Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución solicitando a la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires audite a la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A..-
Expediente: HCD-175/2017
Autor: Matías Italiano
Bloque: Compromiso Bahía
Proyecto de resolución solicitando a la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires audite a la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A..-
Bahía Blanca, 06 de Marzo de 2017.-
AUTOR: Matias Italiano.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
Durante este periodo estival, los vecinos de Bahía Blanca volvimos a padecer cortes reiterados y prolongados en el servicio que presta la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A..-
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 6 de la Ley Provincial Nº 11.769 dispone que "Será Organismo de Control en materia de energía eléctrica el ente que se crea por la presente Ley en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y que se denominará conforme la reglamentación y que tendrá la organización y atribuciones indicadas en el Capítulo XIII de esta Ley".-
Que actualmente dicho organismo funciona bajo la órbita de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.-
Que si bien las actividades eléctricas comprenden a la generación, transporte y distribución, el Organismo de Contralor de la Energía Eléctrica de Buenos Aires (OCEBA) cumple un rol destacado en esta última; las funciones que la ley acuerda a dicho organismo se rigen por el principio de la especialidad de la competencia, atribuyéndosele actividades de control y fiscalización, normativas y jurisdiccionales en materia eléctrica. Entre las primeras (control y fiscalización) se encuentran las de hacer cumplir la ley, el reglamento y los contratos de concesión, controlando la calidad técnica y comercial, fiscalizando la seguridad, el medio ambiente, exigiendo el cumplimiento de los cuadros tarifarios y aplicando las sanciones pertinentes cuando ello corresponda.-
Que ademas Entre de carácter normativo se encuentran las de reglamentar los procedimientos de audiencias públicas, de aplicación de sanciones, de controversias y todas aquellas necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los fines legales. Por último, en su rol de tercero imparcial, dicta actos administrativos de alcance jurisidiccional, con control judicial suficiente, interviniendo en forma previa y obligatoria en toda controversia entre agentes de la actividad eléctrica provincial, como así también en los casos de usuarios residenciales que opten por la vía del Ente.-
Que el rol estatal en materia de servicio públicos es de gran importancia, teniendo en cuenta que el acceso al servicio está considerado como un bien humano básico, directamente relacionado con el desarrollo de los fines existenciales de la persona humana, y respecto del cual la tutela y promoción de la vida, salud, educación y acceso a la cultura se potencian.-
Que actualmente la ciudad está afrontando una crisis en materia del mencionado servicio público; y esto se debe en cierta forma a la pasividad y complacencia de aquellos que deben fiscalizar y controlar. Los usuarios bahienses del servicio de energía eléctrica, padecen de la prestación de un servicio que resulta ser totalmente irregular, no uniforme, y que dista mucho de los parámetros de calidad; conforme lo exige la normativa vigente.-
Que no debemos perder de vista, que es de la esencia de todo servicio público, ya sea que se preste directamente por el Estado o por medio de empresas particulares, la obligatoriedad de su correcta prestación. El usuario tiene un derecho subjetivo a recibir un buen servicio por el cual paga (alto índice de cobrabilidad de los vecinos bahienses), y a exigir que así se haga. En todo régimen de prestación de servicios públicos por medio de concesionarios, las tarifas son fijadas, aprobadas o verificadas por el poder público, conforme a lo que disponen la ley o el contrato, atribución que tiene en mira consideraciones de interés público, tales como asegurar la prestación del servicio en condiciones regulares y la protección del usuario, situación no acaecida en nuestra ciudad.-
Que nos encontramos ante una notoria la falta de prestación del servicio por parte EDES S.A., varios barrios de la ciudad padecen problemas con la baja tensión del suministro, lo que implica la imposibilidad de utilizar artefactos eléctricos de primera necesidad; sumado a los cortes diarios y prolongados, excusados por las altas o bajas temperaturas, fuertes lluvias o vientos.-
Que con esta iniciativa se busca requerir a la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires que realice una auditoria a EDES, sobre el estado económico financiero y obras realizadas en el Partido de Bahía Blanca.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar a la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires audite en carácter de urgente el estado económico financiero de la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.. Ademas, se auditen las obras realizadas en el Partido de Bahía Blanca, su estado de ejecución y finalización.-
ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente a la Comisión de Defensa al Consumidor de la Cámara de Senadores y Diputados de la Nación, a la Comisión de Defensa al Consumidor de la Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires, al Intendente de la Municipalidad de Bahía Blanca, y a la Oficina Municipal de información al Consumidor (OMIC).-