Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Estableciendo al día 12 de septiembre como “Día de la reivindicación de la Memoria y Justicia” en el Partido de Bahía Blanca con motivo de la histórica sentencia en el marco de los Juicios por delitos de lesa humanidad.
Expediente: HCD-1248/2012
Autor: Manuel Mendoza
Bloque: Frente Amplio Progresista
PROYECTO DE ORDENANZA: Estableciendo al día 12 de septiembre como “Día de la reivindicación de la Memoria y Justicia” en el Partido de Bahía Blanca con motivo de la histórica sentencia en el marco de los Juicios por delitos de lesa humanidad.
AUTOR: Manuel Mendoza
Bahía Blanca, 18 de septiembre de 2012.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que la ciudad de Bahía ha sido escenario de un hecho histórico en referencia a la reivindicación de la memoria y justicia en el marco de la sentencia en la causa por delitos de lesa humanidad.
Y CONSIDERANDO:
Que en medio de una histórica jornada, el día miércoles 12 de septiembre del corriente año, se dio lectura a la sentencia que condenó a cadena perpetua a 14 personas de los 17 imputados, mientras que se condenó a una pena de 18, 17 años y 6 meses a otros tres implicados por crímenes cometidos durante la última Dictadura cívico-militar desde el V Cuerpo de Ejército.
Que el proceso de juicio comenzó el 28 de junio de 2011 a raíz de la persistencia y labor de hombres y mujeres, como así también de los organismos en defensa de los Derechos Humanos de la ciudad y la región.
Que el 12 de septiembre se plasmó y se conjugó la loable tarea que realizaron los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca y del Fiscal subrogante, por lo que es necesario que el Partido de Bahía Blanca establezca este día como Día de la reivindicación de la memoria y la justicia, a partir de los fallos que hicieron justicia en la ciudad, respetando la demanda de justicia de parte de los familiares, compañeros, amigos de las víctimas y de la sociedad toda.
Que el Tribunal, integrado por los jueces subrogantes ordenó además, que se revoquen excarcelaciones y arrestos domiciliarios y que se envíe a los condenados a una cárcel común; por lo que las penas deberán ser cumplidas en cárceles del Servicio Penitenciario Federal o provinciales y los imputados deberán ser expulsados de sus fuerzas y el fallo de los juicios contiene importantes resoluciones respecto de la continuidad de la investigación y la posible comisión de delitos.
Que en el marco de la jornada de lectura de la sentencia se realizó un acto de reflexión y recuerdo a las víctimas mediante las alocuciones de familiares, militantes y referentes nacionales y locales de organismos de Derechos Humanos que acompañaron a los familiares y amigos a lo largo de todo el proceso de enjuiciamiento.
Que la sentencia en el marco de los juicios por delitos de lesa humanidad contra un centenar de víctimas en el centro clandestino "La Escuelita", dependiente del Vº Cuerpo del Ejército, con asiento en la ciudad de Bahía Blanca y jurisdicción en las provincias de Río Negro y Neuquén, ha sentado un precedente en la historia de nuestro país en la búsqueda de la verdad y la justicia.
Que la lectura de la sentencia fue leída a sala completa y con las instalaciones de Colón 80 de la Universidad Nacional completas, haciendo mención en la lectura el nombre de las víctimas y los delitos imputados, ante la emoción y recuerdo de los presentes.
Que resulta destacable el ejemplo de los magistrados que integraron el Tribunal Oral en la Criminal Federal, quienes tuvieron la responsabilidad de tomar los testimonio, y que a lo largo de todo el proceso de los juicios acompañaron con su presencia, testigos, familiares y querellantes, quienes por intermedio sus palabras, sus recuerdos, y anécdotas, aportan verdad, establecen memoria y reclaman justicia.
Que se destaca asimismo, el apoyo de sobrevivientes, ex-detenidos/desaparecidos, familiares de víctimas de la represión, testigos, compañeros, amigos, militantes por la memoria de distintas organizaciones de derechos humanos y ciudadanos que se comprometieron con el fin de la justicia, ya que todos ellos, posibilitaron armar a lo largo de estos 36 años, el camino hacia la justicia, posicionando pieza por pieza el rompecabezas de la historia reciente, y reconstruyendo la historia de los que padecieron los embates de la represión.
Que la memoria colectiva, la recuperación de la verdad, y el deseo de justicia, son fuentes de la lucha, de un proceso que constituye un fortalecimiento para la democracia, generando instancias reparadoras para las víctimas, haciendo justicia a pesar de los años transcurridos, asegurando que los delitos de Lesa Humanidad sean juzgados y condenados; y que de esta forma, se construyen las bases fundamentales de la seguridad jurídica que garantiza que este tipo de crímenes no se repitan NUNCA MAS.
Por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante de bahía Blanca sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Establézcase con carácter permanente en el Partido de Bahía Blanca el día 12 de septiembre de cada año como “Día de la Reivindicación de la memoria y Justicia”.
ARTÍCULO 2º: El DE, al través de la Dirección de Derechos Humanos Municipal, realizará tareas de difusión, sensibilización y reivindicación de la memoria y la justicia respecto a los hechos juzgados como crímenes de lesa humanidad.
ARTÍCULO 3º: Invítese a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires que a través de sus escuelas, adhiera formalmente a la presente iniciativa para fomentar en el ámbito de la educación el reconocimiento de los derechos humanos.
ARTÍCULO 4º: Invítese a los Organismos de Derechos Humanos, Universidades Nacionales y, entidades sociales y gremiales a adherir a la Presente Ordenanza a fin de promover la reivindicación de los derechos humanos.
ARTÍCULO 5º: Remítase copia de la Presente a los siguientes organismos de Derechos Humanos: APDH Bahía Blanca, Comisión de Apoyo a los Juicios Bahía Blanca, APDH Neuquén, APDH Río Negro, MOVEJUPA, HIJOS Bahía Blanca, Madres Bahía Blanca, Familiares víctimas del terrorismo de Estado (1973-1983), Ex detenidos–desaparecidos década del ´70, y a las instituciones: UNS, UTN, DGCyE.
ARTÍCULO 6º: De forma.