Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza estableciendo descuentos de la Tasa de ABLyC a titulares de un único inmuebles baldíos cuyo fin sea la construcción de una vivienda; y para quienes tengan un único inmueble edificado de residencia permanente y sean propietarios de un
Expediente: HCD-73/2017
Autor: Martín Salaberry
Bloque: Unidos por la Libertad y el Trabajo
VISTO,
La necesidad de ampliar los descuentos de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Conservación para los los propietarios de terrenos baldíos y;
CONSIDERANDO
Que se contemplan dos situaciones particulares a las que se brindan descuentos: por el lado el propietario de terreno único cuyo fin es la construcción; y por el otro, el propietario de un edificado de ocupación permanente que es propietario de un único inmueble baldío.
Que se prevén descuentos del 80 % del total liquidado para el primer grupo, y de un 50 % para quienes encuadren en el segundo.
Que por todo lo expuesto, este H. Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Agrégase a la Ordenanza 18.815 el siguiente artículo:
ARTICULO 6 BIS: Para los casos comprendidos en lo dispuesto por el Artículo 80 Bis de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80 %.
ARTÍCULO 2: Agrégase a la Ordenanza 18.815 el siguiente artículo:
Artículo 6 TER: Para los casos comprendidos en lo dispuesto por el Artículo 80 Ter de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 50 %.

