Proyecto de Resolución
DEJANDO SIN EFECTO LOS INTERESES PUNITORIOS SOBRE LAS TASAS (ALC/SAL) Y SOBRE PATENTES DE RODADOS POR EL PLAZO DE NOVENTA (90) DÍAS.
Expediente: HCD-322/2020
Autor: Gabriela Schieda
Bloque: Bloque Radical Arturo Illia
Palabra(s) clave(s): intereses punitorios sobre tasas- sin efecto por 90 días
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
Que a aquellos contribuyentes que se ven retrasados en los pagos de las tasas municipales de ALC-SAL y las patentes sobre rodados (incluyendo todo tipo de vehículos y motocicletas).
Y CONSIDERANDO:
Que es de público conocimiento la situación económica por la cual atraviesan muchísimos vecinos de nuestra ciudad;
Que hay numerosos bahienses que pese a la situación que están viviendo, tienen la voluntad de cumplir con sus obligaciones, entre ellas las tasas y patentes municipales;
Que el esfuerzo es muy grande sobre todo para aquellos que no están teniendo ingresos por la actividad que realizan y/o también utilizan sus rodados para trabajar (como podría ser el caso de los cadetes y quiénes utilizan sus vehículos para evitar, como se aconseja, la utilización del transporte público;
Que asimismo no se carece del conocimiento de la situación económica del Municipio de Bahía Blanca, el cual ha caído considerablemente su recaudación;
Que se considera que esta medida puede llevar a mayor cumplimiento y es una manera de ayudar a los vecinos;
Que ante el esfuerzo por el cumplimiento de los vecinos amerita tomar esta decisión;
Que si bien los intereses punitorios pueden no ser significativos en algunos casos, también es cierto que ese dinero puede marcarles una diferencia en sus bolsillos, pudiendo ser destinado a adquirir algún elemento de extrema necesidad.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE:
Artículo 1°- Establézcase para el Partido de Bahía Blanca la suspensión de los intereses punitorios sobre las tasas de ALC-SAL y sobre las patentes municipales de todo tipo de rodados.
Artículo 2°- Establézcase que lo dispuesto en el Artículo 1° será aplicable por el período de noventa (90) días a partir de la sanción de la presente Resolución.
Artículo 3°- Establézcase que la disposición tomada en la presente Resolución será aplicable a aquellas tasas que se encuentran vencidas desde el comienzo de la Pandemia y su cuarentena establecida por Decreto Nacional en el mes de Marzo.
Artículo 4° – De forma