Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza, Quienes adopten una mascota a partir del sitio web Municipal dedicado a tal fin gozaran de una reducción en la tasa Alumbrado, Limpieza y Conservación de la vía pública de un 50% durante un año.-
Expediente: HCD-359/2017
Autor: Julián Lemos
Bloque: Compromiso Bahía
- Proyecto de Ordenanza, Quienes adopten una mascota a partir del sitio web Municipal dedicado a tal fin gozaran de una reducción en la tasa Alumbrado, Limpieza y Conservación de la vía pública de un 50% durante un año.-
- Autor: JULIAN LEMOS.-
Bahía Blanca, 27 de Abril de 2017.-
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
Que el Municipio de Bahía Blanca tiene implementado un programa de adopción de mascotas.-
Y Considerando:
- Que es importante profundizar acciones tendientes a un manejo humanitario de las animales de compañía en general y a regulación de la población canica en la vía pública en particular.-
- Que en el año 2013 el concejal Julián Lemos presentó un proyecto de ordenanza “Creando el registro único de mascotas extraviadas y en adopción”.-
- Que en septiembre del año 2016 la Municipalidad de Bahía Blanca presentó “Adoptame” una campaña municipal de Adopción de Animales en Situación de Calle
Que entonces el secretario de Salud, Claudio Pastori, junto con el director de Zoonosis, Pablo Vidal y la proteccionista Andrea Villar, brindaron detalles de la campaña municipal.
Que la iniciativa se sumó a la campaña permanente de esterilizaciones masivas y gratuitas que realiza la dirección de Veterinaria y Zoonosis a través de sus tres quirófanos móviles, y a la promoción de educación sobre adopción responsable, realizada a través de charlas en escuelas y la entrega de folletería informativa en distintos eventos socioculturales.-
Que entonces Pablo Vidal explicó que “inicialmente comenzamos con los perros que suelen estar en la plaza Rivadavia”…y que “los espacios públicos son la primera iniciativa, luego se irá evaluando según los barrios”.-
Que Haciendo click en el banner “AdoptAME” ubicado en la parte inferior de la pagina web municipal (link directo: http://www.bahiablanca.gob.ar/equipos-de-trabajo/salud/veterinaria-y-zoonosis/adoptar-es-amar/), se encuentran disponibles las fotos acompañadas de breves descripciones de los perros.
Que los interesados en adoptar pueden completar el formulario ubicado allí, indicando aquellos animales de su interés, para luego ser contactado por personal capacitado que evaluará la conveniencia, posibilidad y eventual forma de adaptación de los mismos a su nuevo potencial hogar.-
Que según consta en la página web mencionada este sitio se creó con el fin de conocer aquellos animales que se encuentren en situación de calle, a partir de fotos y breves descripciones sobre los mismos.-
Que en ese este portal se puede completar un formulario para luego ser contactado por personal capacitado que evaluará la conveniencia, posibilidad y eventual forma de adaptación de los mismos a su nuevo potencial hogar.-
Que según se infiere en la página web, desde septiembre del 2016 existieron 22 perros en adopción, habiendo logrado que solo 4 de ellos fueran adoptados y 1 se reencuentre con sus dueños.-
Que sería de utilidad generar un sistema de incentivos para que una mayor cantidad de mascotas sean adoptadas y encuentren un hogar.-
Que distintas ciudades de Argentina y el Mundo otorgan beneficios fiscales o materiales a quienes adopten mascotas.
Que se propone entonces que con el objetivo de reforzar el programa “Adoptame” se le otorgue un descuento en la tasa de alumbrado limpieza y conservación de la vía pública de un 50% durante un año a quien realice una adopción.
Que a efectos prácticos la reglamentación deberá establecer un sistema de seguimiento de la contención al animal por parte de la División de Zoonosis del Municipio, con el fin de corroborar el cumplimiento de los deberes que implica la tenencia responsable de mascotas.-
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo N°1: Quienes adopten una mascota a partir del sitio web Municipal dedicado a tal fin gozaran de una reducción en la tasa Alumbrado, Limpieza y Conservación de la vía pública de un 50% durante un año a contar desde la fecha de adopción.-
Artículo N°2: Para hacer uso del beneficio el contribuyente adoptante deberá realizar los controles periódicos obligatorios que disponga la reglamentación.
Artículo N° 3: El beneficio fiscal se le aplicará sobre la partida “Edificado Familia” que declare el contribuyente adoptante.-
Artículo N°4: El departamento ejecutivo podrá hacer convenios con casas de insumos para mascotas a efectos de poder otorgar otros beneficios a los adoptantes como alimentos, atención médica y otros insumos básicos.-
Artículo N°5: De Forma.-