Proyecto de Ordenanza
Creando el “Boleto Trabajador” mediante el cual se fija un descuento de un 40 % sobre la tarifa plana establecida para el transporte público de pasajeros.
Expediente: HCD-35/2014
Autor: Martín Salaberry
Bloque: Unidos por la Libertad y el Trabajo
PROYECTO DE ORDENANZA
Proyecto de Ordenanza: Creando el “Boleto Trabajador” mediante el cual se fijan descuentos de un 40 % sobre el monto de la tarifa plana establecida para el transporte público de pasajeros.
Expediente: 035 – HCD/2014
Claves: Micros – Boleto –Trabajador – Descuentos -.
FUNDAMENTOS:
Que, por las causales que fuera, en orden a la información suministrada en el Estudio de Costes del Transporte de Pasajeros se han transportado 26.681.320 pasajeros desde noviembre de 2012 a octubre 2013 inclusive, de las cuales tan sólo 1.183.170 han accedido a la categoría de pasajeros frecuentes.
Que dichos números objetivos son una muestra del escaso alcance de la política de pasajeros frecuentes.
Que esto es así ya que del universo total de pasajeros transportados durante el período aludido ut – supra, tan sólo un 4,5% de los usuarios han podido acceder a los descuentos, siendo este un por demás revelador.
Que más del 95 % de los pasajeros no han alcanzado la categoría de frecuentes, razón por la cual se ven alcanzados por la tarifa plana prevista para cada sección.
Que el Intendente Municipal ha elevado a este cuerpo un proyecto de ordenanza donde se aumentan las tarifas, fijándolas para la primera sección en $ 5,80, de la segunda en $ 6,50 y de la tercera en $ 6,92.
Que siendo que el aumento propiciado por el Departamento Ejecutivo alcanzaría al 95 % de los pasajeros del sistema, es decir, a casi la totalidad de los mismos, en imperioso contar con una tarifa de tipo social para los sectores trabajadores de menores ingresos.
Que un criterio de justicia distributiva debe imperar para amortiguar el impacto en los sectores más vulnerables de nuestra sociedad, en particular los trabajadores que a diario hacen un esfuerzo económico grande para llegar hasta sus lugares de trabajo y regresar a sus casas.
Que ello es así ya que el Salario Mínimo Vital y Móvil al 1 de febrero de 2014 es de $ 3.600 y no puede perderse de vista que muchos trabajadores realizan sus prestaciones por una contraprestación mínima.
Que de acuerdo al Informe de Cálculo del Producto Bruto de Bahía Blanca elaborado por el CREEBA, a noviembre de 2013 nuestra ciudad cuenta con 12.800 personas que trabajan en el servicio doméstico, 17.200 personas en el sector construcción y 25.356 personas en el comercio y 11.001 en el sector enseñanza.
Que no puede dejar de ponderarse que el servicio de transporte urbano de pasajeros es un servicio público que, como tal, cuenta con una tarifa que debe ser justa y razonable.
Que en ese orden resulta esencial que el Estado proteja a los sectores más vulnerables de la sociedad, merituando los impactos sociales que puede tener una tarifa excesivamente onerosa.
Que los salarios de esos sectores son bajos, volcándose la totalidad de los mismos en la actualidad a alimentos y vivienda, máxime considerando el incesante aumento del costo de vida en esos rubros.
Que un ejemplo de ello es el Personal Doméstico que realiza tareas generales, tales como prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar, que a partir del 1 de septiembre de 2013 percibe un salario mínimo de $ 3.220 o $ 25 por hora, aplicándosele al mismo el Salario Mínimo Vital y Móvil por ser superior ($ 3.600).
Que en estos casos la incidencia del costo del boleto es de suma relevancia en el ingreso del trabajador, pudiendo llegar a ser de más de un 15 % en el mes.
Que este proyecto atiende justamente a esta necesidad de tutela de quienes más utilizan el transporte de pasajeros y que, de no contar con una tarifa justa, podrían mutar a otros mecanismos para su traslado – como la motocicleta – más económicos que compiten hoy día con el sistema.
Que el reconocimiento del “Boleto Trabajador” sería un logro histórico en la ampliación de derechos de los trabajadores y un beneficio directo al bolsillo de estos.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante resuelve en carácter de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Implementase el Sistema de “Boleto Trabajador” una vez realizada las adecuaciones técnicas y administrativas correspondientes, las que no podrán exceder el 28 de febrero de 2014. Cada trabajador del Partido de Bahía Blanca que utilice mensualmente el Sistema de Transporte Público de Pasajeros, y permitiendo un subsidio parcial de la tarifa para dicho abono, podrá acceder a un descuento de acuerdo a los presentes criterios:
1. Quienes acrediten ser trabajadores registrados, perciban una remuneración mensual, excluida asignaciones familiares, que no exceda a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil fijado semestralmente para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa conforme al art. 116 de la L.C.T, y durante el mes calendario anterior hayan utilizado al menos 2 pasajes diarios durante un mínimo de 12 días al mes, obtienen una acreditación equivalente a un 40 % del valor de la tarifa plana fijada para cada una de las secciones.
2. Para acreditar la condición de trabajador registrado el usuario del servicio de transporte público de pasajeros deberá presentar el último recibo de sueldo y Constancia Laboral extendida por el Empleador donde se especifique lugar y hora de trabajo. Cada 6 meses deberá renovarse.
3. Comuníquese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.