Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución solicitando al Municipio disponga un espacio en las boletas de las tasas municipales la publicación de la leyenda:”DONAR ÓRGANOS SALVA VIDAS”.-
Expediente: HCD-771/2016
Autor: Matías Italiano
Bloque: Compromiso Bahía
Proyecto de resolución solicitando al Municipio disponga un espacio en las boletas de las tasas municipales la publicación de la leyenda:"DONAR ÓRGANOS SALVA VIDAS”.-
Autor: MATIAS ITALIANO.-
Bahía Blanca, 11 de Agosto de 2016.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Que la DONACION de ORGANOS permite salvar y mejorar la calidad de vida de pacientes con insuficiencia de algún órgano, cuya esperanza de vida esta limitada a un trasplante.-
Y CONSIDERANDO:
Que la donación de órganos, es el tratamiento que el médico indica cuando se ha agotado toda otra posibilidad de curar.-
Que se trata del reemplazo de un órgano vital o tejido enfermo, sin posibilidad de recuperación, por otro sano, esto sólo es posible gracias a la voluntad de aquellos que solidariamente dan su consentimiento para la donación.-
Que actualmente en nuestro país, se realizan trasplantes de riñones, corazón, hígado, pulmón, páncreas e intestino.-
Que la donación de órganos y tejidos para trasplantes es un derecho humano inviolable, necesario y fraterno. El derecho a donar, es el derecho a decidir con libertad y el derecho a expresar solidaridad, reconociendo a la donación de órganos como un acto personalísimo, de libre elección, de toma de decisiones y de generosidad, que cada persona asume para sí misma y lo comparte con su familia.-
Que la donación de órganos no es ni puede llegar a ser un acto impuesto, obligado, exigido o manipulado por otros. Es decir, donar órganos es y debe ser un acto de consentimiento y adhesión libre y voluntario, sustentado sobre el artículo 1º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el cual expresa: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.-
Que debemos tomar conciencia de que cada donante puede salvar vidas y mejorar la calidad de muchas mas. Y así como hoy somos futuros donantes, no debemos olvidar que también podemos ser posibles receptores.-
Que cada día son mas los casos de fallecimiento de personas a las que nunca les llego el órgano que necesitaban para realizar el trasplante necesario para salvar sus vidas. En nuestra ciudad lamentablemente en el ultimo tiempo contamos con varios antecedentes.-
Que el acto de DONAR ORGANOS tiene que ser altruista. La donación tiene que procurar el bien ajeno, incluso, en detrimento del bien propio. Con esta finalidad terapéutica procurará favorecer la salud o las condiciones de vida de la persona que recibe el trasplante de un órgano.-
Que la donación tiene que ser gratuita. No se permite que el donante, o cualquier otra persona física o jurídica, reciba ningún tipo de gratificación, ni se puede exigir a la persona receptora que pague un precio por el órgano trasplantado.-
Que la donación no puede perseguir el lucro. No se puede producir un enriquecimiento a cargo de la extracción y posterior trasplante de uno o varios órganos humanos.-
Que se tiene que garantizar el anonimato. Tienen que mantenerse de manera completamente confidencial los datos de identificación del donante y de la persona receptora (anonimato), en el supuesto de que el donante sea un cadáver.-
Que con esta iniciativa se busca seguir avanzando en la conciencia de la importancia de la donación de órganos; sumado a las campañas locales que se podrían profundizar desde el municipio.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTICULO 1: Solicitar al Municipio de Bahía Blanca que consigne en las boletas de las tasas municipales la leyenda “DONAR ÓRGANOS SALVA VIDAS”, como así también el numero de teléfono y dirección del INCUCAI.-
ARTICULO 2: Invitar a las empresas prestatarias de los servicio públicos: Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A. (EDES), Camuzzi Gas Pampeana S.A., Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA), Telefónica Argentina S.A.; a las firmas de televisión por cable: Bahía Visión Color (BVC) y Cablevisión S.A.; a las empresas de telefonía celular: Movistar, Personal y Claro; y a la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), a que consignen en sus boletas la leyenda “DONAR ÓRGANOS SALVA VIDAS”, como así también el numero de teléfono y dirección del INCUCAI.-
ARTICULO 3: Solicitar al Municipio de Bahía Blanca, que a través de la secretaria que corresponda, profundice las campañas de donación de órganos en el Partido de Bahía Blanca.-