Proyecto de Minuta
Solicitando informes respectoa a la ejecución presupuestaria del Fondo de Financiamiento Educativo – ejercicio 2020.
Expediente: HCD-661/2020
Autor: Analía López
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): financiamiento educativo
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, mediante la Secretaría que corresponda, informes respecto a la ejecución presupuestaria del Fondo de Financiamiento Educativo y detalle de lo actuado para el ejercicio 2020, entendiendo que de marzo a septiembre del corriente año, por coparticipación, Bahía Blanca recibió un acumulado por transferencias de 4.225.685,00. A saber:
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Nómina completa y detallada de solicitudes de establecimientos educativos provinciales y municipales que presenten problemas de infraestructura y/o equipamiento y/o servicios, que impliquen una eventual afectación de recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo, y dependencias intervinientes en el relevamiento;
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Criterio adoptado para fijar prioridades de inversión;
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Nómina completa y detallada por orden de prioridad;
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Nómina de Licitaciones públicas y privadas (llamados, pliegos y oferentes), concursos de precios, proveedores, compras y contrataciones directas en relación a obras de infraestructura escolar, como así también de compra y/o reparación de equipamiento, y servicios;
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Nómina de obras adjudicadas, presupuestos, montos de contrato, adicionales, empresas intervinientes, inspectores responsables, plazos de obra, inicio de la ejecución y porcentaje de avance.
FUNDAMENTOS
La Ley Nacional Nº26075 tiene por finalidad aumentar la inversión en educación, ciencia y tecnología y mejorar la eficiencia en el uso de los recursos con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico-tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y sociocultural del país.
En su artículo 7º establece una asignación específica de recursos coparticipables en los términos del inciso 3 del artículo 75 de la Constitución Nacional con la finalidad de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional, dicha asignación se conoce como Fondo de Financiamiento Educativo.
Es competencia propia e indelegable del Departamento Ejecutivo Municipal, el ejercicio de la administración del Fondo de Financiamiento Educativo, de manera de garantizar condiciones necesarias para el mantenimiento de la infraestructura de los edificios educativos de gestión estatal.
Es de público conocimiento, ya que figura en la página web del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Coparticipación Municipal. https://www.gba.gob.ar/hacienda_y_finanzas/direccion_provincial_de_coordinacion_municipal_y_programas_de_desarrollo/transferencias_municipios, que el Municipio de Bahía Blanca ha recibido durante el período marzo a septiembre 2020, por coparticipación, transferencias por el concepto Fondo de Financiamiento Educativo por un acumulado de $ 164.225.685,00. Detallamente se transfirieron:
-Marzo: $27070167,86
-Abril: $30679523,55
-Mayo: $30679523,56
-Junio: $18949117,53
-Julio: $18949117,51
-Agosto: $18046778,59
-Septiembre: $19851456,46
Es de interés de este Cuerpo, de toda la comunidad educativa, y de la ciudadanía en general, conocer el destino de esos fondos de asignación específica, habida cuenta que a efectos de garantizar un regreso seguro a las clases presenciales, tanto para el alumnado, como así también para el personal docente y auxiliar, se tienen que realizar modificaciones en el interior de los establecimientos educativos que permitan el acceso a todos los recursos básicos de infraestructura sanitaria.
Lo anteriormente expuesto no obsta a que es deber del Ejecutivo Municipal garantizar la transparencia de los actos públicos, apertura de datos, disponibilidad de información y mecanismos de participación y colaboración propios de un Gobierno Abierto,en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº18260.
Atendiendo la inquietud y a la espera de una respuesta favorable a la situación planteada, se solicita la sanción de la presente minuta de comunicación