Proyecto de Resolución
Expresando la preocupación del HCD por la falta de pago en la cobertura de las prestaciones de asistencia terapéutica, educativa y psicosocial a personas con discapacidad
Expediente: HCD-198/2020
Autor: María Lucía Pendino
Bloque: Juntos por el Cambio
Coautor(es): María Laura Biondini
Palabra(s) clave(s): obra social cobertura prestaciones falta de pago
Bahía Blanca, 13 de mayo de 2020.-
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
La importancia de garantizar el acceso de todas las prestaciones para la cobertura de asistencia terapéutica, educativa y psicosocial a personas con discapacidad.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones Nº 282/2020 y 308/2020 publicadas el 6 de abril en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud había dispuesto un recorte en la cobertura de las prestaciones de salud, clases de apoyo y terapias integradoras a personas con discapacidad.
Que ambas Resoluciones se habían dictado en el marco de la emergencia pública establecida en relación con la pandemia por el coronavirus COVID-19.
Que el artículo 4º de la resolución 282/2020 establecía que “Quedará a cargo de los Agentes del Seguro de Salud y de las Entidades de Medicina Prepaga determinar la cantidad de sesiones o consultas autorizadas bajo la modalidad prevista en la presente Resolución y definir los procesos utilizados en cada caso, como así también la auditoría posterior de las prestaciones brindadas por las plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta.”; es decir, dejaba a criterio de las obras sociales y las pre pagas, a través de sus propias auditorías médicas, que determinaran cuáles son los tratamientos que se cubrirían durante el aislamiento obligatorio y la cantidad de horas semanales de los mismos.
Que en este mismo sentido, la Resolución 308/2020 impone restricciones en las prestaciones, limitando por ejemplo las sesiones a un máximo de 6 horas semanales y 4 especialidades, y una serie de requisitos para la facturación de los honorarios que complican aún más a los profesionales que brindan las prestaciones. En algunos casos se reducían los aranceles y prestaciones pactados a la mitad.
Que esta situación dejaba en un estado de vulnerabilidad aún mayor a los pacientes y sus familias, además de los perjuicios a los prestadores (psicólogos, psicopedagogos, fonoaudiólogos, terapistas ocupacionales) que desde hace meses vienen denunciando la falta de pago de honorarios.
Que finalmente el Gobierno Nacional, luego de los reclamos planteados por organizaciones no gubernamentales, asociaciones, familiares y profesionales prestadores de servicios a personas con discapacidad, dio marcha atrás con esta medida comprometiéndose a abonar el 100 por ciento de las prestaciones, incluido el transporte y asegurando la cobertura de las mismas.
Que las obras sociales, las empresas de medicina prepaga y el Estado Nacional deben cubrir el 100% de los gastos de todas las prestaciones que necesite una persona con discapacidad para su correcta habilitación y/o rehabilitación.
Que sin embargo, al día de hoy aún persisten las dificultades y no se han efectivizado los pagos correspondientes, por lo que no se estaría cumpliendo con el compromiso asumido; de manera que la situación continúa de la misma manera con los inconvenientes que esto implica para familiares, instituciones y profesionales que, en muchos casos aún continúan prestando los servicios, a pesar de la falta de pago.
Que la situación de emergencia por la pandemia del COVID-19 de ninguna manera puede justificar la reducción de prestaciones para la cobertura de asistencia terapéutica, educativa y psicosocial a personas con discapacidad.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
1º – Expresar la preocupación de este HCD frente a las graves demoras y falta de pago por parte de las obras sociales en concepto de prestaciones para la cobertura de asistencia terapéutica, educativa y psicosocial a personas con discapacidad e instituciones que trabajan con ellas.
2º – Solicitar a las autoridades de Región Sanitaria I que lleven a cabo las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires para regularizar la situación y garantizar el efectivo cumplimiento de los pagos correspondientes a prestaciones para personas con discapacidad e instituciones que trabajan con ellas.
3º – Solicitar a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación que realice todas las acciones necesarias con el fin de normalizar en tiempo y forma los pagos en las prestaciones para la cobertura de asistencia terapéutica, educativa y psicosocial a personas con discapacidad e instituciones que trabajan con ellas, tal como lo establece la ley N 24.901.