Proyecto de Resolución
RECONOCIMIENTO DE PERJUICIO Y EXENCIÓN DE TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA AL INMUEBLE SITO EN CORRIENTES 771
Expediente: HCD-310/2020
Autor: Gustavo Mandará
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Fernando Ascuaga Carlos Roberto González Antunes
Palabra(s) clave(s): corrientes 771
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La situación planteada a partir de la proximidad entre la vivienda ubicada en Corrientes 771 y la playa de operaciones de la empresa Bahía Ambiental Sapem.
Y CONSIDERANDO:
Que es a simple vista constatable una serie de perjuicios que a la calidad de vida de quienes allí habitan les provoca el hecho de tener que convivir con semejante operatoria a pocos metros de su hogar.
Que, entre esas molestias, se incluyen los ruidos que, por lógica, ocasiona la operatoria de vehículos de gran porte que se mueven en la playa de estacionamiento durante las 24 horas del día, para cuya movilización se utilizan además alarmas y señales sonoras
Que tampoco es menor el hecho que por cargar estos vehículos basuras y residuos de toda índole, se perciban en las proximidades hedores muy pronunciados, que se intensifican de acuerdo a la dirección de que provenga el viento, lo mismo que una gran proliferación de insectos, en especial en épocas de calor.
Que la dirección de la empresa ha tomado debida nota de esta situación y mantiene con estos vecinos una relación en lo posible cordial que parte del reconocimiento y la comprensión y ha encarado una serie de mejoras edilicias y operativas en procura de atenuar estas molestias, entre las que se incluye la cobertura de las canaletas por las que se drenan los líquidos resultantes del lavado de camiones, la utilización de desodorantes y desinfectantes para estos trabajos y la decisión de impartir instrucciones a los trabajadores para que extremen cuidados.
Que si bien la presencia de una empresa de esta magnitud y características es indisimulable para todo el sector, no hay otras viviendas que puedan resultar tan directamente afectadas por un hecho puntual como es el inmueble en cuestión, ya que éste (y sólo éste) linda con el sector del lavadero en donde confluyen las situaciones antes descriptas.
Que los habitantes de esta vivienda ocupan la misma desde hace muchos años y la normalidad de sus existencias se ha visto profundamente afectada a partir de la instalación en este complejo de esta empresa, a punto de que muchas veces, ni siquiera con las ventanas cerradas logran evitar que olores nauseabundos invadan el hogar o se ven impedidos de disfrutar del patio ante la presencia de una cantidad de insectos en cantidades intolerables.
Que la presencia del centro de operaciones de Bahía Ambiental Sapem en esta ubicación, otrora ocupada por un comercio dedicado a la venta de maderas, supone para la comunidad bahiense en su conjunto una suerte de ventaja, ya que por su ubicación estratégica, se puede prestar un servicio de recolección de residuos con una fluidez superior a que si la locación estuviera en un punto más alejado, pero esa ventaja—que favorece a todos los bahienses—no aplica en igualdad de condiciones para el único caso de los habitantes de este inmueble.
Que durante muchos años, los propietarios han hecho gala de una prudencia, una paciencia y una comprensión del caso que bien pueden calificarse como toda una muestra de conducta cívica, toda vez que diversos conflictos—incluso algunos que terminar requiriendo una intervención judicial—suelen generarse a partir de dificultades o molestias acaso menores a esta que aquí se argumenta.
Que en un ejercicio de empatía, las autoridades de la empresa y el directorio de la misma, han concluido que más allá de los esfuerzos que se pongan de manifiesto, el tema sólo se resolverá por completo el día que la playa de operaciones sea trasladada a otra ubicación, pese a lo cual han comprometido sus mayores esfuerzos en tratar de paliar y disimular estos inconvenientes.
Que corresponde que una comunidad destaque, valore, atesore y cultive este tipo de gestos, cualquiera sea su magnitud, por parte de integrantes que asumen y sobrellevan algún tipo de sacrificio personal en beneficio colectivo y busque alguna forma de reconocer o resarcir tal abnegación.
Que la eximición solicitada por el presente proyecto, de ninguna manera, equipara, resarce o equilibra todos estos años de molestia para los damnificados, si no tan solo pretende materializar un reconocimiento moral en nombre de todos los vecinos que destacan que para que todos puedan tener un mejor servicio, por causas de fuerza mayor, hay uno que puede sufrir algún perjuicio y, de alguna manera, en la eterna búsqueda de ese equilibrio entre tener derecho y tener paciencia, subyace la esencia de lo que implica vivir en sociedad.
EN USO DE SUS FACULTADES
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA
RESUELVE
PRIMERO: Requerir al Departamento Ejecutivo que a través de las áreas correspondientes, arbitre los medios necesarios para eximir por completo del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública (ALC) al inmueble sito en Corrientes 771, inscripto a nombre de “Heguiler Raúl” e identificado catastralmente como “Zona 86, Circuito 1, Sección C, Manzana 140C, Parcela 10” mientras el mismo linde en sus fondos con la playa de operaciones de la empresa Bahía Ambiental Sapem.
SEGUNDO: Solicitar que el beneficio se haga efectivo a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución y, se tendrá en cuenta a partir del próximo vencimiento de la tasa a pagar.
TERCERO: Exhortar a las autoridades de Bahía Ambiental Sapem a que, tal cual se viene haciendo, se extremen los cuidados y no se ahorren esfuerzos para reducir los perjuicios que por su ubicación puedan producirse para con la convivencia con las familias que habitan en las proximidades de su sede y en el caso específico que motiva a la presente, mantenga informado a este cuerpo, a través de sus representantes en el Directorio de la Empresa, tanto de la situación como del control de la misma y de cualquier trabajo que se efectúe para paliar estas molestias.
CUARTO: Remitir copia de la presente a las autoridades de Bahía Ambiental Sapem y a los beneficiarios de esta exención.

