Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Modificando el Articulo 12 del Anexo A, del Estatuto de la Sapem Ambiental Titulo III: Dirección y Administración, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 15.188 en su Artículo 2.
Expediente: HCD-1492/2011
Autor: Fabio Pierdominici
Bloque: Frente Renovador
Proyecto de Ordenanza: Modificando el Articulo 12 del Anexo A, del Estatuto de la Sapem Ambiental Titulo III: Dirección y Administración, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 15.188 en su Artículo 2.
Proyecto de Ordenanza
Modificando la Ordenanza 15.188 sobre el estatuto de la Sapem Ambiental
VISTO:
La necesidad de modificar el articulo 2 de la Ordenanza Municipal Nº 15.188 sobre el Estatuto, Anexo A, donde se plantea los integrantes del Directorio y Administración de la SAPEM Ambiental. Y;
CONSIDERANDO:
Que la SAPEM AMBIENTAL, es una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria y tiene la tarea de administrar el servicio vinculado con el manejo; el tratamiento y la comercialización de residuos.
Que el directorio de Bahía SAPEM Ambiental, tendría que ser integrado por representantes elegidos por el Poder Ejecutivo, Legislativo y otros de la ciudad, y son los encargados de plantear las estratégicas de organización e impulsar proyectos tendientes a cumplir con los objetivos de la sociedad.
Que en el Estatuto de la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (Sapem) aprobado por la ordenanza Municipal Nº 15. 188, en su articulo dice que “las atribuciones y deberes del Directorio a) Administrar los negocios, bienes e intereses de la sociedad con las mas amplias facultades de acuerdo con la ley y el presente estatuto, Podrá, en consecuencia, disponer vender comprar y permutar bienes raíces, muebles, y establecimientos de toda la índole; construir aceptar, transferir y extinguir prendas, cauciones, anticresis, hipotecas……” Y queda en-contra posición de los derechos, deberes y obligaciones de los integrantes de este Honorable Cuerpo.
Que este proyecto surge por la mala aplicación del estatuto, a sabiendas que en el articulo 12, plantea que los integrantes del directorio de la sociedad, …dos serán a propuesta del Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, pero en ningún caso dice que los integrantes de dicho directorio, tienen que ser concejales electos.
Que es necesario plantear nuevas estrategias; para que no perjudique a los concejales integrantes del Directorio de la Sapem ambiental, ya que en determinadas circunstancias podrían quedar en una posición incomoda o tomar decisiones que no les corresponden.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo Primero: Modificase el Articulo 12 del Anexo A del Estatuto de la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (Sapem) Titulo III: Dirección y Administración, aprobado por la ordenanza Municipal Nº 15.188 en su Articulo 2; Quedando redactada de la siguiente forma: Articulo Décimo Segundo: “La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por ocho miembros titulares e igual números de suplentes. Los accionistas tenedores de acciones clase “A” elegirán seis directores titulares y seis directores suplentes, tanto para el caso directores titulares como el de los suplentes, tres directores serán elegidos a propuesta del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bahía Blanca, dos serán a propuesta del Honorable Concejo Deliberante, no perteneciente al cuerpo, y uno a propuesta de la Agencia de Desarrollo de Bahía Blanca……………………………“
Articulo segundo: De Forma