Proyecto de Minuta
Solicitando al Intendente Municipal instruya a su Secretaría Letrada a los efectos de que las sumas por daños y perjuicios ocasionados a bienes y personas, que tengan por causa los pozos o “baches” en la red vial municipal, reconocidas y abonadas de mane
Expediente: HCD-346/2017
Autor: Martín Salaberry
Bloque: Unidos por la Libertad y el Trabajo
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El H. Concejo Deliberante vería con agrado, el Intendente Municipal instruya a su Secretaría Letrada, a los efectos que las sumas por daños y perjuicios ocasionados a bienes y personas, que tengan por causa los pozos o “baches” en la red vial municipal, reconocidas y abonadas de manera voluntaria o por sentencia firme de la justicia, por el Estado Municipal, sean reclamadas al funcionario a cargo de la Secretaría cuya responsabilidad funcional es el mantenimiento de las calles.
FUNDAMENTOS
Que en enero del año 2016 el Departamento Ejecutivo instrumentó un Plan de Bacheo mediante contratación de cinco empresas a los fines de poder tapar, según palabras del Intendente, “unos 75.000 baches”.
Que a poco de andar el plan impulsado por la Secretaría de Infraestructura existieron numerosos inconvenientes por la deficiencia del mantenimiento de las calles, ya que los “baches” que se tapaban a los días aparecían nuevamente en el mismo estado anterior.
Que aquella situación devino en la citación del secretario del área, quien manifestó se iba a poner en funcionamiento la planta de asfalto municipal y Con ello se podría realizar un perfecto mantenimiento de la red vial pavimentada.
Que pese a ello, y habiendo pasado más de un año, la red vial siguen con escasa conservación, pudiendo observarse pozos en innumerable cantidad de arterias de los diferentes barrios de la ciudad.
Que, a causa de esa ausencia de mantenimiento, sistemáticamente llegan a este Cuerpo expedientes donde vecinos reclaman por el reconocimiento de los daños materiales que padecen en sus vehículos a causa de los pozos existentes.
Que esta semana hemos tomado conocimiento que un hecho que no puede pasar desapercibido por las consecuencias en la vida de un ser humana.
Que, concretamente, una persona pisó un pozo en calle San Martín y Lavalle y a causa de ello se produjo una triple fractura de tibia y peroné.
Que hasta ahora los pozos causaban daños materiales en los bienes – generalmente en automotores – que en innumerables ocasiones llegan a este cuerpo a los fines de la reparación de los mismos.
Que ahora estamos ante una situación de daño a un ser humano con motivo o en ocasión del mal estado en que se encuentra la vía pública.
Nótese que el siniestro se produjo en pleno centro de la ciudad, a escasos metros de las oficinas del propio Secretario que debe realizar el mantenimiento de las calles.
Que es evidente que el Estado municipal debe responder por daños ocasionados, pero es también justo que la negligencia del funcionarios políticos a cargo del mantenimiento de la red vial no sea abonada por todos los contribuyentes.
Que, de otra forma, estaríamos convirtiendo a los contribuyentes de Bahía Blanca en una especie de compañía de seguros que cubre la negligencia e impericia del funcionarios políticos de turno a cuyo cargo se encuentra el mantenimiento de al red vial.
Que la propia Ley Orgánica de las Municipalidades establece la responsabilidad del funcionario municipal y el deber de resarcir al Estado municipal – en definitiva a toda la ciudadanía -– los daños y perjuicios emergentes de los actos que infringen sus funciones.
Que por este motivo resulta fundamental que el Intendente Municipal instruya a su Secretaría Letrada, a los efectos que las sumas por daños y perjuicios ocasionados a bienes y personas, que tengan por causa los pozos o “baches” en la red vial municipal, reconocidas y abonadas de manera voluntaria o por sentencia firme de la justicia, por el Estado Municipal, sean reclamadas al funcionario a cargo de la Secretaría cuya responsabilidad funcional es el mantenimiento de las calles.