Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el Programa “Sendas seguras a la escuela” en el Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-727/2014
Autor: Manuel Mendoza
Bloque: Frente Amplio Progresista
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el Programa “Sendas seguras a la escuela” en el Partido de Bahía Blanca.
AUTOR: Manuel Mendoza
Bahía Blanca, 21 de mayo de 2014.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La problemática de inseguridad que existe para la ciudadanía de Bahía Blanca de la que no es ajena la población de niños, niñas y adolescentes en edad escolar y que es un reclamo constante en los barrios de la ciudad los peligros a los que se ven expuestos particularmente los escolares al ingresar o salir de la escuela.
Y CONSIDERANDO:
Que en abril del corriente año el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli reconoció la gravedad de la situación de inseguridad que afecta todo el territorio y decretó la emergencia en la materia por el periodo de 12 meses.
Que siempre es conveniente establecer acciones preventivas respecto a las problemáticas que afectan la sociedad en relación con la seguridad, y en lo que respecta los niños, niñas y adolescentes en edad escolar que deben trasladarse para concurrir a los establecimientos.
Que para esto es necesario establecer Sendas Seguras que tengan las condiciones necesarias para proporcionar mayores condiciones de seguridad en los caminos que conducen a los establecimientos educativos.
Que la situaciones inseguras incluyen además de los delitos como robos y otras situaciones de gravedad; distintas pero igualmente problemáticas como accidentes viales, riñas callejeras, insultos, desmanes, violencia, bullying etc.
Que el presente proyecto propone la construcción de sendas peatonales para que los alumnos, alumnas, acompañantes y docentes puedan circular por un camino seguro hacia los establecimientos educativos, que deberán estar iluminados con condiciones de contexto como pastizales controladas para que no se vuelvan de peligrosidad una herramienta contraproducente.
Que en numerosos establecimientos sucede que cuando un niño o niña con movilidad reducida o inconvenientes de salud debe trasladarse y/o ingresar a la escuela, se hace extremadamente dificultoso el acceso a los caminos, y la posibilidad de ingreso.
Que es necesario establecer un mapa que logre relacionar la ubicación de las escuelas del Partido de Bahía Blanca con los indicadores delictuales de los barrios y la vulnerabilidad social en los sectores a los que pertenece.
Que en función de ese estudio es necesario establecer las prioridades respecto a cuales serán los barrios que se intervendrán en primera instancia en función de sus necesidades, construyendo caminos seguros para los niños en dichos sectores de mayor vulnerabilidad en sus condiciones ambientales y de entorno inseguro.
Que las presentes sendas seguras, serán corredores para que las personas, pero sobre todo los alumnos de los establecimientos educativos, circulen libres de peligros de accidentes viales y de tránsito, y en mejores condiciones de seguridad, ya que es usual la existencia de hurtos o robos a la entrada, salida o camino a las escuelas.
Que por el costo del boleto de transporte o de otros medios de movilidad, por no contar con un medio de transporte propio, por cercanía o por otras razones, en muchos casos, las personas optan por la bicicleta o caminar a las escuelas, por lo que, conociendo que hay zonas específicamente vulnerables a los hechos de inseguridad, es necesario establecer medidas de prevención y acción para evitarlos en un futuro.
Que en reiteradas oportunidades tanto docentes como alumnos han denunciado haber sido víctimas de arrebatos.
Que los propios directivos, docentes y padres denuncian la inseguridad que viven sus alumnos e hijos y que durante el período de invierno los niños ingresan en horarios matutinos pero sin luz solar o los alumnos del turno tarde salen en horario de noche.
Que es necesario realizar un diagrama de las zonas prioritarias en función a las cuales comenzar a actuar a través de relevamientos en los establecimientos y barrios más vulnerables de la ciudad y por lo cuál exigen que el municipio y la policía disponga de "sendas seguras”.
Que desde el municipio, la presente es una política de compromiso con la educación a través de la acción en el territorio, el diseño y la intervención estratégica en el territorio.
Que, existen acciones sencillas y de bajo presupuesto cuya implementación comunitaria conllevaría a mejoras sustanciales desde el punto de vista de la seguridad y que las mismas significan un compromiso con la educación.
Que existen antecedentes en otros municipios de Argentina donde se ha presentado proyectos en este mismo sentido.
Que, por todo lo dicho, y por la falta de medidas y políticas de seguridad integrales, y la falta de infraestructura, iluminación en los caminos y calles etc., los niños, niñas y jóvenes quedan expuestos a una situación de indefensión al trasladarse a los establecimientos educativos diariamente. Por lo tanto, ya que no está prevista una pronta realización de las obras necesarias mencionadas en la mayoría de los barrios, es conveniente para estos casos establecer las medidas mínimas de prevención para la seguridad de los niños.
Por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante de bahía Blanca, sanciona en uso de sus facultades la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Créase el Programa “Sendas Seguras a la escuela” en el Partido de Bahía Blanca con el objeto de garantizar las condiciones de seguridad de los alumnos en los caminos que conducen a los establecimientos educativos del presente Partido.
ARTICULO 2º.- Créase la Comisión para el análisis de la construcción de Sendas Seguras a fin de que la misma establezca los criterios de implementación priorizando aquellas zonas donde se encuentren los establecimientos educativos emplazados en zonas conflictivas, de vulnerabilidad socio-económica o de altos índices del delito.
ARTÍCULO 3º.- La presente Comisión a que se refiere el Art. 2º estará integrada por los siguientes miembros con participación voluntaria y ad honorem:
1. Inspectoras Distritales de Educación de gestión pública y privada o personas a quienes ellas designen.
2. El Sr. Jefe de la Guardia Urbana Municipal (GUM) de Bahía Blanca o persona que designe a tal fin.
3. Representantes de la Jefatura Departamental de Policía de Bahía Blanca.
4. Los Concejales integrantes de la Comisión de Educación, Cultura Acción Social y los integrantes de la Comisión de Seguridad pública, ambas del Honorable Concejo deliberante.
5. Un representante del DE de Bahía Blanca designado por el Intendente.
6. Dos Consejeros Escolares elegidos por el Cuerpo para representarlos.
ARTICULO 4º.- La implementación del Programa estará a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca y será coordinado y controlado por la Comisión Especial creada al fin de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 5º.- Procédase a la construcción de recorridos, caminos peatonales y senderos en un radio no menor de 700 mts. de los Establecimientos Educativos donde se propicien situaciones seguras para los alumnos.
ARTÍCULO 6º.- Procédase a establecer los medios y a realizar las gestiones necesarias para contar con mayor presencia policial en los horarios de ingreso y egreso de los establecimientos educativos.
ARTÍCULO 7º.- Procédase a impulsar la colocación de cámaras de seguridad en el marco del SiPreVi en los caminos a construirse por la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 8º.- El DE deberá establecer la coordinación de las áreas involucradas y medidas de seguridad implementadas a fin de propiciar la seguridad e integridad física de los alumnos en los caminos mencionados garantizando la presencia de la Guardia Urbana Municipal, como cuerpo de prevención en los caminos antedichos.
ARTÍCULO 9º.- Procédase a la mejora de las condiciones de iluminación en las zonas de circulación del alumnado al ingreso y egreso de horario escolar, y a la iluminación de las sendas Seguras a construirse con el fin de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 10º.- De forma.-