Proyecto de Ordenanza
Creando la Comisión Especial de colaboración y participación para la reactivación económica en defensa del trabajo y la producción
Expediente: HCD-336/2020
Autor: Federico Tucat
Bloque: Juntos por el Cambio
Coautor(es): Marisa Pignatelli Marcos Streitenberger José Ignacio López Fernando Ascuaga
Palabra(s) clave(s): reactivación comisión económica
Bahía Blanca, 14 de Julio de 2020
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
Que ante las consecuencias socio económicas derivadas de la Pandemia COVID 19
Y CONSIDERANDO
Que el 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia y que, en virtud de esto y por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año.
Que, mediante el decreto 576/2020 del 29 de junio de 2020 se prorrogó, hasta el 17 de julio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20 de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, que fuera prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20, y 520/20.
Que en casi cuatro meses, y en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto mediante Decreto 297/20 son insoslayables las consecuencias económicas de la cuarentena sobre los sectores comerciales, las pequeñas y medianas empresas y la sociedad en general.
Que es necesario generar un ámbito en este Honorable cuerpo que genere una actitud reflexiva y analítica para proponer e impulsar la progresiva reactivación de diversas actividades ligadas tanto a la producción como a la prestación de servicios, de nuestra economía local.
Que es importante generar una instancia de comunicación e intercambio de opiniones con los sectores involucrados en la economía local, sobretodo de naturaleza participativa, que oportunamente impulse la puesta en marcha de distintos protocolos de prevención y protección sanitaria permitiendo la apertura de distintas actividades.
Que resulta trascendente generar estrategias para tratar de hacer compatible el mantenimiento de la salud pública con la contención de los costes sobre la actividad y el empleo. Desde el punto de vista de la actividad económica, el actual periodo de cuarentena no parece que venga seguido de una vuelta rápida y plena reactivación económica, una situación que parece que solo podría proporcionar la aparición de una vacuna o un nuevo tratamiento antivírico efectivo, ante ello es necesario innovar en la generación de políticas públicas.
Que es necesario colaborar en el diseño de estrategias que permitan la incorporación gradual de actividades económicas y laborales que posibiliten subsistir a la población, no poniendo en riesgo la salud de la misma, elaborando en conjunto las medidas que permitan sobrellevar la crisis sanitaria y a la vez escalonar la incorporación de aquellas actividades que las respectivas autoridades consideren esenciales.
Por todo lo anterior, se hace necesario constituir una Comisión que analice todas las propuestas de los distintos actores de la economía local y profundice la coordinación y la transversalidad de estas iniciativas, con el objetivo de garantizar la máxima efectividad y eficiencia de los recursos presupuestarios empleados, proponga otras actuaciones o planteamientos que considere adecuadas en función de la evolución económica, tratando de menguar sus efectos negativos y analice las medidas que se vayan adoptando para sobrellevar la catastrófica situación socio económica.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º.- Créase la comisión especial de “colaboración y participación para la reactivación económica en defensa del trabajo y la producción” que funcionara en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 2º.- El objeto de la comisión será:
Analizar y recomendar al Departamento Ejecutivo el otorgamiento de propuestas, estrategias y/o sugerencias para la apertura y/o desarrollo de aquellas actividades cuyas respectivas autorizaciones se encuentren pendientes de resolución en los ámbitos del Gobierno Provincial o Nacional.
Desarrollar proyectos, analizar propuestas o planes de corto, mediano y largo plazo para reactivar la economía local.
Evaluar propuestas de cámaras, asociaciones, corporaciones u otras organizaciones empresariales, comercios, pymes y de la producción.
Desarrollar y diseñar estrategias participativas y/o colaborativas para el impulso económico de pequeñas economías comerciales, emprendedores, autónomos, etc
Recibir organizaciones, ONG´S, cámaras, colegios profesionales para desarrollar diálogos ciudadanos y desarrollo de políticas económicas participativas.
Recabar informes y recomendaciones para la apertura de las actividades provenientes de referentes especializados, ya sea personas físicas o instituciones de reconocida trayectoria.
Artículo 3º.- Serán causales de revocabilidad de las solicitudes enviadas:
a) Rechazo de la solicitud de autorización por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires o del Gobierno Nacional
b) Verificar por parte de la autoridad municipal competente un impacto negativo en términos de protección y prevención sanitaria.
c) Incumplimiento de los protocolos de actuación sanitaria.
Artículo 4º.- La mesa de “colaboración y participación para la reactivación económica en defensa del trabajo y la producción” estará integrada por:
– Un representante de la Secretaria de Economía
– Un representante de la Secretaria de Salud.
– Un Concejal de cada bloque con representación en el Honorable Concejo Deliberante.
– Un representante del Departamento de Economía de la Universidad Nacional del Sur.
-Un representante del Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales del Sur del CONICET
Artículo 5º.- La Comisión especial podrá recibir solicitudes de incorporación a la misma de carácter permanente.
Artículo 6º.- A los efectos de su puesta en marcha, periodicidad, frecuencia y modalidad de trabajo, modo de incorporación de integrantes, la Comisión Especial creada en el Artículo 1º dictará su propio reglamento de funcionamiento.
Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-