Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Resolución manifestando la preocupación por la situación planteada con relación a los Equipos de Orientación Escolar por la Res. 1736/18 de la DGCyE-GDEBA
Expediente: HCD-487/2018
Autor: Carlos Quiroga
Bloque: Unidad Ciudadana – PJ
VISTO
La Resolución1736-2018 GDEBA-DGCYE con fecha 19 de Junio de 2018, firmada por el Director General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Gabriel Sánchez Zinny y el Subsecretario de Educación Sergio Siciliano y su Anexo Único (IF-2018-09404879-GDEBA-DPCYPSDGCYE)
Y CONSIDERANDO
Que la Ley 13.688 de Educación de la Provincia de Buenos Aires en su Capítulo XII denominado PSICOLOGIA COMUNITARIA Y PEDAGOGIA SOCIAL en el Articulo N° 43 establece: “Psicología Comunitaria y Pedagogía Social es la modalidad con un abordaje especializado de operaciones comunitarias dentro del espacio escolar, fortalecedoras de los vínculos que humanizan la enseñanza y el aprendizaje; promueven y protegen el desarrollo de lo educativo como capacidad estructurante del sujeto y de la comunidad educativa en su conjunto, respetando la identidad de ambas dimensiones desde el principio de igualdad de oportunidades que articulen con la Educación común y que la complementen, enriqueciéndola.” Y en sus objetivos y funciones, en el inciso G precisa: “Conformar equipos de Orientación Escolar en todos los establecimientos educativos a los efectos de intervenir en la atención de las problemáticas sociales, institucionales y pedagógico – didácticas que involucren alumnos y grupos de alumnos de todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo Provincial.”
Que la Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social de la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) de la Provincia de Buenos Aires es única por sus características en la República Argentina.
Que cuenta con distintas estructuras territoriales que atraviesan en forma transversal desde sus intervenciones los niveles obligatorios y las otras modalidades del Sistema Educativo siendo ellas: Inspectores/as de Enseñanza, Equipos de Orientación Escolar (de planta y de distrito), Equipos Interdisciplinarios Distritales, Equipos de Inclusión e instituciones propias (los Centros Educativos Complementarios).
Que la Resolución 1736/18 modifica el rol de los Equipos de Orientación Escolar (EOE) que pertenecen a la Planta Orgánico Funcional de las Instituciones Educativas en Equipos Interdisciplinarios de Distrito sin tener en cuenta el impacto que esa variación produciría en tanto interrumpe procesos institucionales continuos de abordaje pedagógico y socio comunitario.
Que con la Resolución 1736/18, las escuelas verían afectadas la posibilidad de contar con Equipos de Orientación de planta orgánica funcional en cada establecimiento, como lo son hasta ahora, las convivencias con los Equipos Interdisciplinarios de Distrito que cada año se reubican de acuerdo a lo evaluado por la Unidad Ejecutora de Gestión Distrital, estipulándose no más de dos instituciones para cada equipo.
Que en el nuevo marco normativo emitido por la DGCyE, los EOE verían modificadas sus pertenencias institucionales, facultándose asimismo al órgano competente a modificar su ámbito laboral al inicio de cada ciclo lectivo,) lo que implica la perdida de la regularidad de las intervenciones profesionales, la deconstrucción de los vínculos afectivos, la pérdida del aporte a la elaboración de proyectos institucionales democráticos e inclusivos que sostienen la continuidad pedagógica, como así también los procesos de aprendizajes de los alumnos y las alumnas e interactúan con el trabajo docente en las aulas.
Que dicha Resolución es acompañada por un Anexo Único (IF-2018-09404879-GDEBA-DPCYPSDGCYE) que en sus pautas generales dispone: “En el marco establecido por la presente Resolución y conforme lo establecido en el Decreto N° 2299/11 que aprueba el Reglamento General de Escuelas Públicas de la Provincia de Buenos Aires y en su artículo 82, ítem 10-‘De los Equipos de Orientación Escolar: Orientador Social y/o Educacional en otros Niveles y Modalidades’, los mismos podrán cumplir sus funciones con uno o más miembros. Para la asignación de los E.O.D., la Equipos de Orientación Escolar, tendrá en cuenta el diagnóstico situacional que realicen los Inspectores de la modalidad, de nivel, los Jefes Distritales y Regionales…”
Que este Anexo define que los Equipos de Orientación Escolar Distritales como equipos que prestan servicios con una dinámica particular que se distribuye distritalmente por ciclo escolar , en función de las necesidades de cobertura detectadas ( es decir, a requerimiento de las instituciones educativas)
Que a través de esta normativa, la DGCyE deja de lado a los ámbitos de participación e incidencia de los docentes tales como las Paritarias, la Mesa de Cogestión y la Mesa de Gestión Psicoeducativa para producir criterios y recursos de abordaje comunitarios integrados.
Que el Reglamento General de Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires, elaborado en el 2011, reivindicó a la democracia como forma de vida institucional, y derogó el viejo Reglamento que databa del Gobierno de facto del general Juan Carlos Onganía.
Que el nuevo Reglamento reunió las miradas, aportes y consensos logrados en base a debates con toda la comunidad educativa bonaerense, en el que participan representantes de partidos políticos y organizaciones gremiales y es allí donde se plantea la incumbencia y particularidad de todos los cargos docentes, y se sientan las bases de derechos y obligaciones al respecto y junto con el Estatuto Docente, se constituye en columna vertebral del sistema educativo provincial.
Que la transformación planteada por la Resolución hacia los Equipos de Orientación Escolar no sólo involucra a las escuelas y a la comunidad educativa, sino también a los trabajadores y las trabajadoras de dichos equipos que ven afectadas su continuidad laboral, quienes manifestaron su preocupación ante un eventual avance sobre su situación económica particular, así como la permanencia del desarrollo de sus actividades profesionales en el marco educativo.
Que, en este sentido, una de las principales incertidumbres que manifiesta la Resolución se da ante la situación que un EOE de planta orgánica funcional que interviene en una institución educativa, como Equipo de Distrito podría intervenir en todas las escuelas del distrito, con el agravante que generaría que un EOE puede ser de un solo profesional (tal como se plantea en el Anexo Único que acompaña la Resolución), con lo cual perdería su carácter interdisciplinario y habilitaría a la DGCyE a cubrir todas las escuelas con “una persona por escuela” atentando contra la construcción colectiva e interdisciplinaria de la estrategia de intervención que responde al enfoque de la psicología comunitaria y de la pedagogía social.
Que la Resolución incluye la visión de inequidad de la cobertura y creación de nuevos servicios, ya que necesariamente debe solventarse con inversión del Estado en cargos faltantes y no en cubrir con los equipos actuales la falencia presupuestaria.
Que también incluye una visión de eficiencia, planteando que los equipos aborden situación de mayor complejidad, lo que podría interferir en la desaparición de los Equipos Distritales de Infancia y Adolescencia, de Primera Infancia y de Orientación Familiar, que son precisamente los conformados por profesionales que actúan en situaciones complejas que exceden la labor de los EOE.
Y que los Equipos de Orientación Escolar desarrollan una tarea central en el fortalecimiento del trabajo de las Instituciones Educativas y de los Docentes, así como en la promoción efectiva del derecho social a la educación y en particular de la demanda de la comunidad hacia los EOE que crece en forma exponencial en tiempos de crisis económica y crecimiento de la pobreza en nuestra Provincia.
ES POR TODO LO EXPUESTO QUE EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
RESUELVE:
PRIMERO: Manifestar su profunda preocupación ante la Resolución 1736-2018 GDEBA-DGCYE con fecha 19 de Junio de 2018 y el Anexo Único (IF-2018-09404879-GDEBA-DPCYPSDGCYE) emitidos por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de la Dirección General de Cultura y Educación.
SEGUNDO: Solicitar a la Dirección General de Cultura y Educación la revisión de la Resolución 1736-2018 GDEBA-DGCYE y su Anexo Único (IF-2018-09404879-GDEBA-DPCYPSDGCYE) a los efectos de garantizar que dicha normativa no traerá consigo consecuencias negativas para los educandos y los trabajadores.
TERCERO: Gírese copia de la presente a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social de la Provincia de Buenos Aires, Inspección de Educación de la Región 22, Inspección Distrital de Bahía Blanca, Consejo Escolar de la ciudad de Bahía Blanca.
Bloque Unidad Ciudadana, Bloque PJ Cumplir, Bloque Frente Renovador