Proyecto de Minuta
Pedido de informes referido al traspado de trabajadores de BT SAPEM a la Municipalidad de Bahía Blanca
Expediente: HCD-313/2020
Autor: Walter Larrea
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Gisela Ghigliani Pablo Rosenfelt
Palabra(s) clave(s): sapem
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, informes respecto al traspaso de trabajadores y trabajadoras de Bahía Transporte SAPEM a la órbita de la Municipalidad de Bahía Blanca, en particular los siguientes puntos:
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Cantidad de trabajadores y trabajadoras transferidos desde Bahía Transporte SAPEM a la estructura de Personal de la Municipalidad de Bahía Blanca;
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Naturaleza de la nueva relación laboral que vincula a la MBB con dichos trabajadores y trabajadoras, a saber: planta permanente, contratos a plazo fijo, otras modalidades;
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Mecanismo normativo en el cual se inscribe el traspaso de los trabajadores y trabajadoras: art. 229 de la LCT, otra modalidad;
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En su caso, si los trabajadores y trabajadoras objeto de la cesión mantienen su antigüedad de revista a fines vacacionales y a otros efectos del contrato laboral;
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Condiciones de revista en la nueva modalidad laboral pública en la MBB, especialmente: escalafón laboral, Convenio aplicable, remuneración inicial, antigüedad;
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Dependencia dentro de la estructura municipal donde los recursos transferido cumplirán sus tareas; naturaleza operativa de las mismas;
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Si se crea una nueva área operativa, en caso afirmativa si la creación de la misma conlleva designación de nuevas jefaturas o cargos de dirección o similares;
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Si este traspaso de personal conlleva también la transferencia del Contrato de administración del servicio de estacionamiento medido y pago en la ciudad de Bahía Blanca;
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Si en caso de ser afirmativa la respuesta a la cuestión consignada en 8), si dicha transferencia implica modificación alguna con el contrato que liga a BT Sapem con la empresa EXO S.A.
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Salarios a percibir por los trabajadores y trabajadoras incorporados a la estructura de la MBB; escalafón de convenio en el cual revistarán lxs trabajadores que se incorporan;
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Monto del incremento mensual y anual que irrogará para la MBB la incorporación de estos recursos;
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Partida de donde se detraerán los fondos necesarios para solventar el gasto salarial surgido de la incorporación de lxs trabajadorxs;
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Si existe conformidad de la Organización Gremial de origen (UTA) y de la receptora (STMBB)
FUNDAMENTOS
En la reunión de Directorio de Bahía Transporte SAPEM, celebrada el día 22 de junio de 2020, se puso a consideración del mismo (y se aprobó) el asunto consignado en el punto 3 que textualmente rezaba: “Traspaso y cesión de personal gratuito de BTS a la MBB”. Mediante dicha decisión empresarial, y con fundamento en el saneamiento de una empresa cuyo accionista principal y hegemónico es el Estado municipal, y la consecuente aceptación de la MBB, la estructura de la planta permanente de la Municipalidad de Bahía Blanca se verá notablemente incrementada, y, por ende, incrementado sus gastos en personal.
Desde el punto de vista de la responsabilidad política de la administración de los recursos estatales, sorprende y mucho la decisión del Estado municipal de absorber a estos trabajadores, máxime cuando declaraciones públicas de funcionarios del gobierno municipal han manifestado que determinados abordajes necesarios para desarrollar acciones en el marco de la pandemia de COVID 19 no pueden llevarse a cabo por falta de recursos humanos (ver declaraciones del Dr. Pablo Acrogliano, Secretario de Salud MBB “Lo que se necesita es tener fondos para ampliar el radio de testeo y concretamente nosotros lo que les pedimos es becas y recursos para poder implementarlo.” “Acrogliano había hecho referencia días atrás a la “falta capital humano para salir casa por casa a testear” por COVID-19.”1
Asimismo, y a tenor de declaraciones publicadas en medios locales, los trabajadores transferidos revestirían cumplirían funciones laborales en un nuevo área a cubrirse, encargada del control de cumplimiento del estacionamiento medido y pago que rige en la ciudad, dispuesto por la Ordenanza 19.727/2018, lo cual, prima facie, supondría una superposición de tareas con los agentes de la Guardia Urbana o estructura que hubiera reemplazado a dicho cuerpo.
Atendiendo la inquietud y a la espera de una respuesta favorable a la situación planteada, se solicita la sanción de la minuta de comunicación.