Proyecto de Ordenanza
Creando un programa de erradicación de violencia política sobre las mujeres
Expediente: HCD-338/2020
Autor: Marisa Pignatelli
Bloque: Juntos por el Cambio
Coautor(es): Soledad Andrea Martínez María Laura Biondini María Lucía Pendino María Silvina Cabirón
Palabra(s) clave(s): violencia política mujeres
Bahía Blanca, 8 de Julio de 2020
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La Ley Nacional N.º 27533, que introduce una modificación a la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley 27533 y Ley N° 26.485 en su articulado establece que el objeto de la ley es visibilizar, prevenir y erradicar la violencia política contra las mujeres.-
Que también define violencia contra las mujeres como “ toda conducta, por acción u omisión, basada en razones de género, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.
Que establece que la Violencia pública-política contra las mujeres es aquella que, “fundada en razones de género, mediando intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales, medios de comunicación, entre otros.-”
Que la violencia contra las mujeres que participan en la política ha aumentado y se ha hecho más visible a partir de la mayor presencia de éstas en los cargos de representación popular y otras esferas del poder, como resultado no deseado de los avances en la legislación electoral en materia de igualdad de género.-
Que a los distintos tipos de violencia (física, sexual, psicológica, económica o simbólica) se agrega la violencia indirecta, entendida como tal, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.-
Que, a pesar de existir la Ley 27412 de Paridad de Género, los ambientes políticos en que se adoptan estas leyes, sigue siendo muy difícil para algunas mujeres ser nominadas como candidatas y ejercer su autoridad una vez que son elegidas.
Que en algunos casos la Ley de Paridad todavía genera resistencia y desencadena reacciones violentas que van desde actos explícitos de violencia y acoso, hasta sexismo en los medios de comunicación y las redes, hostigando y despreciando a las mujeres por su género, con el propósito de forzarlas a retirarse de la vida política.-.
Que estas acciones representan una amenaza muy seria para la democracia puesto que les impiden a las mujeres llevar a cabo sus campañas políticas o cumplir con las obligaciones de sus cargos cuando a su vez, también deben lidiar con la carga social que poseen en los típicos roles familiares y de cuidado y deben afrontar ciertas presiones y reglas creadas para un área tradicionalmente masculina.-
Que el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) elaboró un cuestionario de 30 preguntas cerradas, que se realizó a una muestra de 45 casos incluyendo legisladoras porteñas y legisladoras nacionales de 11 provincias (Buenos Aires, CABA, Chaco, Chubut, Córdoba, Formosa, Jujuy, Mendoza, Misiones, Santa Fe, San Juan) que representan a partidos de todo el arco político.
Que el estudio realizado mostró que el 98 % de las encuestadas identificaron al ámbito político como un espacio donde persiste la discriminación contra las mujeres.
Que también se demostró que 8 de cada 10 mujeres encuestadas afirmaron vivir situaciones de violencia de género a lo largo de sus carreras políticas: el 64% fueron amenazadas o intimidadas durante el ejercicio de sus funciones, al 58% le han impedido que asista a reuniones importantes o en las que se toman decisiones relevantes, al 53% le han restringido el uso de la palabra en sesiones, el 27% ha percibido un ingreso salarial menor por su condición de género y el 82% considera que a las mujeres las descalifican por su vestimenta.-
Que de los factores que actúan como obstáculos para la participación de las mujeres en política, los más mencionados fueron los de tipo cultural: las responsabilidades familiares (91%), la cultura dominante y su concepción del rol de las mujeres en la sociedad (89%), y la falta de apoyo de los hombres (76%), y en menor medida aparecen factores como la falta de recursos económicos (64%) y el temor por la integridad física (18%).-
Que respecto del género de la persona que cometió las agresiones, el 63% de las encuestadas señaló que se trató generalmente de varones; un 32% que las habían agredido indistintamente varones y mujeres; un 5% que las agresoras habían sido mujeres.-
Que los dos tipos de violencia más frecuentes en el ámbito político según el mencionado estudio son psicológica (50%) y simbólica (28%).
Que inicialmente el 73% de las encuestadas afirmó haber sufrido violencia política por razones de género, porcentaje que aumentó al 82% luego de ser consultadas por acciones concretas.-
Que esta diferencia de casi 10 puntos porcentuales muestra cierto grado de desconocimiento del problema, incluso entre las principales afectadas, y por este motivo, la ELA plantea la necesidad de visibilizar y reconocer el problema.-
Que a su vez, según Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), resulta indispensable tomar acción sobre tres ejes fundamentales:
Primero: trabajar en la formación y concientización de mujeres políticas, dotándolas de herramientas concretas para identificar las diferentes manifestaciones de la violencia política en sus trayectorias personales;
Segundo: transformar la cultura institucional y las prácticas al interior de los partidos políticos y otros ámbitos, interpelando a toda la clase política para democratizar el ejercicio de la política y generar condiciones de participación libres de violencia;
Tercero: abordar la falta de políticas de cuidado que aborden no sólo dimensiones como el tiempo, las infraestructuras y servicios disponibles, sino también el cuestionamiento de patrones y mandatos culturales respecto de la maternidad como una responsabilidad exclusiva de las mujeres.-
Que las legisladoras encuestadas señalaron la necesidad de emplear un abordaje integral, que incluya medidas como realizar campañas de sensibilización y concientización en medios de comunicación, generar espacios para el fortalecimiento de redes de las mujeres en política y contar con organismos públicos donde efectuar denuncias y recibir asesoramiento.-
Que resulta indispensable evidenciar y eliminar la violencia política, ya que es el ámbito donde se crean y deciden por excelencia las políticas púbicas, y ésta es la única manera de asegurar que las mismas sean completamente democráticas y legítimas.-
Que el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca recientemente ha incorporado la Comisión de Género, demostrando el compromiso que asume para combatir y erradicar todas las formas de violencia y discriminación hacia las mujeres.-
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USOS DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Creáse en el partido de Bahía Blanca un Programa de Erradicación de Violencia Política Sobre las Mujeres que visibilice y ponga de manifiesto el problema tal que lo haga reconocible y permita la concientización y generación de condiciones habilitantes para el ejercicio de la política realizando campañas de sensibilización y concientización en medios de comunicación, generando espacios para el fortalecimiento de redes de las mujeres en política y disponiendo organismos públicos donde efectuar denuncias y recibir asesoramiento.-
ARTICULO 2°: Prohíbase en el ámbito del partido de Bahía Blanca la propaganda política o electoral con mensajes, lemas y contenidos gráficos que atenten contra la dignidad de las mujeres, sus familiares o simpatizantes y su derecho a una imagen no estereotipada ni discriminatoria o con imágenes que presentan a las mujeres de forma vejatoria o que puedan incitar al ejercicio de la violencia de género con el objeto de desprestigiar su gestión y afectar su carrera política
ARTICULO 3°: Difúndase y promuévase con alcance integral del tema la realización de campañas de concientización en redes, medios de comunicación, organismos públicos y sindicatos.-