Proyecto de Resolución
Proyecto de Resolución: Solicitando al Departamento Ejecutivo que evalúe la incorporación del Partido de Bahía Blanca en el marco establecido por la Resolución 561/2017 y el Plan Nacional de Viviendas Asistidas para Usuarios del Servicio de Salud Mental
Expediente: HCD-512/2018
Autor: Maximiliano Nuñez Fariña
Bloque: PJ – Cumplir
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTA
La Ley Nacional 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental y su Decreto Reglamentario 603/2013.
Y CONSIDERANDO
Que la citada normativa establece que el proceso de curación de una persona con padecimiento mental debe realizarse, preferentemente, fuera del ámbito de internación hospitalaria, reforzando la restitución o promoción de sus lazos sociales.
Que la internación es un recurso de carácter restrictivo, que sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones.
Que el Ministerio de Salud de la República Argentina a través de la Resolución 561/17 estipula la creación un sistema de subsidios con destino a viviendas asistidas para pacientes psiquiátricos con el objeto de promover la desinstitucionalización de personas que se encuentran internadas (y que no reúnen criterio para ello) o personas usuarias de los servicios de salud mental.
Que en su Anexo I, establece que las provincias y municipios podrán presentar proyectos destinados a la ejecución de viviendas asistidas Para ello deberá identificarse y proveer los terrenos necesarios para la construcción (los cuales deberán corresponder a su dominio) . En este marco, desde el Gobierno Nacional se impulsarán los mecanismos administrativos necesarios para el desarrollo de las construcciones.
Que, en este marco, en Mayo de 2017 por iniciativa conjunta de los Ministerios del Interior, Obras Públicas y Salud de la Nación, se estableció el Programa Nacional de Viviendas Asistidas para Usuarios del Servicio de Salud Mental. El mismo determina que las viviendas asistidas se encuentran configuradas como hogares funcionales para el paciente psiquiátrico que por diferentes motivos no puede convivir con su grupo familiar o de forma autónoma.
Que en las “Viviendas Asistidas” convivirán de forma estable en el tiempo un grupo de personas mayores de 18 años de edad que no presentan proceso agudo y requieren un nivel de apoyo menor que el de una internación. La asistencia sanitaria se realizará por fuera de la vivienda, a través de la red de servicios de salud y con referencia a un hospital general, atento a que las viviendas se encontrarán insertas en el entorno comunitario.
Que entre los distintos dispositivos de abordaje a esta problemática, el Partido de Bahía Blanca cuenta con la Mesa de Abordaje de la Problemática del Suicidio, creada por el Honorable Concejo Deliberante.
Que la Ordenanza Municipal N.º 18292 del 2015 crea el Programa Municipal de Salud Mental y Adicciones dependiente de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca y del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero” de Bahía Blanca.
Que a partir de la misma, en su artículo sexto se crea en el Ámbito del Honorable Concejo Deliberante una Mesa de Salud Mental y Adicciones que monitoree la implementación del Programa Municipal y del cumplimiento de la Ley de Salud Mental con la participación de representantes de todos los sectores involucrados en la problemática.
Que desde su creación, esa mesa ha tenido como eje de trabajo el gran déficit habitacional que presentan las personas con padecimiento mental y han trabajado en la búsquedas de alternativas de solución esta problemática.
Que el a través del Decreto 1375/2016 se crea el Departamento de Salud Mental y Adicciones bajo la órbita de la Secretaría de Salud de Bahía Blanca, que entre sus funciones incluye el desarrollo una red de cuidados en Salud Mental y Adicciones en nuestra ciudad, articulado con otros niveles y jurisdicciones,así como el desarrollo de dispositivos alternativos de apoyo en salud mental con base en la comunidad.
Es por ello que, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades
RESUELVE
PRIMERO: Solicítese al Departamento Ejecutivo que , a través del área que corresponda, identifique aquellos inmuebles correspondientes al dominio municipal y al dominio provincial que reúnan las características y permitan alcanzar los objetivos establecidos en la Resolución 561/2017 del Ministerio de Salud de Nación.
SEGUNDO: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, suscribía aquellos convenios que resulten necesarios con Provincia de Buenos Aires y el Departamento de Salud Mental y Adicciones a los efectos de elaborar un proyecto comunitario para el Partido de Bahía Blanca en el marco del Anexo I de la Resolución 561/2017 y el Plan Nacional de Viviendas Asistidas para Usuarios del Servicio de Salud Mental.
TERCERO: Facúltese al Departamento de Salud Mental y Adicciones de la Secretaría de Salud de Bahía Blanca a confeccionar un proyecto comunitario para el Partido de Bahía Blanca en el marco del Anexo I de la Resolución 561/2017 y el Plan Nacional de Viviendas Asistidas para Usuarios del Servicio de Salud Mental.
CUARTO: Gírese copia de la presente resolución a la Secretaría de Salud, Secretaría de Infraestructura, Departamento de Salud Mental y Adicciones, Secretaria Privada, Secretaria de Gobierno del Municipio de Bahía Blanca y a la Mesa de Salud Mental del Honorable Concejo Deliberante.