Proyecto de Resolución
Elevando para pronto tratamiento por parte de la Comisión Asesora de Planeamiento Urbano del expediente 6819/2016 “ Solicitud de autorización de ampliación del Club Napostá”.
Expediente: HCD-312/2018
Autor: Gustavo Mandará
Bloque: PJ – Cumplir
Palabra(s) clave(s): club napost comisión asesora de planeamiento urbano
fecha: 2/5/2018
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La presentación realizada el 4 de julio de 2016 ante este Concejo Deliberante del expediente 6819/2016, mediante el cual, el club Napostá solicita autorización para poder ampliar las únicas instalaciones de la institución, sitas en avenida Alem 328 y los distintos agregados que se fueron realizando al mismo, incluyendo el último, ingresado a este cuerpo el pasado 27 de abril.
Y CONSIDERANDO
Que tras celebrar recientemente los 90 años de vida, este tradicional club cumple una importante función social y deportiva, atendiendo las necesidades de esparcimiento de jóvenes de una zona de la ciudad densamente poblada que, por su céntrica condición, no se caracteriza por disponer de espacios para la práctica del deporte.
Que su gimnasio, denominado “Antonio Palma”, no sólo es utilizado por los equipos que representan al club en los torneos de la Asociación Bahiense de Básquetbol, sino también por instituciones educativas públicas y privadas para la realización de clases de educación física y por distintas entidades y ONG’S para la realización de actividades y encuentros de la más diversa índole.
Que en la presentación efectuada ante este Concejo se enumeran una serie de muy atendibles argumentos sobre la importancia de las funciones sociales que los clubes en general y éste en particular cumplen en la comunidad, las cuales no cabe más que suscribir, toda vez que no parece haber a mano una herramienta más efectiva para quitar a niños y jóvenes de la indisciplina de la calle que su incorporación a la vida cotidiana de los clubes.
Que corresponde al Estado en todos sus niveles, si no puede responder a las necesidades directas de estas instituciones sin fines de lucro, las cuales muchas veces suplen su rol en materia de contención de problemáticas e inserción social, propiciar políticas que le permitan a las mismas obtener aquellos recursos que les permitan financiar un mejor funcionamiento por sus propios medios.
Que, si bien corresponde y es deseable que todos los actores que intervienen en una comunidad respeten y salvaguarden en forma integral diversas normativas que hacen a un desarrollo más armónico del hábitat y un cuidado del medio ambiente, no pueden ser las mismas, las exigencias que se demanden a una empresa con fines de lucro, a un particular o a una institución que no sólo no tiene fines de lucro, si no también, como es el caso del club Napostá y ya se mencionó, cumple una importante función social.
Que cuando esta institución se instaló en el terreno que ocupa actualmente, el paisaje en esta zona de la ciudad difería muchísimo en relación con el que se observa en la actualidad y que por el desarrollo inmobiliario de los alrededores, prácticamente, ha quedado encerrada, sin posibilidad de expansión edilicia, algo que limita mucho no ya sus posibilidades de crecimiento, sino la atención de una demanda que ha ido en lógico crecimiento, en consonancia con el incremento demográfico del sector que la circunda y, por ejemplo, con la mayor participación de las mujeres en la práctica deportiva, hecho insoslayable e indetenible que requiere de respuestas acordes al profundo cambio de paradigma que viene produciéndose en materia de igualdad de género.
Que esta realidad irrefutable, ha obligado a los dirigentes quienes, abnegada y desinteresadamente, llevan adelante los destinos del club y hacen auténticas proezas para poder solventar su funcionamiento, tras agotar sin ningún resultado positivo todas las instancias en materia de posibilidades de adquisición de inmuebles linderos, a explorar nuevas opciones que permitan vislumbrar la posibilidad de contar con mayores espacios para cumplir con distintas actividades deportivas y sociales en forma segura y efectiva.
Que ante esta problemática surge como alternativa la posibilidad de aprovechar el amplio patio que antecede al gimnasio de la institución para encarar una obra que permitiría tanto contar con una nueva cancha de básquetbol (pero también apta para otras disciplinas) situada en un primer piso, como con dos espacios en planta baja, cuya renta podría permitir al club un ingreso regular tan decisivo como fundamental para sus arcas.
Que por su ubicación, la posibilidad de realización de una obra de esta naturaleza requiere de autorizar algunas excepciones en materia de criterios urbanísticos, cuyo eventual otorgamiento, por tratarse de una entidad deportiva con las características antes expuestas, merecería un tratamiento particularizado.
Que, según consta en el material presentado el pasado 27 de abril para ser anexado al expediente, para el caso de obtener los permisos correspondientes para poder avanzar con estos trabajos y éstos, una vez concluidos, redunden en el beneficio que se prevé para su funcionamiento, el club manifiesta su predisposición, habida cuenta la necesidad de reducir el incumplimiento con los parámetros de ocupación de suelo y terreno vigentes, en caso que se evalúe como necesario, a readecuar la parte posterior de sus instalaciones (donde actualmente funciona un salón multipropósito) a los efectos de dejar libre el centro de manzana y así minimizar eventuales impactos negativos.
Que, desde diversos sectores, incluyendo vecinos a la institución y también la Asociación Bahiense de Básquetbol, han expresado su apoyo a Napostá para que pueda encarar esta obra, la cual podría constituir un aporte más al desarrollo comercial, cultural y social que viene experimentando la avenida Alem.
Que desde el mismo momento de la presentación efectuada ante el Concejo Deliberante, las autoridades de esta entidad han mantenido encuentros con dirigentes políticos y autoridades de colegios profesionales a los efectos de fundamentar su solicitud.
Que de los resultados de esas conversaciones se desprende tanto la lógica comprensión por los atendibles argumentos vertidos como la necesidad de contar con el mayor consenso posible a los efectos de obtener la autorización requerida a partir de un pleno convencimiento de que, por tratarse de lo que se trata, los beneficios para la ciudad superan con amplitud a los costos.
Y que existe en Bahía Blanca una Comisión Asesora de Planeamiento Urbano, conformada por representantes especializados en la materia, que viene cumpliendo un rol fundamental en materia de salvaguardar los intereses comunes en la materia y cuyas opiniones, si bien no son vinculantes, siempre resultan de gran utilidad para que el Honorable Concejo Deliberante pueda cumplir con su función de tomar decisiones de esta naturaleza con la tranquilidad de contar con un aval técnico suficiente.
ES QUE, EN USO DE SUS FACULTADES, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHA BLANCA
RESUELVE
PRIMERO: Elévese a la Comisión Asesora de Planeamiento Urbano que funciona en el ámbito de la Dirección de Planeamiento de la Municipalidad el expediente 6819/2016 y requiérase, dentro de sus posibilidades, el más pronto tratamiento del mismo a los efectos de que este Concejo pueda contar con la opinión al respecto dentro de la brevedad posible.
SEGUNDO: Notifíquese de la presente resolución a las autoridades del Club Napostá.