Proyecto de Minuta
Solicitando al D.E., la realización de un relevamiento del estado del equipamiento recreativo y lúdico existente en las plazas, plazoletas y parques públicas de la ciudad y la planificación de intervenciones a realizar
Expediente: HCD-311/2021
Autor: Lucía Verónica Martínez Zara
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): plazas
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Solicitando al Departamento Ejecutivo, que a través de la Secretaría de Movilidad y Espacios Públicos, arbitre los medios necesarios para realización de un relevamiento del estado del equipamiento recreativo y lúdico existente en las plazas, plazoletas y parques públicas de la ciudad y la planificación de intervenciones a realizar para su mantenimiento, puesta en valor e incorporación de nuevo equipamiento.
FUNDAMENTO
Que las políticas públicas locales también deberían estar orientadas al acceso igualitario y democrático de las posibilidades de jugar de las niñeces y las adolescencias en las diversas plazas, plazoletas y parque públicos.
Que la brecha y la inequidad del acceso al derechos al juego, en los espacios públicos mencionados, se visualiza en mayor medida en los sectores más vulnerables de la ciudad.
Que a raíz de esta menor presencia estatal en los barrios más vulnerables, es que los espacios públicos son desarrollados muchas veces con el esfuerzo las organizaciones territoriales como de los vecinas y vecinas del lugar.
Que integrantes de la Comisión de Promoción y Protección de derechos del Consejo Local de Niñez, también han manifestado preocupación por el estado del equipamiento recreativo y lúdico de la ciudad.
Que la Convención de los Derechos del Niño, en su artículo 31, expresa que: “los Estados parte reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad”.
Que asimismo el Comité de los Derechos del Niño ha establecido que es el Estado el que tiene: “la obligación de elaborar todas las medidas de aplicación, las estrategias y los programas para hacer realidad y poner plenamente en práctica los derechos definidos en el artículo 31” (OG 17, párrafo 7).
Que en esta línea distintos instrumentos jurídicos como Ley de Protección integral de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Nro. 26.061, en su artículo 20, ha reconocido al juego como un derecho: “Los organismos del Estado con la activa participación de la sociedad, deben establecer programas que garanticen el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes a la recreación, esparcimiento, juegos recreativos y deportes.
Que a raíz de las diversas medidas que se han tomado para proteger y cuidar la salud de la ciudadanía frente el virus Covid-19, las plazas, plazoletas, parque, ramblas de cercanía han adquirido mayor preponderancia, como ámbitos de desarrollo de la práctica lúdica teniéndolos como interlocutores centrales a las niñeces y a las adolescencias.
Que el juego es constituyente de identidades tanto individuales como colectivas, aprendizajes y construcciones que, solo a través del juego son posibles, pero sustancialmente el juego es un derecho de las niñeces y como tal, es reconocido y constituido en marcos jurídicos nacionales e internacionales.
Que a partir del juego, los sujetos pueden construir su subjetividad, establecer lazos sociales e incorporarse a la cultura. El juego es una acción social y socializadora por excelencia.
Que el desarrollo de espacios públicos lúdicos de calidad, su creación, su mantenimiento, su puesta en valor y con amplia distribución equitativa en el territorio local, necesita indefectiblemente, de la presencia del Estado, sus recursos, y planificación.
Que es por ello, que mediante la presente minuta se solicita la realización de un relevamiento del estado del equipamiento recreativo y lúdico existente en las plazas, plazoletas y parques públicas de la ciudad y la planificación de intervenciones a realizar para su mantenimiento, puesta en valor e incorporación de nuevo equipamiento.