Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Creación de categorías por viajes para usuarios frecuentes del Transporte Público de Pasajeros Autor: Pablo Rosenfelt – Marcelo Feliú
Expediente: HCD-112/2018
Autor: Pablo Rosenfelt
Bloque: PJ – Cumplir
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTA
La necesidad de establecer una legislación tarifaria para consolidar los derechos de los pasajeros frecuentes
Y CONSIDERANDO
Que es necesario brindar a los usuarios aquellos incentivos que promuevan el uso del sistema de transporte público de pasajeros, a partir de sus consecuencias en materia ambiental y de movilidad urbana en el Partido de Bahía Blanca.
Que desde el Municipio de Bahía Blanca deben establecerse aquellos mecanismos técnicos y normativos que tengan por objeto establecer facilidades económicas a los usuarios de transporte público.
Que, de acuerdo a la frecuencia de utilización mensual del sistema de transporte por parte del usuario, a través del Decreto N.º 2133/2012 se establecerán distintas categorías sobre las cuales se determinarán beneficios para este tipo de pasajeros .
Que en los últimos años los porcentajes de las bonificaciones establecidos en función del precio del boleto quedan a criterio del Departamento Ejecutivo, como así también las categorías, y no brindan una certeza al usuario en lo que respecta a su evolución, tal como lo refleja el siguiente gráfico:
2015 2016 2017 2018
% $% $% $%
$ Bonif $ Bonif $ Bonif $ Bonif
Tarifa Plana 6,50 0 8,80 0 12,55 0 17,3 0
Categ. “A” 3.70 43 4,98 43,40 6,9 45 9,52 45
Categ. “B” 3.92 39.70 5,28 40 7,28 42 12,98 25
Categ. “C” 4,14 36.30 5,59 36,47 7,78 38 14,7 15
Que, como se ve en los porcentajes de descuentos correspondientes a las distintas categorías, en la actualidad el sistema no les brinda previsibilidad a los usuarios del transporte público y, al mismo tiempo, disminuye beneficios adquiridos.
Que el marco que regula la figura de “pasajero frecuente”, esto es el Decreto 2311/2012, no brinda seguridad jurídica a los usuarios del transporte público, atento a que a través de una decisión unilateral por parte del Departamento Ejecutivo, éste se encontraría facultado para modificar o suprimir categorías.
Consecuentemente, con la presente se pretende resguardar los porcentajes de beneficios a pesar de las modificaciones que pudieran producirse en la tarifa plana que establece la Ordenanza que determina los aumentos del valor del boleto.
Es por lo expuesto, que el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Bahía Blanca, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO Nº 1: La presente ordenanza tiene por objeto regular la caracterización de pasajeros frecuentes.
ARTÍCULO Nº 2: A los efectos de la presente Ordenanza entiéndase como “Pasajero Frecuente” a aquellos usuarios que requieren un precio diferencial en función a la cantidad de viajes que éstos realizan de forma permanente y cotidiana.
ARTÌCULO Nº 3: Las categorías de los usuarios frecuentes del Transporte Público de Pasajeros en la ciudad de Bahía Blanca serán de carácter obligatorio, debiendo ser respetadas en las ordenanzas que en el futuro fijen el valor de la tarifa respectiva.
ARTÍCULO Nº4: Las categorías establecidas en la presente solo podrán en ser modificadas en beneficio de los pasajeros.
ARTÍCULO Nº5: Establézcase las siguientes categorías para los pasajeros frecuentes en el Partido de Bahía Blanca
Categoría A: Aquellos que utilizan un mínimo de 80 pasajes por mes.
Categoría B: Los usuarios que utilizan entre 60 y 79 pasajes por mes.
Categoría C: Aquellos que utilizan entre 40 y 59 pasajes por mes.
ARTÍCULO N °6: Fíjese el porcentaje de descuento de la siguiente manera:
Categoría A: 45% del valor de la Tarifa Plana vigente según la sección que utilice.
Categoría B: 35% del valor de la Tarifa Plana vigente según la sección que utilice.
Categoría C: 30% del valor de la Tarifa Plana vigente según la sección que utilice.
ARTÍCULO Nº 7°: El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios ante el Ministerio de Transporte de la Nación a los efectos de implementar las disposiciones de la presente Ordenanza.
ARTÌCULO Nº 8° : De forma