Proyecto de Minuta
Solicitando el pleno cumplimiento de la Ordenanza Nº 20.053 referido al acceso gratuito de los trabajadores de la salud al transporte publico.
Expediente: HCD-142/2021
Autor: Lucía Verónica Martínez Zara
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Pablo Rosenfelt
Palabra(s) clave(s): transporte-esenciales
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, ejecute sin restricciones lo dispuesto por la Ordenanza Nº 20.053 en cuanto garantiza el acceso gratuito de los trabajadores esenciales de la salud al transporte publico de pasajeros, cesando la discriminación de quienes desempeñen tareas administrativas, maestranza y/o limpieza en establecimientos asistenciales de salud públicos y/o privados .
Asimismo, se solicita al Departamento Ejecutivo que arbitre los medios tendientes a garantizar, a la mayor brevedad posible y en el marco de la Ordenanza Nº 20.053, la instrumentación de los trabajadores y trabajadoras que, a la fecha, no acceden de manera gratuita al transporte publico de pasajeros.
FUNDAMENTOS
La presente minuta de comunicación surge a raíz del reclamo de trabajadores y trabajadoras de la salud a integrantes de nuestro bloque. A través de distintos encuentros, manifestaron que lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 20.053 se cumple de manera parcial, ya que en su instrumentación se excluyó de los alcances de la misma a quienes se desempeñan en tareas administrativas, maestranza y/o limpieza.
La citada normativa establece que aquellos trabajadores considerados “esenciales” y que presten servicios en establecimientos asistenciales de salud públicos y/o privados (hospitales, clínicas, centros de salud y unidades sanitarias) cuentan, en el marco del periodo de emergencia establecido por la pandemia por COVID 19, con el acceso gratuito al transporte público de pasajeros. En esta línea, la Ordenanza no refiere exclusivamente a personal médico o sanitario, por lo que excluir de su implementación a los restantes trabajadores esenciales de la salud que en ningún momento interrumpieron su labor en estos establecimientos, configuraría un supuesto de discriminación negativa.
La ejecución parcial de la normativa resulta contraria a los fines de la misma, atento a que, desde la declaracion de la Emergencia Sanitaria en el Partido de Bahia Blanca (la cual se encontrá vigente hasta tanto se mantenga la declaración de “Pandemia” por parte de la Organización Mundial de la Salud), quienes se desempeñan en tareas administrativas, maestranza y/o limpieza mantienen de manera permanente elevados niveles de exposición a eventuales contagios, además de una mayor demanda en el desempeño de sus labores y mayores exigencias en relación a los protocolos sanitarios que los rigen .
Cabe destacar que otros Municipios de la provincia de Buenos Aires, tal es el caso de La Plata, adoptaron medidas en tal sentido ya que, en tenor a lo expuesto en los fundamentos de la Ordenanza, “es fundamental garantizar cantidad y calidad adecuada de recursos humanos en el área de salud y seguridad”, principalmente porque “estos trabajadores son quienes nos cuidan, quienes están poniendo y pondrán el cuerpo frente a la pandemia del coronavirus” .
Es por lo expuesto y atento a que los alcances y perspectivas de la pandemia aún resultan inciertos en nuestra ciudad, es que este Honorable Cuerpo solicita al Departamento Ejecutivo que de curso a la mayor brevedad posible a la presente minuta de comunicación.