valor de las obras públicas que realiza, pero es dable destacar que para poder hacer uso de esa facultad debe cumplir con la normativa que regula la materia y especialmente aquella que garantiza las vías de participación ciudadana, tal es el caso de la Registro de Oposición.