Proyecto de Resolución
Manifestando reconocimiento a trabajadores en el marco de la pandemia por COVID – 19 y solicitando otorgamiento de subsidios en especie a comedores y/o merenderos comunitarios
Expediente: HCD-239/2020
Autor: Paula Echeverria
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): pandemia
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y 408/2020 dictados por el Poder Ejecutivo Nacional, junto a otras normas complementarias, sobre la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestos en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de La Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19;
El artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020, emitido por el Presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de Ministros, que establece excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de circular para aquellas personas afectadas a actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria;
Y la extraordinaria e indispensable labor que realizan quienes, mediante su trabajo, garantizan la prestación de estas actividades y servicios esenciales;
Y CONSIDERANDO
Que desde el 20 de marzo de 2020 -con ampliaciones anunciadas, la última en principio hasta el 24 de mayo inclusive- rige en todo el territorio nacional el aislamiento social, preventivo y obligatorio frente a la pandemia del coronavirus. Dicho aislamiento sigue siendo una de las medidas centrales frente a la pandemia en tanto no se cuenta -a la fecha- con un tratamiento antiviral efectivo ni con vacunas que prevengan el contagio del Covid-19;
Que teniendo en cuenta que el aislamiento no afecta de igual modo a toda la población y que hay sectores que -por su labor o tipo de producción- resultan indispensables para la vida en comunidad y en cuarentena, el Gobierno nacional dispuso una serie de medidas económicas y sanitarias y también extendió “excepciones” para permitir la circulación de las personas que se desempeñan en los denominados sectores esenciales.
Que, en ese sentido, en virtud de lo dispuesto por el artículo 6 del DNU N° 297/2020 y las diversas actividades que progresivamente se fueron permitiendo en virtud de la situación epidemiológica de cada localidad, son muchos los sectores de trabajadores y trabajadoras que continuaron y continúan desarrollando sus actividades laborales esenciales en este contexto de aislamiento.
Que frente a una crisis sanitaria como la que atravesamos, lo esencial o indispensable no se reduce a la labor sanitaria -que es imprescindible- sino que para que nuestra comunidad siga funcionando son muchas más las actividades y personas, heroínas y héroes anónimos, que garantizan con su trabajo lo indispensable para la vida.
Que, en particular, uno de los sectores laborales que más está sufriendo la crisis del
coronavirus es el de los y las profesionales de la salud. Es así que médicos, enfermeros, cuidadoras, camilleros, auxiliares, administrativas y demás integrantes del ámbito de la salud trabajan sin descanso en hospitales y centros de atención sanitaria.
Que, asimismo, dentro del personal esencial también encontramos al personal de seguridad, sea público o privado, y a aquellas personas que forman parte del circuito de producción, distribución y comercialización de alimentos, medicinas y otros elementos de primera necesidad.
Que para que siga funcionando la comunidad también requiere que se garanticen derechos que tienen que ver con servicios esenciales, como son el agua potable, electricidad, gas, saneamiento básico (recogidas y procesamiento de desechos y limpieza de áreas claves) y telecomunicaciones. En estas actividades mujeres y hombres hacen trabajos cada día, independientemente de las condiciones laborales, para que podamos seguir haciendo uso de esos servicios en este contexto.
Que a otras y otros los vemos, escuchamos o leemos cada día pero no los incorporamos dentro de la idea de personal esencial; los y las trabajadores de la comunicación son fundamentales en estos tiempos de aislamiento preventivo.
Que también existen un gran número de personas sin las cuales no sería posible viabilizar y ejecutar las distintas medidas y decisiones que se toman en el Estado. Son las trabajadoras y trabajadores del Estado quienes en las dependencias o desde sus casas, según el caso, hacen posible que las diferentes medidas se concreten, en tanto derechos de todas y todos.
Que es importante recordar que fue declarada en nuestro país la Emergencia Alimentaria mediante la Ley N° 27519 sancionada por el Congreso de la Nación y que en nuestro partido también fue declarada una Emergencia en el mismo sentido mediante Ordenanza Municipal N° 19997.
Que, vinculado a ello, encontraremos otros oficios y labores esenciales entre los cuales nos parece importante destacar a quienes colaboran solidaria y activamente en los comedores y/o merenderos comunitarios. Que dichas tareas son realizadas, principalmente, por mujeres trabajadoras, siendo la capacidad organizativa de las mismas en los territorios la que permite garantizar una asistencia alimentaria a los sectores más vulnerados. Reconocer sus trabajos no implica seguir naturalizando los roles asignados a las mujeres que ejercen el trabajo del cuidado, sino visibilizar y poner en valor un trabajo que debe ser reconocido como tal.
Que el trabajo sociocomunitario que las mujeres impulsan en esos espacios comunitarios también implica la construcción de redes y puentes que facilitan el acceso a otros derechos humanos.
Que es importante reconocer el valor y la solidaridad de esa red comunitaria, que es parte esencial de las soluciones para atravesar, afrontar y superar este y otros contextos de emergencia o crisis.
Que a todas y todos ellos, visibles o anónimos, queremos expresarles nuestro más profundo reconocimiento y agradecimiento.
Que es por lo expuesto, que el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca
RESUELVE
PRIMERO: Manifestar su más sincero y sentido reconocimiento a la labor de quienes por su loable trabajo, en muchas oportunidades social y solidario, garantizan la prestación de las actividades y servicios declarados esenciales por el DNU N° 297/2020, modificatorios y complementarios, en el marco de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, en particular a quienes sostienen los comedores y/o merenderos comunitarios.
SEGUNDO: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el otorgamiento un subsidio mensual en especie (artículos de limpieza e higiene, alimentos frescos, garrafas y otros insumos, materiales de construcción) a vecinos y vecinas del Partido de Bahía Blanca que brindan en su domicilio particular el servicio de comedor y/o merendero comunitario, afrontando los costos de su funcionamiento.
TERCERO : Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda,a la mayor brevedad posible, establezca una nómina parcial de los domicilios donde funcionen comedores y/o merenderos comunitarios con indicación de sus responsables, y efectivice el otorgamiento solicitado.
CUARTO: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente en cada Delegación Municipal, la realización de un relevamiento territorial con el objeto de brindar certezas acerca del funcionamiento de estos centros comunitarios, a los objetos de efectivizar aquellos subsidios que no hayan sido incluidos en la nómina parcial.
QUINTO: Remitir copia de la presente Resolución a Secretaría de Gobierno y a Secretaría de Políticas Sociales del Municipio de Bahía Blanca.