Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando la “Feria Municipal de Diseño” en el ámbito del Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-1187/2012
Autor: Manuel Mendoza
Bloque: Frente Amplio Progresista
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando la “Feria Municipal de Diseño” en el ámbito del Partido de Bahía Blanca.
AUTOR: Manuel Mendoza
Bahía Blanca, 07 de septiembre de 2012.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que el diseño independiente en la ciudad se ha convertido en un sustento, fuente de trabajo e iniciativa de gran relevancia en la ciudad.
Y CONSIDERANDO:
Que así como en otras ciudades del país, en los últimos años, Bahía Blanca ha sido escenario de la proliferación ferias a través de los cuales exponen sus creaciones una gran cantidad de diseñadoras/es independientes locales.
Que es notoria la expansión respecto a la realización de este tipo de ferias de diseño independiente, tomando como escenario distintos lugares de la ciudad como barrios, sociedades de fomento, bares, discos, clubes o instalaciones que lo permitan por su espacio.
Que la organización de las mencionadas ferias es llevada adelante desde varios sectores sociales, combinando la posibilidad de exposición para los emprendedores independientes, así como iniciativas de beneficencia o solidarias para instituciones sociales de la ciudad.
Que es necesario reconocer que actualmente, esta actividad, resulta una fuente de trabajo para muchas mujeres y hombres bahienses que desde sus hogares, han encontrado la posibilidad de una fuente de sustento o aporte económico familiar.
Que la presente resulta una propuesta concreta para generar espacios productivos y culturales brindando la posibilidad de desarrollo a micro emprendedores y a la cultura del diseño en Bahía Blanca.
Que este fenómeno se inició en la ciudad de Buenos Aires, replicándose luego la experiencia en otras ciudades importantes, a partir de lo cual, comenzaron a surgir ferias de diseño independiente donde artistas y emprendedores pueden encontrarse con aquellas personas que demandan este tipo de productos originales.
Que son habituales los emprendimientos productivos de escala pequeña dirigidos al desarrollo y la producción de objetos de diseño y consumo, por parte de jóvenes emprendedores y diseñadores de todas las edades.
Que en Bahía Blanca esta actividad, comenzó aproximadamente hace 4 años, con reuniones reducidas en casas particulares, donde los diseñadores exponían sus producciones a conocidos y amigos y que luego comenzaron a organizarse encuentros de mayor volumen, desde la auto convocatoria entre los mismos diseñadores/as y ferias de diseño independiente donde se exponen los diseños para su exposición y venta.
Que con el comienzo de estas exposiciones en sociedades de fomento, clubes, bares y salones de distintas características, se crearon circuitos alternativos y ferias de índole privada que repiten la experiencia en distintos sitios de la ciudad.
Que muchas de estas ferias hoy son reconocidas por los bahienses aunque se realizan de forma esporádica, ya que no existe en la actualidad una feria permanente que permita a los diseñadores contar con un espacio determinado para la exposición regular de sus productos.
Que en las ferias privadas que se organizan en el presente, los feriantes, abonan el espacio para poder comercializar sus productos y que existen en la ciudad gran cantidad de emprendimientos de este tipo.
Que contar con un espacio determinado y dar continuidad a una Feria permanente, significaría poder incluir a esta en el circuito turístico de los días de fin de semana, ya que en las experiencias realizadas, este tipo de iniciativas cuentan con amplia aceptación por parte de los diseñadores, y del público que concurre a realizar un paseo por los espacios que ofrecen esta alternativa.
Que es una iniciativa positiva e innovadora que el Municipio de Bahía Blanca tome este proyecto como propio y proceda a ofrecer un espacio para el emplazamiento de una feria donde los diseñadores de Bahía Blanca puedan exponer sus creaciones y diseños adecuados al marco de la temática propuesta y de las características de los productos que expone esta Ordenanza.
Que la propuesta amerita una regulación y la disposición de un marco formal para la organización de una feria en un espacio determinado, y con horarios y arreglos de funcionamiento siendo sus dos ejes, el desarrollo del diseño independiente y el fomento a los productos bahienses de diseño en la ciudad.
Que es además voluntad de este proyecto ampliar los objetivos de la feria propuesta a construir un circuito con otro tipo de ofertas culturales tales como la posibilidad de incorporar la presentación de espectáculos artísticos. Por esto, es de gran importancia la creación de un espacio, que contenga en la ciudad tanto a los diseñadores como a su público, generando un consecuente desarrollo artístico, cultural y productivo.
Que por estas razones realizamos una propuesta comunitaria de iniciativa estatal, en pos de la cultura y de la micro-producción bahiense.
Que a pesar de la limitada capacidad de producción por la forma en que las creaciones son realizadas, los diseñadores independientes promueven la particularidad de los productos que confeccionan y su originalidad los hace atractivos para el público.
Que es necesario contar con un espacio que logre unificar la oferta y demanda de este tipo de productos y en el mercado de micro emprendedores de la ciudad ya que para estos es difícil acceder a las condiciones habituales para la comercialización por ser pequeña la escala de producción y en su mayoría, sin poder competir con empresas o locales instalados.
Que esta producción no resulta de competencia directa con los establecimientos comerciales de la ciudad, ya que en este tipo de proyectos, se busca la originalidad del diseño único, los insumos y mano de obra requeridos, por lo que no se comercializa a gran escala, y por lo tanto, los costos de los mismos son aún mayores.
Que en los últimos años se ha observado la proliferación de consumo hacia los productos de diseño, en su valoración por la creatividad que ofrecen y que sin embargo, las personas abocadas a esta actividad, presentan dificultades tales como la falta de capacitación en técnicas de presentación y exhibición, y fundamentalmente el desarrollo organizacional, el trabajo organizado y colectivo, y la organización asociativa con otros diseñadores que les permita convertir una expresión individual en un atractivo masivo, de co-gestión colectiva y cultural.
Que entre los objetivos generales de este proyecto se contempla la posibilidad de promover la innovación en diseño y cultura, y de otorgar valor agregado en el producto local, favoreciendo micro emprendimientos familiares y personales, grupos productivos solidarios, cooperativas de trabajo y una salida laboral para los jóvenes que egresan de las carreras de Diseño, y el consecuente desarrollo y crecimiento de los talleres productivos.
Que la misma representa la posibilidad de insertarse en el mercado a aquellos que no cuenten aún con capacidad financiera y cuya producción es personal, no masiva y cuenta con las características requeridas por la presente Ordenanza.
Que además, este Proyecto intenta definir un perfil claro y diferenciado para el mismo, construyendo una identidad compartida entre productores, consumidores y territorio en el que se inserta, creando una feria de diseño con identidad bahiense en un punto representativo y de fácil acceso para los consumidores de diseño.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Créase la Feria Municipal de Diseño de Bahía Blanca (D+BB), con el objeto de promover los fines sociales, culturales y productivos en el ámbito del Partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2°: El objeto de la Feria D+BB será el de promover un espacio de expresión de la cultura y el diseño independiente de artistas y micro emprendedores bahienses a través de la exposición de productos de diseño independiente y único bajo las características de elaboración que se determinan en la presente Ordenanza, siendo los objetivos específicos:
a) Promover la cultura, la innovación en diseño de indumentaria y objetos y la generación de valor agregado en el producto local, favoreciendo iniciativas personales y/o familiares, grupos solidarios, cooperativas de trabajo.
b) Promover la integración de la comunidad de diseñadores locales y el consecuente desarrollo profesional de los mismos, permitiendo el desarrollo de actividades de fuerte contenido artístico y cultural.
c) Permitir la comercialización de productos de diseño independiente elaborados en pequeña escala y al valor de mercado que corresponda.
ARTÍCULO 3°: Determínese un espacio físico para el funcionamiento de la Feria Municipal de Diseño que será dispuesto por la autoridad de aplicación de la presente, y dependencia a designar por el DE municipal.
ARTÍCULO 4°: Los feriantes deberán tener las siguientes características:
a) Tener domicilio en la ciudad de Bahía Blanca.
b) No realizar actividad comercial relacionada con las que son objeto de la presente ordenanza.
c) Encontrarse inscriptos en una categoría del régimen fiscal y contar con comprobantes/facturas reglamentarios para la venta.
ARTÍCULO 5°: Constitúyase a los fines de la presente Feria Municipal de Diseño una Comisión Directora conformada por: un funcionario a designar por el DE, un representante del Instituto Cultural de Bahía Blanca y el 10% del total de feriantes elegidos por mayoría entre la totalidad de micro emprendedores que participen de la feria, que actuarán como representantes de los mismos.
ARTÍCULO 6°: En el marco de la Feria D+BB, la designada Comisión Directora establecerá las pautas de funcionamiento interno y convivencia, siendo sus funciones específicas:
a) Dictar un Estatuto y reglamentación específica de funcionamiento de la feria.
b) Establecer las pautas de convivencia entre los feriantes
c) Promover las elecciones al final de cada año calendario
d) Determinar la admisión y control de los productos a exponer de forma que cumplan con la característica específica del diseño independiente y no resulten de productos de reventa, producción masiva o venta foránea.
e) Determinar la asignación de puestos a los feriantes.
f) Mediación de conflictos entre los feriantes
g) Balance anual de gestión y recursos.
ARTÍCULO 7°: La cantidad de puestos será determinada y los espacios para los puestos serán asignados por la Comisión Directora, garantizando un adecuado espacio de circulación y medidas de seguridad. La cantidad establecida deberá ser aprobada por la Autoridad de Aplicación y la asignación de un puesto de feria será facultad exclusiva de la Comisión teniendo en cuenta los criterios de:
1. Tiempo transcurrido a partir del momento de inscripción
2. La adecuación de las características de los productos al objeto de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 8°: La asignación de puestos será por el período de 2 (dos) años a partir del momento de la designación del titular, debiendo realizar la inscripción nuevamente al concluir la cesión.
ARTÍCULO 9º: La asignación de puestos será:
a) A título personal y cada persona no podrá ser titular de más de un puesto en la feria.
b) Los puestos deberán ser atendidos por sus titulares.
c) En caso de ausencia o enfermedad del titular serán reemplazados por la persona que designe a tal efecto.
d) En caso de Fallecimiento o cualquier otro tipo de incapacidad permanente el derecho de usufructuar el puesto otorgado pasará en los términos de la ley a sus herederos naturales, por el resto del plazo del permiso concesionario.
e) A cada puesto / titular les será otorgado un numero de identificación que deberán exhibir en un lugar visible del puesto.
ARTÍCULO 10º: Los titulares podrán renunciar a sus puestos cuando lo consideren conveniente sin mantener obligación entre las partes.
ARTÍCULO 11º: Queda prohibida la transmisión a titulo gratuito u oneroso de los puestos otorgados como también la cesión bajo cualquier titulo de puestos entre los feriantes o a terceros.
ARTÍCULO 12º: La presente Feria podrá funcionar los días sábados, Domingos y Feriados en los horarios a determinar por la Comisión Directora.
ARTÍCULO 13º: Dentro del marco de la Feria D+BB, se autoriza la comercialización de productos de diseño de autor, propio de los feriantes, quedando prohibida la reventa y venta de artículos que no se ajusten a las características dispuestas por esta ordenanza y sin intervención de diseño propia de los mismos, pudiendo utilizarse para la elaboración, materias primas industrializadas o no, y hacer uso de productos y herramientas industrializadas para la creación del nuevo objeto de diseño único y original.
ARTÍCULO 14º: Queda prohibida la presencia de puestos de venta de alimentos.
ARTÍCULO 15º: En el marco de la Feria Municipal queda prohibido el uso de bolsas de polietileno, y deberán utilizarse y entregarse bolsas y/o envases degradables o biodegradables.
ARTÍCULO 16°: Autorícese al DE a realizar las modificaciones presupuestarias a los fines del cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 17°: La construcción y mantenimiento de los puestos será a costo exclusivo de los feriantes debiendo acatar las pautas estéticas de los puestos definidas por el área que corresponda de la Municipalidad de Bahía Blanca y en concordancia con las características estéticas y arquitectónicas del espacio a emplazarse la feria.
ARTÍCULO 18º: Los costos derivados de la limpieza, mantenimiento del predio en el que se emplace la feria municipal quedará a cargo exclusivo de los feriantes, debiendo la Comisión Directora establecer la forma de organización de tal pago.
ARTÍCULO 19°: Autorícese al DE a realizar convenios con empresas o comercios que brinden auspicio para financiar el funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones de la Feria.
ARTÍCULO 20°: De forma.-