Proyecto de Ordenanza
Modificando la Ordenanza Nº 16.295.
Expediente: HCD-645/2019
Autor: Nicolás Vitalini
Bloque: Cambiemos
Palabra(s) clave(s): modificando ordenanza 16295
Bahía Blanca, 18 de Julio de 2019
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La Ordenanza Nº 16.295 que regula el funcionamiento de restaurantes sin pista de baile, con difusión musical y/o números en vivo.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario perfeccionar el texto de la Ordenanza Nº 16.295 para que su interpretación resulte más clara.
Que la Ordenanza 16.295 regula el anexo de rubro “difusión musical y/o números en vivo sin pista de baile” a la actividad principal del comercio.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º – Modifíquense los Artículos 2° y 4° de la Ordenanza Nº 16.295, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
Artículo 2° – En caso que la difusión musical sea con números en vivo no se utilizarán el vestuario y baño del personal. Esta actividad funcionará como anexo de la actividad principal que se pretenda habilitar.
Artículo 4° – Cuando a los rubros gastronómicos sin pista de baile se les anexe el rubro “con difusión musical y/o números en vivo” para su habilitación deberá presentarse Informe Técnico de Aislamiento Acústica en cumplimiento de las Ordenanzas 13.032, 19.273 y sucesivas modificatorias.
Además de lo normado por la presente deberán dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 7315 de Habilitaciones Comerciales y sus modificatorias, normas del Código de Edificación, etc.
Artículo 2° – Deróguense los Artículos 6° y 7° de la Ordenanza Nº 16.295.
Artículo 3° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.