Proyecto de Ordenanza
Declarando de carácter esencial, continuo y permanente los servicios que presta la Central Telefónica (107-109) y el Centro Único de Monitoreo (CeUM)
Expediente: HCD-83/2019
Autor: Gabriela Schieda
Bloque: Bloque Radical Arturo Illia
Palabra(s) clave(s): central telefónica 107 109
Bahía Blanca, 05 de Febrero de 2019
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La necesidad de garantizar la prestación de forma constante de los servicios esenciales que presta el Municipio de Bahía Blanca, en caso de medidas de acción directas o situaciones fácticas de cualquier índole que pudieran afectarlos.
Y CONSIDERANDO
Que la presente propuesta apunta a una política pública a largo plazo, de tal modo que, si por algún motivo las prestaciones de los servicios que brinda la Central Telefónica y las Cámaras de Seguridad puedan verse suspendidas por algún motivo, el Departamento Ejecutivo efectúe las medidas y actos administrativos que correspondan para asegurar dichos servicios que deben desarrollarse.
Que los lamentables hechos acontecidos de público conocimiento producido hace muy poco tiempo, nos tiene que servir para cambiar la situación actual de encontrarnos sin respuestas de parte del Estado en servicios que deben considerarse esenciales.
Que si bien se comparte la propuesta de considerar de carácter esencial, continuo y permanente los servicios que presta el Cementerio Municipal, es necesario, considerar también de dicha magnitud los servicios mencionados en la presente ordenanza que hacen a la prevención, resguardo a la integridad y la vida de las personas.
Que se considera necesario y de suma importancia incorporar los servicios que en el presente proyecto se mencionan al proyecto de ordenanza presentado para el servicio del Cementerio, con lo cual se debe adecuar toda la normativa vigente en su conjunto.
Que es imperioso que desde el Estado Municipal se garanticen todos los servicios esenciales, como política de Estado, considerando que la prevención, la integridad de las personas, sus vidas, su seguridad no significa un gasto y si lo fuese sería mínimo. Cuando se trata de Salud y de Vidas no podemos hablar de gasto sino de inversión en miras al futuro.
Que es indispensable considerar a estos servicios esenciales a largo plazo, para que perdure en el tiempo y evitar nuevamente lo sucedido el último fin de semana del año 2018. No podemos abordar la problemática con un tinte de interés político sino que debemos percibir la situación con una visión más amplia, y con la responsabilidad que nos compete como representantes de la sociedad, dejando de lado las diferencias ideológicas.
Que la experiencia de lo acontecido nos sirva para modificar el futuro, la normativa y permanezca en el tiempo, más allá del gobierno de turno.
Que declarar un servicio como esencial significa que ante un conflicto de cualquier naturaleza, como puede ser gremial (a modo de ejemplo) el servicio se siga prestando.
Que según la normativa nacional y la Organización Mundial del Trabajo, constituyen servicios básicos esenciales aquellos cuya interrupción total y/o parcial pudiere poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población. Considero más que claro que esta definición incluye los servicios que menciono en el presente proyecto.
Que no tiene propósitos este proyecto de fines demagógicos o políticos, pero sostengo, que si bien comparto declarar servicio esencial la prestación que brinda el cementerio municipal, debido a que nadie discute el dolor que provoca perder un ser querido y no poder brindarle el debido procedimiento para su descanso eterno. Debemos primero bregar por la vida. Si no tenemos personal haciendo prevención en las cámaras de seguridad, ni que preste servicio a través de las centrales telefónicas (107/109) es muy probable que ante una situación como la vivida no corramos la misma suerte de no haber tenido que lamentar víctimas. Aquí también debemos pensar en la dignidad de las personas y protegerlas.
Que como una forma de asegurar que estos derechos de las personas sean respetados, y dado que es deber del Estado Municipal asegurar la prestación de los servicios considerados esenciales, se propone mediante este proyecto de Ordenanza, se obligue al
Departamento Ejecutivo que interponga las medidas que sean necesarias para que, en situaciones fortuitas, medidas de fuerza o cualquier otro motivo, las prestaciones esenciales estén cubiertas. Si vamos a respetar el derecho fundamental y la dignidad de las personas que sufren la pérdida de un ser querido empecemos por cuidar igualmente las vidas de la ciudadanía.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1° – Declárense de carácter esencial, continuo y permanente los servicios que presta la Municipalidad a través de la Central Telefónica (107/109) y las Cámaras del Centro Único de Monitoreo.
Artículo 2° – Se establece que si en un futuro cambian los números de la Central Telefónica o el nombre del Centro Único de Monitoreo no perderá vigencia la presente ordenanza, siendo de aplicación el espíritu de la misma a dichos posibles cambios solo de forma pero no de fondo.
Artículo 3° – Serán considerados como servicios esenciales la Central Telefónica a través de sus números de urgencias y las cámaras de monitoreo para prevención del delito.
Artículo 4° – Será obligación del Departamento Ejecutivo implementar las medidas excepcionales y/o actos administrativos que correspondan con la finalidad de asegurar el cumplimiento de poseer una cobertura en los servicios considerados esenciales por la presente norma, siendo responsable si así no ocurriese.
Artículo 5° – De forma.-