Proyecto de Resolución
Solicitando informes en relación al vertido de efluentes en el sector de Grunbein, Punta Blanca y Villa Palermo.
Expediente: HCD-834/2019
Autor: Pablo Rosenfelt
Bloque: PJ – Cumplir
Palabra(s) clave(s): efluentes varios sectores
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTA
La distribución de competencias entre distintos organismos provinciales y municipales en materia medioambiental
Y CONSIDERANDO
Que la Ley Provincial N.º 14343 tiene por objeto regular la identificación de los pasivos ambientales (entendidos como conjunto de los daños ambientales, en términos de contaminación del agua, del suelo, del aire, del deterioro de los recursos naturales y de los ecosistemas, producidos por cualquier tipo de actividad pública o privada, durante su funcionamiento ordinario o por hechos imprevistos a lo largo de su historia, que constituyan un riesgo permanente y/o potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad, y que haya sido abandonado por el responsable) y la obligación de recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en el ambiente.
Que la calidad de vida de los vecinos del sector de los barrios Punta Blanca, Grunbein y Villa Palermo se ve seriamente afectada a raíz del vertido de efluentes por parte de una empresa frigorífica ubicada en sus inmediaciones.
Que asímismo, la instalación y el desarrollo de los barrios es posterior al montaje del complejo industrial, el cual ocupa mayoritariamente a vecinos del sector.
Que el vertido de tales efluentes hacia canales que conducen hacia una laguna artificial a cielo abierto, no sólo produce malos olores, si no que además implica la acumulación de desechos industriales propios de la actividad frigorífica, restos de animales y otros residuos que se concentran en el inmueble donde se encuentra el estancamiento de agua.
Que de este modo, se constituye un foco infeccioso y contaminante para la población que habita en sus inmediaciones, ya que además de la presencia de roedores, insectos y otras alimañas, ello permite la proliferación de distintas enfermedades.
Que cabe destacar que ante la proximidad del inicio del verano, ante la presencia de temperaturas elevadas, la situación descripta se agudiza y, de este modo, viviendas aledañas, comercios, instituciones educativas y comunitarias resultan afectados en mayor o menor medida dependiendo de la cercanías del complejo y de la circulación del viento.
Que en esta línea, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible debe coordinar esfuerzos junto a otros organismos y municipios de la Provincia en cualquier aspecto que tenga competencia ambiental, como por ejemplo, la inspección del cumplimiento de las normas vigentes por parte de las empresas e industrias en todo el territorio. De este modo, lleva adelante el control y fiscalización de los recursos que se puedan ver afectados por contaminación (agua, aire, y suelo) o el impacto ambiental.
Que la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, a través de su laboratorio, lleva adelante distintos analisis que incluye nutrientes, compuestos orgánicos volátiles, semi volátiles, parámetros globales de contaminación, indicadores biológicos y bacteriológicos de contaminación, metales pesados, trazas de contaminantes y cálculos de RAS (Relación de Absorción de Sodio).
Que desde el Estado Municipal deben coordinarse aquellas acciones tendientes a asegurar un medio ambiente sano sin que ello afecte la normal continuidad de las actividades industriales y , de este modo, las fuentes de trabajo que las mismas generen.
Es por ello que, este Honorable Cuerpo en uso de sus facultades
RESUELVE
PRIMERO: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la secretaría que corresponda, informe:
a) Acciones implementadas desde el Municipio en relación a los olores que se emiten desde los efluentes que son vertidos por la empresa ubicada en la Ruta 229 km 9,5.
b) Si fueron labradas infracciones y el monto de las multas. Se solicita la remisión de copias de las actuaciones.
d) Estado actual del Certificado de Aptitud Ambiental de la empresa.
e) Si se le dio intervención al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y Autoridad del Agua ( ADA) y, de ser así, detalle cuales son las actividades que se encuentran desarrollando en pos de brindar una mayor calidad ambiental en el sector .
SEGUNDO : Solicitar a la Autoridad del Agua (ADA) que informe:
a) Si fueron realizadas mediciones bromatológicas con respecto a la calidad de los efluentes propios de la actividad que los genera
b) Resultados arrojados.
c) Recomendaciones que fueron giradas a la empresa.
TERCERO: Solicitar al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible que informe si, por lo dispuesto por la Resolución del OPDS 3722 / 2016, fueron comunicadas modificaciones significativas en sus actividades operativas habituales (por ejemplo la puesta en marcha de equipos, paradas, pruebas, entre otros eventualidad) en el complejo frigorífico ubicado en la Ruta 229 Km 9,5.
CUARTO: Gírese copia de la presente resolución a Subsecretaría de Gestión Ambiental del Municipio de Bahía Blanca, a la Autoridad del Agua- Delegación Bahía Blanca y al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible – Delegación Bahía Blanca.