Proyecto de Minuta
Solicitar al Departamento Ejecutivo estudie la factibilidad de implementar un sistema de pago electrónico de servicio de Taxis mediante tarjetas – sea Bahía Urbana o similar- a los fines de permitir identificar la cantidad de viajes de cada pasajero y así
Expediente: HCD-1384/2014
Autor: Martín Salaberry
Bloque: Unidos por la Libertad y el Trabajo
Tema: Solicitar al Departamento Ejecutivo estudie la factibilidad de implementar un sistema de pago electrónico del servicio de Taxis mediante tarjetas – sea Bahía Urbana o similares – a los fines de permitir identificar la cantidad de viajes de cada pasajero y así proceder a definir al “pasajero frecuente” en función de dicha información.
EXP: HCD-1384-2014
Autor: Martín Salaberry
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Que el HCD vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria que corresponda, estudie la factibilidad de implementar un sistema de pago electrónico del servicio de Taxis mediante tarjetas – sea Bahía Urbana o similares – a los fines de permitir identificar la cantidad de viajes de cada pasajero, proceder a definir al “pasajero frecuente” y brindar un precio diferencial al usuario en función de dicha información.
Fundamentos:
Que recientemente se ha modificado a ordenanza 15.431 mediante la cual se crea la figura del pasajero frecuente para el “Servicio de Taxis”.
Que a los fines de poder implementar un subsidio a la demanda de pasajeros que habitualmente utilizan dicho medio de transorte resulta esencial contar con información fidedigna respecto de los viajes que cada uno de ellos efectúa.
Que a esos fines sería necesario implementar el mecanismo de pago electrónico mediante tarjeta ya que el mismo permite al Estado municipal poder conocer la cantidad de viajes que efectúa una persona.
Que dicho conocimiento es previo y condición de cualquier definición conceptual por parte del estado municipal de lo que debe entederse por “pasajero frecuente”.
Que siendo un servicio público es el Estado quien debe fijar la tarifa, luego de lo cual el precio podrá ser diferente para el usuario de acuerdo a los criterios y sectores de la demanda que el Estado define se deben beneficiar,
Que además de contar con esa información debe pensarse en un mecanismo de financiamiento al sistema para poder efectuar los descuentos previstos en el art. 20 Bis de la Ordenanza 15.431.