Proyecto de Ordenanza
Incrementando la alícuota de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene al Bingo.
Expediente: HCD-102/2011
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: 8 de Septiembre – G.E.N. Radical
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La necesidad de ajustar la alícuota de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene que tributa el Bingo en nuestra ciudad; y
Considerando:
Que la propuesta original elevada por el Departamento Ejecutivo adecuando las alícuotas de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene contemplaba un incremento de la misma para las actividades comprendidas en el item “61.902 02 – Bingo, Agencias hípicas y otros juegos de azar autorizados”, proponiendo un incremento de 45.00 o/oo a 60.00 o/oo.
Que, posteriormente, el Intendente municipal resolvió enviar un nuevo proyecto de Ordenanza Impositiva en el que dejaba sin efecto el incremento propuesto para la actividad de referencia.
Que se considera pertinente aumentar la alícuota en cuestión afectando la recaudación que se obtenga por dicho incremento al área de Salud Preventiva y Asistencial y a la de Niñez, Adolescencia y Familia.
Que proyectos de similares características fueron presentados, por ejemplo, en los Concejos Deliberantes de las ciudades de Necochea y Olavarría.
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Increméntese la alícuota correspondiente a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a las actividades que se detallan a continuación:
Código de Actividad
Subcódigo
Actividad
Alícuota (o/oo)
61.902
02
Bingo, Agencias hípicas y Otros juegos de azar autorizados …………..
60.00
ARTICULO 2°: Los fondos que se recauden como consecuencia de la aplicación de la presente Ordenanza serán afectados, por partes iguales, a las áreas de Salud Preventiva y Asistencial (Secretaría de Salud) y Niñez, Adolescencia y Familia (Secretaría de Promoción Social).
ARTICULO 3°: De forma.