Proyecto de Minuta
Solicitando informe acerca del Consejo Local de Niñez
Expediente: HCD-45/2012
Autor: Manuel Mendoza
Bloque: Frente Amplio Progresista
Minuta de Comunicación: Solicitando informe acerca del Consejo Local de Niñez
Autor: Manuel Mendoza
Bahía Blanca, 13 de enero de 2012.-
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a elevar informe a este Cuerpo explicando los motivos por los que, actualmente, se encuentra inactivo el Consejo Local de Niñez tal como lo contempla la Ley 13.298, que ha sido refrendada por Ordenanza Municipal en nuestra ciudad.
A tal fin se solicita se informe:
1) El motivo por el cual se encuentra inactivo el funcionamiento del Consejo Local de Niñez en la ciudad de Bahía Blanca.
2) Desde que fecha se encuentra sin funcionamiento el Consejo Local mencionado.
3) Cuáles son los lineamientos y ejes de las políticas destinadas específicamente al área de Niñez en la ciudad de bahía Blanca.
4) El monto y destino de los fondos remitidos por la Provincia en el marco de la Ley 13.298.
5) Si el DE y la Secretaría que corresponda tienen intenciones de impulsar y promover la convocatoria de un nuevo Consejo Local de Niñez en el ámbito de la ciudad de Bahía Blanca tal como expresa la Ley 13.298.
6) Cualquier información que se considere de utilidad.
FUNDAMENTOS
La presente minuta surge a partir de la necesidad de conocer las razones por las cuales el Consejo Local de Niñez se encuentra inactivo en Bahía Blanca, a pesar de haber adherido por Ordenanza a la Ley Provincial 13.298.
El Consejo Local, tal como lo estipula la mencionada ley, tiene la elemental función de elaborar planes de acción para la protección integral de los derechos de los niños a nivel territorial. Según la Ley, dicho cuerpo debe estar compuesto por miembros de la comunidad, quienes presten sus servicios ad-honorem y que, como parte de su competencia, deberán evaluar y controlar la utilización de los recursos destinados a los programas establecidos por la ley ya mencionada.
Según establece el Decreto (300) Reglamentario de la Ley de la Promoción y Protección de los Derechos del Niño (Ley 13.298) en su artículo 15° expresa claramente “Las regiones del Ministerio de Desarrollo Humano promoverán la participación de loa Municipios a quienes se le delegará la convocatoria y coordinación de los Consejos Locales en caso de que adhieran a esta ley mediante convenio refrendado por ordenanza Municipal (art. 16, inc. 2 y art. 22 de la Ley)”. Y visto que: el Municipio de Bahía Blanca ha refrendado el convenio por medio de la Ordenanza nº 14.950 (Exp. HCD-158-2008, Decreto de Promulgación 1091-2008), estableciendo las disposiciones generales, el reconocimiento al Consejo Local de Niñez como órgano esencial del sistema y estableciendo su constitución y funcionamiento, es que se solicita a través de esta minuta conocer la razón por la cual el Consejo Local de Niñez se encuentra desarticulado en la ciudad de Bahía Blanca. Si desde el Municipio se va a promover la rearticulación de esta herramienta fundamental y cuales son los fondos que remite la Provincia, así como el destino de los mismos y cuales son los lineamientos centrales de la política a ejecutar en el área de Niñez a través de los Servicios Locales.
De acuerdo al art. 22 inciso 2 del mismo Decreto Reglamentario de la Ley 13.298 se enuncia: “Los municipios que asuman las obligaciones estatuidas por la Ley a través de un convenio suscripto con el Intendente y ratificado por ordenanza deberán:
1. Convocar y coordinar los Consejos Locales de Promoción y Protección de los Derechos del Niño para la formulación del Plan de Acción local de acuerdo a las competencias definidas por este decreto.
2. Constituir y poner en funcionamiento el Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño dispuestos por los artículos 19 a 21 de la Ley.
3. Seguir los procedimientos para el Servicio Local de Protección de los Derechos fijados por los artículos 37 al 40 de la Ley.
4. Ejecutar por sí o a través de terceros los programas y medidas dispuestas por los artículos 29 al 36 de la Ley.”
En el presente, el Consejo Local de Niñez de Bahía Blanca se encuentra inactivo y desarticulado en su funcionamiento, significando esto, una falencia y un gran déficit para el trabajo en materia de niñez, siendo además, de suma importancia su tarea en el control de las políticas de niñez en el ámbito de la ciudad y del territorio.
El Consejo Local de Niñez, tal como expresa la Ley, resulta un mecanismo fundamental por medio del cual, se establece la participación directa de la comunidad, y además, se le confiere tareas y funciones específicas en materia de la promoción y protección del Derecho de los Niños, además del establecimiento de prioridades, trabajo en conjunto con los Servicios Locales de Niñez de los Municipios, la elaboración de políticas sociales en la materia; y el control de los recursos que la Comuna destina a programas vinculados con la atención de la minoridad junto con el dinero que remite el gobierno provincial destinado a los dispositivos indicados por la Ley.
Hoy existe una gran falta de información, un profundo desconocimiento acerca de esta problemática y de las políticas destinadas a la infancia, lo cual complejiza una situación que amerita y necesita de políticas activas, así como acciones coordinadas y consensuadas con la comunidad.
La problemática de la niñez debe ser trabajada con competencia, idoneidad, dispositivos correctos, capacitación e información, es por esto, que este ámbito de discusión, reflexión, debate y diálogo en torno al tema de niñez resulta de imprescindible valor para lograr una tarea eficiente y efectiva en el ámbito local de la temática.
De más está recordar la importancia de jerarquizar las políticas destinadas al ámbito de Niñez y Adolescencia y de concretar las coincidentes inquietudes sobre la problemática en un ámbito propicio, dando respuestas a la necesidad de abordarlas mediante una tarea integrada.
Por todo lo expuesto solicito a los Sres. Concejales acompañen esta minuta.