Proyecto de Resolución
Convocando Plenario de Comisiones con funcionarios del área de salud y politicas sociales en relación a la problemática de niños, niñas y jóvenes con padecimientos mentales.
Expediente: HCD-353/2019
Autor: Betiana Gerardi
Bloque: PJ – Cumplir
Coautor(es): Maximiliano Nuñez Fariña Romina Pires Gisela Ghigliani Carlos Quiroga
Palabra(s) clave(s): plenariosalud publica y politicas sociales
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
El derecho a la protección de la salud mental de aquellos niños, niñas y jóvenes de edad que habitan el Partido de Bahía Blanca
Y CONSIDERANDO
Que las Ley Nacional 26.657 de Salud Mental y la Ley Provincial 13.298 de Protección Integral de los Derechos de los Niños constituyen el marco normativo del Estado Municipal en lo que respecta al abordaje de los niños, niñas y jóvenes con padecimientos mentales.
Que el Artículo 15 de La Ley Provincial 13.928 define a las políticas de promoción y protección integral de derechos de todos los niños, son el conjunto de orientaciones y directrices de carácter público dictadas por los órganos competentes, a fin de guiar las acciones dirigidas a asegurar los derechos y garantías de los niños. Asímismo, afirma que tales políticas se implementarán mediante una concertación de acciones de los municipios y las organizaciones de atención a la niñez, tendientes a lograr la vigencia y el disfrute pleno de los derechos y garantías de los niños.
Que en el Artículo 7 de la Ley Nacional de salud mental, se reconoce a las personas con padecimiento mental los siguientes derechos, entre otros: Derecho a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a partir del acceso gratuito, igualitario y equitativo a las prestaciones e insumos necesarios, con el objeto de asegurar la recuperación y preservación de su salud; Derecho del asistido, su abogado, un familiar, o allegado que éste designe, a acceder a sus antecedentes familiares, fichas e historias clínicas; Derecho a que en el caso de internación involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean supervisadas periódicamente por el órgano de revisión; Derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado; Derecho a ser informado de manera adecuada y comprensible de los derechos que lo asisten, y de todo lo inherente a su salud y tratamiento, según las normas del consentimiento informado, incluyendo las alternativas para su atención, que en el caso de no ser comprendidas por el paciente se comunicarán a los familiares, tutores o representantes legales; Derecho a poder tomar decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento dentro de sus posibilidades; Derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho, con el pleno respeto de su vida privada y libertad de comunicación; Derecho a no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente; y el Derecho a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable.
Que junto a las dependencias municipales, en reiteradas oportunidades se da intervencion a diversas instituciones de Bahía Blanca, sean públicas o privadas, articulándose áreas tales como salud, educación, vulnerabilidad social o seguridad.
Que distintas situaciones particulares y/o intrafamiliares de los últimos meses, demandan por parte de este Honorable Cuerpo la obtención de mayores precisiones en relación a la intervención del Municipio a través de sus áreas competentes, así como los mecanismos implementados para el abordaje del Estado en relacion a los procesos de integración social.
Que en este marco, desde las Comisiones de Salud y de Educación, Cultura y Acción Social resulta necesario tomar real conocimiento acerca de las consecuencias personales y sociales que ello implica, así como su vinculación con distintas problemáticas que impliquen que los derechos de los niños, niñas y jóvenes sean vulnerados y los mecanismos institucionales implementados.
Es por ello que, este Honorable Cuerpo, en uso de sus facultades.
RESUELVE
PRIMERO: Convóquese a un Plenario de las Comisiones de Salud Pública y de Eucación, Cultura y Acción Social a los efectos de abordar la actual situación junto a funcionarios del Departamento Ejecutivo a cargo de las áreas competentes en lo que respecta a la intervención del Municipio en relación a los niños, niñas y jóvenes con padecimientos mentales.
SEGUNDO: Solicítese la participación de los siguientes funcionarios
-
Secretaria de Políticas Sociales, Vanina Gonzalez;
-
Secretario de Salud, Pablo Acrogliano
-
Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, Julieta Cerritelli
-
Director de Hogares, Prevención y Protección, Damian Dorado
-
Directora Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos de Niños/as y Adolescentes , Claudia Periga
TERCERO: Convóquese a representantes de la Mesa de Salud Mental y Adicciones del Honorable Concejo Deliberante, Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires (Delegación Bahía Blanca) y Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños/as – Bahía Blanca
CUARTO: Por Presidencia de este Honorable Cuerpo se fijará día y hora de la convocatoria y se cursarán las invitaciones correspondientes en un plazo que no exceda los diez días de su aprobación.