Proyecto de Resolución
Manifestando la adhesión y apoyo del Partido de Bahía Blanca para el pronto tratamiento y sanción de Proyectos de Ley correspondientes a la Agenda Legislativa de Niñez y Comunidad
Expediente: HCD-338/2021
Autor: Frente de Todos
Bloque: Frente de Todos
Coautor(es): Gisela Ghigliani Gustavo Mandará Pablo Rosenfelt Romina Pires Carlos Quiroga Walter Larrea Luis Alberto Calderaro Lucía Verónica Martínez Zara Analía López Carlos Moreno Salas Paula Echeverria
Palabra(s) clave(s): niñez adhesion
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La destacada “Agenda Legislativa de Niñez y Comunidad” impulsada desde la Honorable Cámara de Diputados de la Nación
Y CONSIDERANDO
Que en el marco de la misma, obran distintas iniciativas que ponen foco en la necesidad de la actuación conjunta del Estado y la comunidad para la construcción y fortalecimiento de redes de afecto y abrigo para garantizar el ejercicio de derechos por parte de niñas, niños y adolescentes.
Que la Convención de Derechos del Niño permitió la construcción de un nuevo paradigma en la materia denominado paradigma de la protección integral que considera a las niñeces y adolescencias como sujetos de derecho y no como objeto de protección y tutela, dejando atrás la conceptualización de “menores” , asi como las diversas formas de intervención judicial impuestas durante muchos años por el paradigma de la situación irregular.
Que a los fines de fortalecer esta concepción, la citada Agenda Legislativa promovida por la Diputada Nacional Claudia Bernazza, se propone ampliar las respuestas y los vinculos que se pueden edificar en el ámbito comunitario, a los fines de reconocer, garantizar, y priorizar las niñeces y adolescencias, como de las familias.
Que esta Agenda Legislativa, entre distintas iniciativas, se constituye por los Proyectos de Ley “Reconocimiento de las Respuestas Comunitarias para la Niñez y Adolescencia”, “Creación del Instituto Nacional de las Organizaciones Comunitarias” y “Régimen laboral del trabajador/a comunitario/a”, los cuales proponen la definitiva desinstitucionalización de niños, niñas y adolescentes y centralizan la opción por las respuestas familiar – comunitarias, tanto convivenciales como no convivenciales, con enfoque de derechos. Asimismo, estas iniciativas proponen, entre otras disposiciones, declarar de interés público y dotar de un régimen especial al trabajo de cientos de trabajadores y trabajadoras comunitarias que conforman las organizaciones abocadas a la niñez.
Que el Proyecto de Ley “Reconocimiento de las Respuestas Comunitarias para la Niñez y Adolescencia” (Exp. 3255 -D -2020), se basa en el principio que considera que el vínculo comprometido y estable que entablan una o más personas del entorno familiar comunitario con niñas, niños y adolescentes permite a éstos últimos el ejercicio de sus derechos, así como su integración en la comunidad, la elaboración de un proyecto de vida y la asunción de responsabilidades. Esta vinculación afectiva y comprometida de personas de su entorno y/o de organizaciones de cercanía, en contextos de emergencia y/o vulneración de derechos, se reconoce como RESPUESTA COMUNITARIA.
Que se reconoce como acompañamiento comunitario la presencia activa en la vida cotidiana de niños, niñas y adolescentes, a partir de un vínculo afectivo expreso y estable, de personas provenientes de su medio familiar comunitario, o integrantes de organizaciones y/o redes comprometidas con su realidad y su futuro. Este acompañamiento supone la articulación permanente con las familias de origen y la actuación como apoyo y referencia, para colaborar en el desarrollo de su personalidad, la expresión de un proyecto de vida, el logro de objetivos educativos o laborales y/o el cumplimiento de medidas adoptadas por la autoridad administrativa o judicial.
Que el Proyecto referido a la “Creación del Instituto Nacional de las Organizaciones Comunitarias” (Exp. 3371 -D -2020), permitirá tener un mapa de estas personas jurídicas diferenciándolas de las entidades comerciales o con fines de lucro, con un control acorde a su tarea. Atento al texto de la iniciativa, el Instituto otorgará Personería Jurídica a las organizaciones con formato de Asociación Civil, Fundación o Simple Asociación Civil que allí deseen inscribirse, mediante mecanismos simplificados, especialmente cuando se trate de entidades de carácter comunitario o que atiendan a sectores vulnerables o económicamente desfavorecidos. De este modo, su creación procurará la puesta en funcionamiento a favor de las organizaciones de mecanismos de mayor eficiencia, celeridad y con tendencia a la desburocratización, recurriendo además a recursos tecnológicos, en el marco de la modernización del Estado.
Que con respecto al Proyecto de Ley acerca del “Régimen laboral del trabajador/a comunitario/a” (Exp. 3789 -D -2020) , el mismo establece un encuadre normativo que permite asumir y resguardar las diferentes relaciones que se establecen en una Organización Comunitaria. Ello implica reconocer tanto el voluntariado como las relaciones laboraled que surgen en el marco de la implementación de políticas públicas, garantizando su salario, el acceso a la Salud y la Seguridad Social a la que todo trabajador tiene derecho.
Que atento que en el Partido de Bahia Blanca desde hace muchos años y en conjunto con diversos actores y organizaciones de la comunidad, en un marco de corresponsabilidad, se viene trabajando en pos de ampliar y extender derechos a las niñeces y adolescencias , como asi también fortalecer a los organismos encargados de la protección y la promoción de los mismos.
Que es por ello, que el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, en uso de sus facultades
RESUELVE
PRIMERO: Adherir y manifestar el apoyo del Partido de Bahía Blanca para el pronto tratamiento y sanción de los siguientes proyectos enmarcados en la Agenda Legislativa de Niñez y Comunidad: “Reconocimiento de las Respuestas Comunitarias para la Niñez y Adolescencia” (Exp. 3255 -D -2020), “Creación del Instituto Nacional de las Organizaciones Comunitarias” (Exp. 3371 -D -2020) y “Régimen laboral del trabajador/a comunitario/a” (Exp. 3789 -D -2020).
SEGUNDO: Gírese copia de la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación.