Proyecto de Minuta
Minuta de Comunicación: solicitando al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Políticas Sociales, brinde a la mayor brevedad posible los siguientes informes en relación a la Dirección de Adultos Mayores.
Expediente: HCD-415/2021
Autor: Lucía Verónica Martínez Zara
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): adultos mayores
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la secretaría de Políticas Sociales, brinde a la mayor brevedad posible los siguientes informes en relación a la Dirección de Adultos Mayores:
a) Personal político transitoriamente a cargo de la Dirección de Adultos Mayores, en virtud de la renuncia y posterior traslado otra dependencia municipal del funcionario que se encontraba a cargo.
b) Políticas públicas que se están ejecutando para contribuir a promover y proteger los derechos de las personas mayores.
c) Subsidios entregados a Centros de Jubilados.
d) Acciones llevadas adelante para garantizar un espacio físico al Consejo del Adulto Mayor.
e) Inversiones realizadas, en el marco del presupuesto 2021, a fin de garantizar derechos a las personas mayores, en particular el envejecimiento activo, en consonancia con lo postulado en la Convención Interamericana sobre la Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores.
FUNDAMENTOS
Que el director a cargo de la Dirección de Adultos Mayores, Lisandro Redivo, hace dos meses que dejó el cargo y fue trasladado a otra dependencia municipal.
Que a la fecha no se ha comunicado su reemplazo, ni tampoco la persona transitoriamente a cargo del área.
Que las personas mayores han sido y siguen siendo uno de los sectores poblaciones más vulnerables frente a la expansión del Covid-19.
Que conforme el último censo realizado por el INDEC las personas mayores representan el 17% de la población total de la ciudad (53.313), y tal como también lo proyectado el mencionado organismo, este grupo poblacional va en constante aumento.
Que por lo tanto, es fundamental que el Municipio acompañe los cambios demográficos con políticas públicas que tengan como coordenadas las disposiciones de la Convención Interamericana sobre la Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Que la mencionada Convención define al envejecimiento activo y saludable como un proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez, y permitirles así seguir contribuyendo activamente a sus familias, amigos, comunidades y naciones.
Que es obligación de los Estados en sus distintas jurisdicciones contribuir al desarrollo del envejecimiento activo.
Que entre los principios generales que menciona la citada convención que sirven base para la elaboración de políticas públicas se encuentran: la promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor; la valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo; la dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor; la igualdad y no discriminación; la participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad; la equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida; la solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria; el buen trato y la atención preferencial y el enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor.
Que por su parte, el artículo 4 inciso ‘’c” del nombrado instrumento jurídico, hace expresa mención a las medidas legislativas, administrativas, judiciales y presupuestarias que deberán adoptar y fortalecer los Estados Partes a fin garantizar a la persona mayor un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos.
Que el artículo referenciado en el apartado anterior, es más específico aun cuando en su inciso “f’’ establece que: ‘’Los Estados Partes promoverán la más amplia participación de la sociedad civil y de otros actores sociales, en particular de la persona mayor, en la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigida a la implementación de la presente Convención. ’’
Que a los fines de contribuir a materializar este derecho a la participación sería de especial importancia que el Municipio avance en garantizar un espacio físico para el funcionamiento del Consejo del Adulto Mayor, tal como lo prevé la Ordenanza nro. 18.092.
Que en diversas oportunidades, tanto al momento de presentarse el presupuesto municipal como al momento del análisis de la rendición de cuentas, en el ámbito del Concejo Deliberante se ha puesto de manifiesto la preocupación por los escasos recursos con los que cuenta ésta dirección, así como como la reiterada subejecución de partidas.
Que por ello, resulta fundamental que la Secretaría de Políticas Sociales informe qué políticas públicas destinadas promover y proteger los derechos de las personas mayores se están llevando adelante, más allá de las acciones vinculadas a la participación en un programa de voluntariado en conjunto con otras instituciones, taller de muñecos y campañas de concientización para la prevención del delito de estafas.
Que en suma, la presente minuta de comunicación tiene por objeto el conocimiento de mayores precisiones acerca del actual estado de la Dirección de Adultos Mayores, dado el renunciamiento de su director.