Proyecto de Ordenanza
Crease el Centro de Capacitación para Emergencias y Catástrofes que estará bajo la orbita de la Dirección de Defensa Civil de la MBB.
Expediente: HCD-389/2013
Autor: Fabio Pierdominici
Bloque: Frente Renovador
Crease el Centro de Capacitación para Emergencias y Catástrofes que estará bajo la orbita de la Dirección de Defensa Civil de la MBB.
Bahía Blanca 9 de abril 2013
PROYECTO DE ORDENANZA
Centro de Capacitación para Emergencias y Catástrofes que estará bajo la orbita de la Dirección de Defensa Civil de la MBB
VISTO:
Atento la situación vivida en Capital Federal y la ciudad de la Plata, donde un sinnúmero de personas fallecieron a causas de una mala reacción de los equipos que tenían la tarea de coordinar y diseñar un plan estratégico de evacuación. Y;
CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad no puede estar ajena a la situación vivida, en Capital Federal y la Plata, por tal motivo es necesario crear cursos y planes de evacuación para que no pueda suceder un tipo de catástrofes como le sucedió a las ciudades anteriormente mencionadas.
Que en todo el mundo son los expertos quienes se ocupan de los desastres o desastres naturales, para lo cual se debe disponer de un servicio de capacitación de emergencias y catástrofes.
Que como resultado de lo que le sucedió a Capital Federal y la Plata; ha quedado claro que una amplia proporción de los problemas se origino de la dificultad de coordinar un plan estratégico de evacuación; estos aspectos a los niveles de toma de decisiones y operacionales
Que el Centro de Capacitación de Emergencias y Catástrofes, dentro de la Dirección de Defensa Civil, tendrá como función principal ser el pilar de la capacitación e instrucción del personal actuante, sin por esto desmerecer los conocimientos previos los cuales resultan invalorables dado que hasta el día de hoy, este personal ha realizado un sinnúmero de participaciones en diferentes incidentes de riesgo.
Que por lo tanto, mal podemos establecer reclamo alguno sobre lo actuado, pero en tiempos como el que vivimos debemos capitalizar toda esta amplia experiencia acumulada en diferentes sectores tanto del público como del privado y volcarla en el manejo de Situaciones de Emergencia.
Que definir para dicho personal un rol específico, como así también delinear una especialización en el área de Defensa Civil, con lo cual no solo jerarquizaremos a esa unidad de organización sino que lo haremos con quienes posibilitan a través de su esfuerzo y sacrificio personal el desarrollo de acciones donde la solidaridad y la sensibilidad son los bienes más preciados de dichos hombres y mujeres, que desempeñan tales funciones.
Que la dirección reunirá dentro del mismo el más alto nivel técnico, generar planes de capacitación e instrucción dentro de un esquema gradual modulado, con el incremento de complejidad en forma ascendente.
Por los motivos expuestos, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA:
Articulo Primero: Crease el Centro de Capacitación para Emergencias y Catástrofes que estará bajo la orbita de la Dirección de Defensa Civil de la MBB.
Articulo Segundo: El Centro de Capacitación para Emergencias y Catástrofes, tendrá como finalidad el análisis, diagramación, elaboración de procedimiento y protocolo de acción. Tanto en los aspectos teóricos como los prácticos, conforme a los criterios que a tal fin se emplean en los países y las ciudades más adelantadas en la materia.
Articulo tercero: La Municipalidad de Bahía Blanca realizar un convenio de colaboración con la Universidad Nacional Del Sur para realizar tareas afines a la prevención y/o asistencia en caso de emergencias y catástrofes en nuestra Ciudad.
-Será responsabilidad de los mismos, estudios e investigaciones que se basarán en la recopilación de información esencial del punto de vista científico y académico.
Artículo Cuarto: El Centro realizara cursos de Capacitación y Perfeccionamiento y simulacros anuales; Para:
-El personal de la Dirección de Defensa Civil,
-Para el personal Municipal, que no tenga participación directa con dicha área pero que aspire capacitarse en la misma
-Para el personal perteneciente a organismos gubernamentales relacionados en principio con las actividades a desarrollar, como así también con las organizaciones no gubernamentales que tengan relación directa con las actividades descriptas
Artículo Quinto: De Forma