Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Estableciendo un límite al ancho de calle que se le pone al cobro al frentista en una obra de pavimentación.-
Expediente: HCD-151/2017
Autor: Julián Lemos
Bloque: Compromiso Bahía
Proyecto de Ordenanza: Estableciendo un límite al ancho de calle que se le pone al cobro al frentista en una obra de pavimentación.-
Bahía Blanca 20 de febrero de 2017.-
AUTOR: Julian Lemos.-
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que independientemente del ancho de la calle, el frentista abona el costo de la totalidad del trabajo.-
Y CONSIDERANDO:
Que en la mayoría de las arterias de la ciudad de Bahía Blanca, el ancho de calle es de 9 metros.-
Que en el caso de calles estructurantes; primaria o avenidas el ancho muchas veces es superior a los 9 metros.-
Que en la actualidad los vecinos que viven en calles de más de 9 metros de ancho deben abonar ellos el total del trabajo.-
Que un frente de 10 metros en una calle de 9 metros de ancho, como por ejemplo Guardia Vieja entre Alberdi y Castelar, debe abonar aproximadamente el costo de unos 45 metros cuadrados; que de acuerdo a las ultimas licitaciones (6 el m2), da un monto de 620,-
Que un frente de 10 metros en una calle de 11 metros de ancho, como por ejemplo, Baigorria entre Cacique Venancio y Misioneros o calle Ecuador, ambas pavimentadas con las etapas licitadas durante el 2016 deben abonar por unos 55 metros cuadrados, a 6 el m2, da un total de 980.-
Que se entiende que el mayor ancho de la calle tiene que ver con una necesidad de movilidad que tiene beneficios comunes mas alla de los beneficios que obtiene el frentista.
Que entonces no sería justo que el frentista tenga que abonar todo el costo de la obra, sobre todo en casos de calles que son avenidas o tienen un ancho mayor.
Que incluso de esta manera se restan incentivos a que los vecinos promuevan o quieran que se realice la pavimentación de su calle.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
ORDENA
ARTICULO 1ª: Agregar un inciso 5 a la Ordenanza 2082, Articulo 67 de Obras Publicas: “se podrán poner al cobro del frentista hasta un ancho de 9 metros de la calle”.-
ARTICULO 2ª: De forma.-