Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el Boleto para Adultos Mayores en el Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-1184/2013
Autor: Manuel Mendoza
Bloque: Frente Amplio Progresista
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el Boleto para Adultos Mayores en el Partido de Bahía Blanca.
AUTOR: Manuel Mendoza
Bahía Blanca, 12 de septiembre de 2013.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de establecer herramientas que permitan brindar beneficios a los adultos mayores que perciben el haber mínimo jubilatorio.
Y CONSIDERANDO:
Que este segmentote la población necesita del diseño de políticas que permitan la inclusión y fomenten el envejecimiento activo.
Que la propuesta sostenida desde este Proyecto se encuentra dirigida hacia un segmento específico de la población, que además resulta especialmente expuesta a distintas vulnerabilidades que pueden verse agravado por los bajos ingresos que este segmento percibe.
Que quienes perciben el ingreso mínimo de haber jubilatorio padecen serias dificultades para afrontar el gasto de vida, considerando que además este segmento es mayormente vulnerable en áreas como la salud y el gasto en el que deben incurrir en atención médica y medicamentos reduce el presupuesto del hogar en otras áreas.
Que esta propuesta de carácter económica, puede tener un impacto en otras dimensiones de la problemática social de los adultos mayores y representaría un avance en materia de políticas inclusivas y derechos de las personas de tercera edad, de acuerdo a su lugar social y en el marco de un proceso verdaderamente inclusivo.
Que desde el presente proyecto se propone que, luego de 6 meses de implementación de este sistema, se envíe al HCD una estimación acerca del impacto económico, que permita evaluar la posibilidad de incrementar el descuento propuesto en un 50% del valor del boleto.
Que para los adultos mayores transportarse es una necesidad, ya que cotidianamente deben trasladarse por distintas cuestiones y las distancias requieren el eso del transporte.
Que es deseable desde el Estado impulsar políticas de estimulo en este sentido y además una obligación abogar por el cumplimiento de los derechos de los adultos mayores.
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante de Bahía Blanca, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase el Boleto para Adultos Mayores en el marco del Sistema de Transporte Público del Partido de Bahía Blanca con el objeto de estimular el uso del transporte y brindar facilidades a este segmento de la población.
ARTÍCULO 2º: Serán beneficiarios de este Boleto aquellas personas Jubiladas y Pensionadas que acrediten con su identidad, la percepción del ingreso mínimo con su recibo de haber ante el Órgano de aplicación de la presente.
ARTÍCULO 3º: El Órgano de aplicación de la presente será la Bahía Transporte SAPEM, que será la encargada de establecer y coordinar los mecanismos necesarios para implementar la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º: Fíjase el valor del Boleto para Adultos Mayores en un sesenta por Ciento (60%) del valor de la tarifa correspondiente a cada sección, para jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo y que deban trasladarse utilizando el Sistema de Transporte Publico de pasajeros. Dicho boleto podrá ser utilizado sin límites de horarios, todos los días.
ARTÍCULO 5º: Los destinatarios de este beneficio deberán realizar el trámite para personalizar la Tarjeta Bahía Urbana del sistema, presentando la documentación requerida en el artículo 2º y disponer de su identificación personal al momento de utilizar el sistema, ya que su identificación podrá ser requerida por el chofer de la unidad.
ARTÍCULO 6º: La Tarjeta personalizada tendrá una vigencia de un (1) año, la cual podrá ser renovada en caso de vencimiento, extravío, hurto, deterioro u otra causa, informando previamente al Órgano de aplicación del hecho.
ARTÍCULO 7º: La obtención de la Tarjeta personalizada o renovación de la misma no tendrá costo para los beneficiarios de este Boleto, y será de entrega gratuita.
ARTÍCULO 8º: Una vez cumplidos los seis (6) meses de implementación de la presente, Bahía Transporte SAPEM deberá remitir a este cuerpo información acerca de la cantidad de personas que se registren bajo este sistema de Boleto y estimaciones acerca del impacto económico de la presente medida en el estudio de costos del sistema de transporte publico de la ciudad.
ARTÍCULO 9º: De forma.-