Proyecto de Resolución
Regulando las paradas de colectivo en las Escuelas.-
Expediente: HCD-1054/2018
Autor: Marcelo Feliú
Bloque: PJ – Cumplir
Coautor(es): Roberto Ércoli Gustavo Mandará Maximiliano Nuñez Fariña Pablo Rosenfelt Paola Ariente Ezequiel Gimeno Betiana Gerardi Romina Pires
Palabra(s) clave(s): paradas de colectivos
Fecha:08/11/2018
AUTOR: BLOQUE PJ CUMPLIR – FRENTE RENOVADOR
PROYECTO DE RESOLUCION
Regulando las paradas de colectivo en las Escuelas.-
VISTO
La necesidad, por cuestiones de seguridad vial, de reubicar las paradas del transporte público de pasajeros que se encuentran sobre la acera de un establecimiento escolar, sea público o privado y delinear con algún material o implemento el espacio para ascenso y descenso de los transportes escolares autorizados por la municipalidad para tal fin.
Y CONSIDERANDO
Que, en los horarios de entrada y salida de estudiantes de distintos establecimientos educativos, sean públicos o privados, se provocan perturbaciones en el normal flujo del tránsito, debido a la gran cantidad de padres que descienden y ascienden a sus hijos de los vehículos, la presencia de las combis o transportes de escolares, los transeúntes y peatones, sumando un mayor riesgo en aquellas cuadras en las que hay paradas de colectivos sobre la acera del establecimiento.
Que actualmente las líneas de colectivo tienen permitidas paradas, en establecimientos escolares sean públicos o privados en la misma acera del establecimiento.
Que, ante esta situación, las paradas de transporte público en la misma acera en que se encuentra una puerta de entrada y salida de estudiantes de establecimientos escolares, provocan y ocasionan varias anomalías.
Que se genera un congestionamiento en la circulación de transeúntes, de padres retirando a sus hijos, pasajeros que descienden o ascienden del transporte público, alumnos que entran o salen de la escuelas u establecimientos según los horarios.
Que en estos sectores, los transeúntes que caminan por el lugar, pueden buscar esquivar el amontonamiento o tumulto bajando a la calzada, provocando un riesgo para ellos mismos y para los conductores.
Que, ante esta problemática, circunstancialmente se pueden ocasionar reacciones incorrectas e incómodas para los escolares o estudiantes, transportistas y peatones, ya que no pueden desplazarse con normalidad.
Que esta congestión provoca que se puedan generar malos entendidos, accidentes, robos y demás inconvenientes que dan origen a problemas de inseguridad.
Que es sumamente necesario, demarcar un lugar específico, para las combis escolares para su ascenso y descenso.
Que se requiere de mayor control para garantizar que las combis escolares realicen el ascenso y descenso por la puerta que se encuentra del lado de la acera, ya que, de no ser así, los estudiantes corren peligro a ser subidos o bajados, por la calzada.
Que de esta forma se pretende, en el marco de una política pública de tránsito mejorar las actuales paradas de colectivo propiciando mejores condiciones de seguridad,
POR LOS MOTIVOS EXPUESTOS EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Arbítrense los medios necesarios para la realización de los estudios y análisis viales necesarios, para reordenar las paradas de transporte público de pasajeros ubicadas en cercanía de los establecimientos educativos, sean públicos o privados, y que se encuentren emplazadas en la vereda de dicho establecimiento .
ARTÍCULO 2º: Llévese a cabo un relevamiento y control de cada una de las paradas de ascenso y descenso del transporte escolar.Asimismo, verificar los horario de uso y cantidad de transportes que ingresan a dicho espacio , por turno a los fines de que se establezcan pautas de análisis viales para poder realizar una adecuación horaria y circunstancial de esos espacios según su futura reglamentación.
Permítase demarcar el perímetro de ascenso y descenso de pasajeros de las combis escolares, con conos, colocados por la institución según la información obtenida del art. 2 y su reglamentación futura.
ARTÍCULO 3º: Propiciar desde el Departamento Ejecutivo la modificación de la Ordenanza N° 8166 sobre transportes escolares, la instalación o adquisición en forma gradual de unidades con puertas de ambos lados del vehículo, para que el descenso de los usuarios siempre sea la puerta que da sobre la acera.
ARTÍCULO 4º: De Forma.